REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Primero  de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetia, 18 de Septiembre de 2012
 
202º y 153º
 
 
ASUNTO: WP21-J-2012-000532
 
 
 
DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud  presentada por la ciudadana KRISEL KARELYS RASCHIERY FIGUEROA, quien es venezolana,  mayor  de  edad,   portadora  de  la  cédula de identidad Nro. V-19.915.638, debidamente asistida por la Defensora Pública Tercera Abg. LUISA MERCEDES CEDEÑO, actuando en este acto en nombre y representación de sus hijos,  los niños SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNN  fue designada para ocupar dicho cargo la ciudadana MILVIDA DEL VALLE FIGUEROA,  de nacionalidad venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.165.946, quien aceptó el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curadora Ad-Hoc de los referidos niños, a la ciudadana antes identificada. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas.  Cúmplase lo ordenado.
 
La  Jueza
 
 
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
 
La Secretaria
 
 
Abg. Yira Ceballos Vera
 
 
 
 
 
Hora de Emisión: 8:47 AM
 
Asistente que realizo la actuación: 
 
 
 
 
 
 |