REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
 
 
 
PODER JUDICIAL
 
 
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
 
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación  y Sustanciación 
 
Maiquetía, 19 de septiembre de 2012
 
202º y 153º
 
 
 
ASUNTO: WP21-J-2012-000601
 
 
Por recibida Solicitud de Autorización para Pasaporte de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentado por la ciudadana  MICHELLE GRACIELA CHAN SILVA, venezolana, titular de la cédula de identidad Nº V-12.163.948, con domicilio en el Edificio Zulia, calle Real de Pariata, torre B, piso 6, apartamento 62, Parroquia Maiquetía, estado Vargas,  actuando en representación de su hijo, el niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNN  debidamente asistida por el Abg.  PEDRO LUIS BASTARDO. Defensor Público Cuarto del Sistema de Protección del Estado Vargas,  así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna  disposición  expresa de  Ley,  de conformidad con lo previsto  en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia por cuanto  la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna  este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor del niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA ,  a tal efecto se ordena librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte.  Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas.  Líbrese oficio Cúmplase.-
 
La Jueza
 
 
Abg. María Eugenia Bedoya González
 
La Secretaria
 
 
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