REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
Maiquetía, 04 de Abril de 2013
Año 202º y 153º
Por recibido expediente proveniente del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, relacionado con el expediente N° 11926 ( nomenclatura de ese Juzgado), el cual subió a esta Alzada en virtud de las apelaciones interpuestas por el Defensor Público de la parte demandada ciudadano JESUS RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 76.804 y la apoderada judicial de la parte actora ciudadana NINOSKA SOLORZANO, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 49.510, en contra de la sentencia dictada en fecha 28 de Febrero de 2013, en el Juicio de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO, incoado por el ciudadano EMIR ALBERTO STANFORD SALAZAR, contra los ciudadanos MAGDELIA FAJARDO RODRIGUEZ, DELIA MARGARITA RODRIGUEZ GONZALEZ y MARITZA ALOISO DE PEREZ, mediante la cual declara: PRIMERO: SIN LUGAR, la cuestión previa establecida en el ordinal 11 del artículo 34 del Código de Procedimiento Civil , referida a la PROHIBICIÓN DE LA LEY DE ADMITIR LA ACCIÓN, interpuesta por el defensor judicial de la parte demandada… SEGUNDO: SIN LUGAR la OPOSICIÓN A LA ESTIMACIÓN de la demanda interpuesta por el Defensor Judicial de la parte demandada… TERCERO: PARCIAMENTE CON LUGAR la acción de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO… désele entrada de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el VIGÉSIMO (20mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de Despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Provéase lo conducente.-
LA JUEZA
DRA. MARÍA CAROLINA MARIOTTO ORTIZ
LA SECRETARIA
ABG. MARYSABEL BOCARANDA
MCMO/MB/LL
ASUNTO N° 2379