REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. San Cristóbal, 18 de abril de 2013.
202° y 154°
Vista la diligencia de fecha 16/04/2013 (F. 54), suscrita por el abogado JOSÉ ISAEL SANTOS SUÁREZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 167.383, actuando con el carácter de apoderado Judicial del ciudadano RAMON ANIBAL PARRA PARRA, mediante la cual solicita sea corregido el nombre de la madre del solicitante en la sentencia de fecha 22/01/2013, por cuanto su verdadero nombre es Betilde y no Bertina, tal como se evidencia de las pruebas presentadas a los folios 48 y 49 del presente expediente, además de consignar copia de la cédula de identidad, copia del Acta de Matrimonio y copia del Acta de Nacimiento de la ciudadana Betilde Parra de Parra. Al respecto este Tribunal observa:
Que en fecha 22/01/2013 (Fls. 39 al 45), este Tribunal dicto sentencia en el presente expediente de Inserción de Partida presentada por el ciudadano RAMON ANIBAL PARRA PARRA, declarando con lugar la solicitud y ordenando la inserción de la sentencia en los Libros de Nacimientos llevados por el Registro Civil del Municipio Cárdenas del Estado Táchira, a los fines de que sirviera de partida de nacimiento del mencionado ciudadano, quien aparece en la sentencia proferida por este Tribunal como hijo de Gerardo Parra y Bertina de Parra.
Que mediante diligencia de fecha 21/02/2013 (F. 47), el abogado JOSÉ ISAEL SANTOS apoderado judicial del solicitante, consigno Acta explicativa de cómo fue el parto y Acta de Defunción de los padres del solicitante ciudadano RAMON ANIBAL PARRA PARRA.
Así las cosas, este Tribunal baja a las actas que conforman el presente expediente y revisa dichos documentos consignados por el solicitante, los cuales fueron:
Certificación de Acta de Defunción N° 158 de fecha 23 de mayo de 2012, expedido por la Oficina de Registro Civil del Municipio Jáuregui, Estado Táchira, la cual pertenece a la ciudadana Betilde Parra de Parra, quien falleció el día 04 de septiembre de 2005. (F. 49 y vuelto)
Copia de Partida de Nacimiento N° 12, expedida por el Jefe Civil del Municipio de Táriba hoy día Municipio Cárdenas del Estado Táchira, en la cual se hizo constar que el día 10/01/1926, fue presentada por el ciudadano Lázaro Parra una niña de nombre Betilde, hija del presentante y de Felicita Cano. (F. 55)
Copia simple de Cédula de Identidad N° V-2.810.320, perteneciente a la ciudadana Betilde Parra de Parra.
Copia simple de Acta de Matrimonio N° 06 de fecha 04/02/1944 expedida por el Prefecto del Municipio Vargas, Estado Táchira, mediante la cual se declaró la unión matrimonial entre los ciudadanos Gerardo del Espíritu Santo Parra y Betilde Parra.
Pues bien, de los nuevos elementos aportados al presente expediente se evidencia que efectivamente la madre del solicitante ciudadano RAMON ANIBAL PARRA PARRA, no se llama “BERTINA PARRA”, siendo el nombre correcto “BETILDE PARRA”.
En tal virtud, la referida ciudadana queda identificada como BETILDE PARRA DE PARRA; en consecuencia téngase el presente auto como complemento de la sentencia dictada por este Tribunal en fecha 22/01/2013. Y así se decide.
Josué Manuel Contreras Zambrano
El Juez
Jocelynn Granados Serrano
La Secretaria
JMCZ/fz Exp. 2.0785