REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE
JUZGADO DEL MUNICIPIO GARCÍA DE HEVIA DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA.
La Fría, 12 de ABRIL de 2013.-
202° y 154°
EXP. Nº 1.463.-
IDENTIFICACIÓN DE LAS PARTES
Parte Demandante: MONICA BERENICE PINTO, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-11.304.795, domiciliada en La Fría, Municipio García de Hevia del Estado Táchira. Actuando en nombre y representación de su hijo XX.
Parte Demandada: JORGE VERA MOJICA, venezolano, de cedula de identidad N° V- 9.354.226, domiciliado en Orope, Municipio García de Hevia del Estado Táchira.
Motivo de la causa: Obligación de Manutención.

SENTENCIA: INTERLOCUTORIA.
DE LA DEMANDA
Visto el convenimiento realizado en fecha 08 de abril de 2013, por los ciudadanos MONICA BERENICE PINTO y JORGE VERA MOJICA, por ante este Despacho, con el objeto de celebrar una conciliación por Obligación de Manutención, a favor de su hijo XX, mediante el cual se estipula la cantidad que dará por concepto de Obligación de Manutención el ciudadano JORGE VERA MOJICA, a su hijo. En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO realizado entre las partes en los siguientes términos; el cual textualmente dice lo siguiente: “PRIMERO: El ciudadano JORGE VERA ofrece incrementar la Obligación de Manutención a Bs. 900,oo mensuales desde el mes de mayo de 2013 y la ciudadana MÓNICA PINTO, así lo acepta. SEGUNDO: EL ciudadano Jorge Vera se compromete a autorizar a la ciudadana MONICA PINTO para que tramite el pasaporte de su menor hijo. Ambas partes solicitan se homologue el presente convenimiento”.
En consecuencia, visto el CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, este Juzgado Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte la HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Expídase copia certificada del presente auto para el archivo de este Tribunal.
El Juez Provisorio,


Abg. Ángel Alberto Otero Eslava
La Secretaria (a),

AAOE/YOB/Roselyn.- Abg. Yolanda Ortega Bayona