En el día de hoy, Lunes veintidós de abril de dos mil trece, siendo las 09:00a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados en ejercicio ANTONIO JOSE MARTINEZ y GERMAN ROLANDO PEÑARANDA RODRIGUEZ, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros: 104.754 y 104.756, actuando por sus propios derechos e intereses; è indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Sede de Expresos Occidente C.A., Avenida Rotaria con Calle República, local Nº 32, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÀNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada en el JUICIO que por INTIMACIÒN e ESTIMACIÒN DE HONORARIOS PROFESIONALES; siguen los abogados: ANTONIO JOSE MARTINEZ y GERMAN ROLANDO PEÑARANDA RODRIGUEZ CONTRA:CELIO ANTONIO BECERRA GUERRERO, en el expediente N°7959 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompaña al Tribunal los funcionarios policiales JIMMY DANIEL RIVERA CONTRERAS, placa Nº4366 y EXNEIDER ALBERTO DELGADO LOZANO, placa Nº 4821, ambos adscritos a la Brigada de Orden Publico del Estado Táchira. Se encuentra presente la consultor jurídico de la de la Sociedad Mercantil EXPRESOS OCCIDENTE C.A; abogada RINCON CASTAÑEDA FRANCIA COROMOTO, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 122.877, a quien la jueza notifico del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un plazo de 30 minutos a fin de que se comunique con el demandado o su apoderado judicial, y ejerza el derecho a la defensa consagrado en el ordinal 1º del articulo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Se encuentran igualmente presentes los ciudadanos: ENDER LEONEL MORENO PEREZ, titular de la C.I. NºV-5.646.833, y WILLIAMS JOSE BECERRA COLMENARES, titular de la C.I. Nº V-10.168.777, quienes manifestaron tener el carácter de Presidente, y Secretario General, respectivamente de la Sociedad Mercantil EXPRESOS OCCIDENTE C.A. En este estado solicitaron el derecho de palabra los abogados demandantes y ejecutantes y concedido como les fue expusieron: “ motivado que de autos se logra evidenciar que el despacho de embargo preventivo remitido a este Tribunal se encuentra errado en el sentido del nombre del demandado notándose que fue ejercida contra el ciudadano CELIO ANTONIO BECERRA GUERRERO, titular de la cédula de identidad V-175.675, siendo lo correcto del cuaderno principal en la demanda instaurada en contra del ciudadano CELIS ANTONIO BECERRA COLMENARES, titular de la cédula de identidad NºV-9.211.435, en tal sentido solicitamos la suspensión de la presente ejecución y solicito que la presente comisión sea remitida al Tribunal comitente a los fines de hacer la corrección al respectivo despacho, es todo”. En este Estado el Tribunal visto lo expuesto por la parte ejecutante acuerda suspender la presente ejecución en este acto, asimismo se acuerda remitir la presente comisión junto con todas sus actuaciones al juzgado comitente, previo registro de su salida y la expedición de la copia certificada respectiva para el archivo de este despacho. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 11:30am y regresa a su Sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. ANTONIO JOSE MARTINEZ
ABG. GERMAN ROLANDO PEÑARANDA
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
JIMMY DANIEL RIVERA CONTRERAS
EXNEIDER ALBERTO DELGADO LOZANO,
LOS NOTIFICADOS,
ABG. FRANCIA COROMOTO RINCON CASTAÑEDA
ENDER LEONEL MORENO PEREZ
WILLIAMS JOSE BECERRA COLMENARES
EL SECRETARIO TEMPORAL,
WILMER ANTONIO COLMENARES SÁNCHEZ
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