REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES
DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 05 de Marzo de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPÁL : WP01-P-2010-002810
RECURSO REVISION : WP01-R-2012-000767
: 2E-2341-2010


Definitivamente firme como ha quedado la sentencia dictada por la Corte de Apelaciones de este Circuito Judicial Penal conforme a lo establecido en el artículo 462 numeral 6º del Código Orgánico Procesal Penal vigente, mediante la cual condenó al ciudadano penado NAGBE FRANK, quien dijo ser de nacionalidad suiza, nacido en fecha 19-05-1980, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, hijo de Richard Nagbe (f) y de Stella Nagbe (f) e identificado con pasaporte Nro. 80254075, sobre quien recayó sentencia publicada en fecha 06 de agosto de 2010 por el Juzgado Unipersonal Sexto de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, mediante la cual fue condenado a cumplir la pena de Ocho (08) Años de Prisión por la comisión del delito de Transporte Ilícito de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Tráfico ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, así como a la penas accesorias establecidas en los artículos 61, ordinales 1° y 4° eiusdem y 16 del Código Penal. A tal efecto, observa:

PRIMERO: Que el Ciudadano penado NAGBE FRANK, quien dijo ser de nacionalidad suiza, e identificado con pasaporte Nro. 80254075, fue condenado en fecha 06-08-2010, por el Juzgado Sexto Unipersonal de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas a cumplir la pena de OCHO (08) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

SEGUNDO: Resuelto como ha sido el RECURSO DE REVISION pronunciado por la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en fecha 01-04-2013, en el cual se acordó revisar la sentencia y en su lugar rebajar la misma a SEIS (06) AÑOS DE PRISION por la comisión del delito de TRANSPORTE ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

TERCERO: el penado NAGBE FRANK, quien dijo ser de nacionalidad suiza, e identificado con pasaporte Nro. 80254075, fue detenido preventivamente en fecha 06-05-2010 hasta el día de hoy, siendo que ha permanecido recluida por el lapso de DOS (02) AÑOS, ONCE (11) MESES y UN (01) DIA y en virtud de lo dispuesto en el artículo 40 del Código Penal, se determina que le restan por cumplir TRES (03) AÑOS y VEINTINUEVE (29) DIAS DE PRISIÓN.

Ahora bien, la condena impuesta finalizará el día 06 de Mayo de 2016, pudiendo el penado solicitar cualquiera de las formulas alternativas al cumplimiento de la misma, según lo previsto en el artículo 500 del Código Orgánico Procesal Penal derogado, donde el tribunal de la ejecución de sentencia podrá aplicarlo a partir de las fechas que a continuación se especifican:
1.- DESTACAMENTO DE TRABAJO, al cumplir una cuarta (¼) parte de la pena impuesta, es decir, el día 06-11-2011.

2.- REGIMEN ABIERTO al cumplir un tercio (1/3) de la pena impuesta, es decir, el día 06-05-2012

3- LIBERTAD CONDICIONAL, al cumplir las dos terceras (2/3) partes de la pena impuesta, es decir, el día 06-05-2014.

4- CONFINAMIENTO, al cumplir las tres cuarta (3/4) partes de la pena impuesta, es decir, el día 06-11-2014.

De igual forma, como quiera que le fuera impuesta al ciudadano penado NAGBE FRANK, la pena accesoria establecida en el artículo 61 numerales 1º y 4º de la Ley Orgánica Contra el Trafico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

DISPOSITIVA

En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA NUEVO COMPUTO DE LA PENA POR REVISION DE SENTENCIA a favor del ciudadano penado NAGBE FRANK quien dijo ser de nacionalidad suiza, e identificado con pasaporte Nro. 80254075, arriba identificado, conforme a lo previsto en el artículo 462 numeral 6º del Código Orgánico Procesal Penal vigente y articulo 482 del Código Orgánico Procesal Penal derogado.

Publíquese, Diarícese, notifíquese, líbrese boleta de traslado, déjese copia y líbrense los oficios correspondientes.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. KARIN MENDEZ MUJICA


ASUNTO PRINCIPÁL : WP01-P-2010-002810
RECURSO REVISION : WP01-R-2012-000767