REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 202° y 154°
ASUNTO Nº SP01-L-2013-000054
PARTE DEMANDANTE: GUSTAVO GUTIERREZ DELGADO, identificado con la cédula Nro.22.674.453
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: GLORIA AURORA DUARTE DE CASTIBLANCO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el Nro.58.631
PARTE DEMANDADA: MANUFACTURAS PELLAMI, MAPEL C.A., inscrita en el registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira el 15 de febrero de 2001, bajo el Nro.65, tomo 2-A y con registro fiscal Nro. J-30779743-6
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES E INDEMNIZACION POR ENFERMEDAD OCUAPCIONAL
En el día de hoy, 12 de ABRIL de 2013, a las 9:00 de la mañana, oportunidad fijada para celebrar la audiencia preliminar se hizo presente por la parte demandada, los apoderados judiciales abogados ELIZABETH MOSQUERA VALDES y ABELARDO RAMIREZ, inscritos en el I.P.S.A. bajo los Nros.58.209 y 74.441. Se deja constancia de que la parte actora no se hizo presente por sí ni por medio de apoderado judicial, razón por la cual de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, se declara DESISTIDO el procedimiento y terminado el proceso. Es todo, terminó, se leyó y firman.
La Juez,
Abg. ANA MERCEDES MORA RIVAS
La Parte Demandada,
El Secretario
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