REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 18 de abril de 2013
202º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000344

Por recibida la anterior solicitud de AUTORIZACIÓN JUDICIAL PARA TRAMITAR VISA, presentado por la ciudadana JANELY RUDRENTH CRUZCO MENDOZA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº. V-11.644.020, actuando en interés de su hijo de dieciséis (16) años de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. V-24.802.324, debidamente asistida por la Defensora Pública Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Unidad de Defensa Pública del estado Vargas, Abogada ODOMAIRA ROSALES, este Tribunal le da entrada, la anota en los libros respectivos y la ADMITE, de conformidad con los artículos 468 y 512 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en funciones de Ejecución del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estada Vargas. ACUERDA y AUTORIZA a la ciudadana JANELY RUDRENTH CRUZCO MENDOZA, a los fines de que tramite la visa a favor de su hijo adolescente, todo ello de conformidad con lo establecido en los artículo 22 y 393 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Para tales efectos, se ordena Oficiar a la Embajada de Estados Unidos en Venezuela. Expídase por Secretaría copia certificada del presente Decreto. Asimismo, se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial, Región Vargas. Cúmplase.-
LA JUEZA,

DRA. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ.
LA SECRETARIA,

ABG. YIRA CEBALLOS