JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, catorce de agosto de dos mil trece.
203º y 154°
De las actas procesales que conforman el presente expediente N° 8121 se evidencia que se trata de un juicio RECONOCIMIENTO DE FIRMA, interpuesto por el ciudadano LUIS ALEXANDER PEREZ VILLAMIZAR, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-9.354.244, asistido por la abogada Soraya Moreno Melgarejo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 53.262, contra los ciudadanos CECILIO ARB LOZANO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.548.660, de estado civil casado y su cónyuge MENDOZA DE ARB MARIA ANA DE JESUS venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.075.46; JOSÉ PASCUAL BAUTISTA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V-164.687, de estado civil soltero; PAUSOLINO CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.526.627, de estado civil viudo; JUAN ELIÉZER CONTRERAS GÓMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.204.122, de estado civil casado y su cónyuge, ALIX TERESA VEGA DE CONTRERAS, con cédula de identidad Nro. V-3.427.019; JUAN JOSÉ CONTRERAS PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-196.179, de estado civil casado y su cónyuge, CONTRERAS DE CONTRERAS MARIA OTILIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.550.146; GERARDO ALBERTO DURAN CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-5.657.243, de estado civil Divorciado; CARLOS ARTURO KOPP VEGA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.216.420, de estado civil soltero; LUIS FERNANDO KOPP ROA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.792.498, de estado civil casado y su cónyuge LUZ MARINA OCARIZ DE KOOP, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.636.540; JESÚS ARCÁNGEL MÁRQUEZ SAYAGO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.514.199, de estado civil casado y su cónyuge EMELIDA CLAVIJO DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-1.553.427; PABLO EUSTACIO OMAÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-1.515.938, de estado civil soltero; GERARDO ANTONIO ROSALES BELANDRIA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.656.095, (casado para el momento de adquirir las acciones) y actualmente de estado civil divorciado y MARTHA IVANHOE MENDEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. 5.020.731, casada con GERARDO ANTONIO ROSALES BELANDRIA para el momento de adquisición de las acciones; WILLIAM ENRIQUE ROSALES BELANDRIA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.229.094, soltero; IVAN JESUS SANCHEZ ADARMES, titular de la cédula de identidad Nº V-3.009.982, de estado civil soltero; JOSÉ VITELIO VANEGAS JAIMES, titular de la cédula de identidad Nº V-3.426.471, de estado civil soltero; JOSE LUIS VEGA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.682.956, de estado civil soltero; ANDRES ELOY VEGA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.646.747, de estado civil casado y su cónyuge NIDIA MARLENE RODRIGUEZ DE VEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-5.033.695; JOSE ARB MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.143.535, soltero, todos mayores, de este domicilio; y vista la diligencia de fecha 08 de julio de 2013, suscrita por la parte demandada, mediante la cual reconocen el contenido y firma del documento anexo a la solicitud (fs. 13 al 16).
El convenimiento, es una declaración emanada del demandado, en virtud de la cual manifiesta estar total o parcialmente de acuerdo con los hechos señalados por el actor en su libelo y a su vez, acepta en forma integral las consecuencias de la reclamación formulada; es un acto netamente procesal. El artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, expresa que:
“En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria”.
Ahora bien, por cuanto el convenimiento suscrito no es contrario a derecho, ni esta prohibido por Ley, por ello este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al convenimiento efectuado por los codemandados CECILIO ARB LOZANO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.548.660, de estado civil casado y su cónyuge MENDOZA DE ARB MARIA ANA DE JESUS venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-3.075.46; JOSÉ PASCUAL BAUTISTA CONTRERAS, titular de la cédula de identidad Nº V-164.687, de estado civil soltero; PAUSOLINO CARRILLO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.526.627, de estado civil viudo; JUAN ELIÉZER CONTRERAS GÓMEZ, titular de la cédula de identidad Nº V-4.204.122, de estado civil casado y su cónyuge, ALIX TERESA VEGA DE CONTRERAS, con cédula de identidad Nro. V-3.427.019; JUAN JOSÉ CONTRERAS PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-196.179, de estado civil casado y su cónyuge, CONTRERAS DE CONTRERAS MARIA OTILIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-2.550.146; GERARDO ALBERTO DURAN CHACÓN, titular de la cédula de identidad Nº V-5.657.243, de estado civil Divorciado; CARLOS ARTURO KOPP VEGA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.216.420, de estado civil soltero; LUIS FERNANDO KOPP ROA, titular de la cédula de identidad Nº V-3.792.498, de estado civil casado y su cónyuge LUZ MARINA OCARIZ DE KOOP, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro. V-4.636.540; JESÚS ARCÁNGEL MÁRQUEZ SAYAGO, titular de la cédula de identidad Nº V-1.514.199, de estado civil casado y su cónyuge EMELIDA CLAVIJO DE MARQUEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-1.553.427; PABLO EUSTACIO OMAÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-1.515.938, de estado civil soltero; GERARDO ANTONIO ROSALES BELANDRIA, titular de la cédula de identidad Nº V-5.656.095, (casado para el momento de adquirir las acciones) y actualmente de estado civil divorciado y MARTHA IVANHOE MENDEZ SANCHEZ, venezolana, mayor de edad titular de la cédula de identidad Nro. 5.020.731, casada con GERARDO ANTONIO ROSALES BELANDRIA para el momento de adquisición de las acciones; WILLIAM ENRIQUE ROSALES BELANDRIA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.229.094, soltero; IVAN JESUS SANCHEZ ADARMES, titular de la cédula de identidad Nº V-3.009.982, de estado civil soltero; JOSÉ VITELIO VANEGAS JAIMES, titular de la cédula de identidad Nº V-3.426.471, de estado civil soltero; JOSE LUIS VEGA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.682.956, de estado civil soltero; ANDRES ELOY VEGA PEREZ, titular de la cédula de identidad Nº V-5.646.747, de estado civil casado y su cónyuge NIDIA MARLENE RODRIGUEZ DE VEGA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-5.033.695; JOSE ARB MENDOZA, titular de la cédula de identidad Nº V-9.143.535, soltero, debidamente asistidos por el abogado ANTONIO RINCON, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 59.120, otorgándole su APROBACIÓN, en consecuencia se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA, se acuerda expedir copia fotostática certificada de todas las actuaciones contenidas en la presente causa y el desglose del documento fundamental de la demanda.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,


Juan José Molina Camacho
La Secretaria temporal,


Andrea Bernal Colmenares

En la misma fecha se registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 421
Marilú