REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 01 de Agosto de Dos Mil Trece.-
203º y 154º
Por recibida la presente solicitud, con fecha 30-07-2013, constante todo de nueve (08) folios, proveniente del Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente El Cobre, Municipio Dr. José Maria Vargas del Estado Táchira. Relacionada con el Convenimiento de Obligación de Manutención efectuado por los ciudadanos: LUZ ELENA VERGARA GOMEZ Representante legal de la adolescente (NOMBRE OMITIDO POR DISPOSICIÓN DEL ARTÍCULO 65 DE LA LOPNNA) titular de la cedula de identidad Nº V-24.777.209 y PEREZ ARELLANO JOSE LUIS, Venezolanos, titulares de las Cédulas de identidad Nº V-12.761.334 y V-19.026.343, respectivamente, con domicilio en Cerro Duque El Cobre, Municipio Dr. José Maria Vargas del Estado Táchira, y el segundo en Seboruco, Sector Siscatera, Municipio Seboruco del Estado Táchira. Por cuanto el mismo no es contrario a derecho, a las buenas costumbres o a alguna disposición expresa de la Ley, désele entrada, fórmese expediente, inventaríese y prosígase el curso de Ley correspondiente, a regir por la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Este Tribunal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECRETA LA HOMOLOGACIÓN DEL CONVENIMIENTO, objeto de esta solicitud, como SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, de conformidad con el Artículo 375 de la Ley supra mencionada. Líbrese boleta a la Fiscal de Protección del Niño y del Adolescente a los fines legales consiguientes, déjese Copia Certificada de la presente decisión para el Archivo del Tribunal.
EL JUEZ,
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Abg. GEORGE LASTRA POZO.-
LA SECRETARIA TEMPORAL
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Abg. REYNA DE JESUS CONTRERAS-
En la misma fecha se le dio entrada a la solicitud, se formó Expediente y se inventarió bajo el No 2030-2013, se libró boleta a la Fiscal, oficio Nº 3160-680 al Consejo de Protección del Niño, Niña y Adolescente El Cobre, Municipio Dr. José Maria Vargas del Estado Táchira

LA SECRETARIA,
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Exp. 2030-2013