REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS LIBERTADOR Y FERNÁNDEZ FEO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. Abejales

CAPITULO I
DE LAS PARTES

Sentencia N° 1831 - 13- 1.744

DEMANDANTE: ESTHER JUDITH PALENCIA ARIAS, venezolana, menor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-16.408.594, actuando con el carácter de madre de HERMANOS BERMON PALENCIA.

DIRECCIÓN: Calle 8, al final de la carrera 8, Barrio 12 de Octubre, a media cuadra de la Iglesia Evangélica, Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira

DEMANDADO: FREDDY BERMON ALARCON, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro.V- 13.791.415, con el carácter de padre deHERMANOS BERMON PALENCIA.

DIRECCIÓN: Carrera 3, casa N° 11-167, cerca de una venta de hielo, Naranjales, Municipio Fernández Feo del Estado Táchira

MOTIVO: Fijación de la Obligación de Manutención

CAUSA NRO. 1831-13

Fecha de Entrada: 11 de Junio de 2.013
CAPITULO II
DE LOS HECHOS
Se inicio el presente procedimiento, en fecha 07 de Junio de 2013, mediante la anterior Acta de Fijación de la Obligación de Manutención presentada en este Tribunal por la ciudadana: ESTHER JUDITH PALENCIA ARIAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V.- 16.408.594, parte demandante, a favor deHERMANOS BERMON PALENCIA.
En fecha 11 de Junio de 2013, se admitió y se le dio entrada de la solicitud de Fijación de manutención, se ordenó la citación del ciudadano FREDDY BERMON ALARCON, parte demandada, para que comparezca por ante este Tribunal por si o por medio de apoderado al tercer (3er) día de despacho siguiente a aquel que conste en autos la citación personal, a las once y treinta (11:30) de la mañana, para el acto conciliatorio de fijación de la obligación de manutención a favor deHERMANOS BERMON PALENCIA, en la demanda incoada por la ciudadana: ESTHER JUDITH PALENCIA ARIAS.
En fecha 11 de Junio de 2013, se libro Boleta de Notificación al Fiscal Especializado de Protección del Niño y del Adolescente, Civil y Familia del Estado Táchira participando la admisión de la presente demanda
En fecha 11 de Junio de 2013, se libró oficio al Director de Recursos Humanos de la Zona Educativa del Estado Apure, a los fines de informar el sueldo mensual devengado por el demandando antes identificado, incluyendo bonificaciones, deducciones y de esta manera determinar la capacidad económica del mismo.
En fecha 06 de Agosto de 2013, comparecen voluntariamente los ciudadanos ESTHER JUDITH PALENCIA ARIAS y FREDDY BERMON ALARCON a los fines de celebrar el acto conciliatorio sobre la fijación de la Obligación de Manutención. Presentes ambas partes, la Jueza concedió el derecho de palabra al demandando quien expuso: “Ofrezco como obligación de manutención la cantidad de MIL BOLÍVARES (1.000,00 Bs) mensuales. Para el mes de Agosto y Diciembre de cada año, correspondiente a los gastos escolares y de fin de año, cubriré el 50% respectivamente, así como también cubriré el 50% de los gastos médicos y medicinas que requieran mis hijos. La cuota de manutención me comprometo a depositarlas los cinco primeros días de cada mes en la cuenta de ahorros aperturada por este tribunal a nombre de la madre de los niños. Asimismo, en la medida de mis posibilidades les daré a mis hijos más dinero. […] Es Todo”. Presente la demandante y concedido el derecho de palabra expuso: “Acepto el ofrecimiento hecho por el padre de mis hijos […]. Es todo.”
CAPITULO III
HOMOLOGACIÓN
En consecuencia y por cuanto la conciliación suscrita entre las partes no es contraria a derecho y versa sobre derechos disponibles, este Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, le imparte HOMOLOGACIÓN al acta de fecha 06 de Agosto de 2013, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente.
Se establece el ajuste anual proporcional y automático de la Obligación de la Manutención, todo de conformidad con lo establecido en el último aparte del Artículo 369 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Líbrese oficio al Banco Bicentenario, Sucursal Abejales, a los fines que se aperture una cuenta de ahorros a nombre de la ciudadana ESTHER JUDITH PALENCIA ARIAS, cuyos beneficiarios es eHERMANOS BERMON PALENCIA.
Publíquese y regístrese la presente decisión.
Déjese copia certificada para el Archivo del Tribunal
Dada, firmada, sellada y refrendada en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Libertador y Fernández Feo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, con sede en Abejales, a los siete días del mes de Agosto del dos mil trece. Años 203º de la Independencia y 154º de la Federación.
La Jueza.

ABG. ROSALBA RUIZ JAIMES

La Secretaria Temporal

ABG. RUBIN DUQUE MORENO