JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA. Independencia, 13 de agosto de 2013.
203° y 154°

Visto el ACUERDO CONCILIATORIO espontáneo, realizado en acta de fecha 09/08/2013, entre los ciudadanos: DEISY CAROLINA CANTOR FRANCO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 19.866.471, domiciliada en el Municipio Libertad del Estado Táchira y VICTOR MENDOZA JIMENEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-17.083.270, domiciliado en Punta de Piedra, Estado Barinas; por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, a favor de la niña …; por cuanto no es contrario a derecho y versa sobre derechos disponibles este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS INDEPENDENCIA Y LIBERTAD DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, dándole fuerza ejecutiva. Notifíquese al Fiscal del Ministerio Público competente. Regístrese y déjese copia certificada para el archivo del Tribunal.

LA JUEZA TEMPORAL,


ABG. BETTY YAJAIRA VARELA MARQUEZ
LA SECRETARIA,


ABG. MAURIMA MOLINA C.

En la misma fecha se cumplió con lo ordenado, se publicó siendo la (s) 10:00 a.m., quedó registrada bajo el Nº 199, se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal y boleta de notificación al Fiscal competente.

Abg. Maurima Molina / Secretaria
Exp. Nº 2349/2013
BYVM/lcm.
Va sin enmienda.