REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL Y MUNICIPAL
EN FUNCIÓN PRIMERO DE CONTROL
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 13 de agosto de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-006948
ASUNTO : WP01-P-2009-006948
Visto el escrito de acusación presentado el 30/12/2009, por JOSE GREGORIO FOTI GONZALEZ, en su carácter de Fiscal Noveno en colaboración con la Fiscalía Segunda del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, en contra del ciudadano , identificado con cédula de identidad Nº 18.535.876, por la presunta comisión de los delitos de HOMICIDIO CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES, ROBO AGRAVADO ENGRADO DE AUTOR Y AGAVILLAMIENTO, tipificados en los artículos 406 numeral 1º, 458 y 286 todos del Código Penal, en perjuicio del ciudadano .
El artículo 5 del Código Orgánico Procesal Penal, relativo a los principios procesales, establece:
“Artículo 5º. Los jueces y juezas cumplirán y harán cumplir las sentencias y autos dictados en ejercicio de sus atribuciones legales.
Para el mejor cumplimiento de las funciones de los jueces y juezas, y tribunales, las demás autoridades de la República están obligadas a prestarles la colaboración que les requieran en el desarrollo del proceso.
En caso de desacato, desobediencia a la autoridad o incumplimiento de la orden judicial, el juez o jueza tomará las medidas y acciones que considere necesarias, conforme a la ley, para hacer respetar y cumplir sus decisiones…”
Por auto del 08/01/2010 fue fijada para el 02/02/2010, la oportunidad para la realización de audiencia preliminar, acto que ha sido diferido en varias oportunidades por incomparecencia del imputado , no obstante las múltiples diligencias realizadas por la oficina de Alguacilazgo de este Circuito Judicial Penal para su localización y citación, considerando ajustado a derecho este operador judicial dictar orden de LOCALIZACIÓN y BUSQUEDA, para que el mismo sea ubicado por funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas y lo hagan comparecer al Tribunal, a los fines de que tenga lugar el acto procesal. ASI SE DECIDE.
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal de Primera Instancia Estadal y Municipal en Función Primero de Control del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, administrando Justicia en el nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dicta ORDEN DE LOCALIZACIÓN Y BÚSQUEDA, del ciudadano , identificado con cédula de identidad Nº 18.535.876, para que el mismo sea ubicado y lo hagan comparecer a la sede de este Despacho Judicial, a los fines que tenga lugar el acto de la Audiencia Preliminar. Todo de conformidad con lo previsto en los artículos 5 y 309 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, publíquese y notifíquese la presente decisión.
EL JUEZ.,
JUAN FERNANDO CONTRERAS
LA SECRETARIA,
ODALIS MARÍN MAITÁN
Seguidamente se cumplió con lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ODALIS MARÍN MAITÁN