En el día de hoy, Jueves Ocho de Agosto de dos mil trece, siendo las 9:00a.m., se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los abogados en ejercicio FRANKLIN DAVID CASTRO ARIAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el N°58.547, y NADEZHDA L. CALLES R, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº38831, quienes actúan con el carácter de apoderados Judiciales de la parte demandante: República Bolivariana de Venezuela; é indicaron a este Tribunal la siguiente dirección: Banco Activo, calle 12 entre carreras 21 y 22, Edificio Ramones, planta baja, oficina Nº0031º Barrio Obrero, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretado sobre bienes propiedad de la parte demandada, PLATA PALACIOS GERMAN, identificado en el Registro de Información Fiscal bajo el N° V-22644037-9; medida ésta decretada en el JUICIO que por EMBARGO EJECUTIVO sigue REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA contra PLATA PALACIOS GERMAN, en el expediente N°2897 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Se encuentra presente la ciudadana: CASTELLANOS BENITEZ ROSIO YOLIBER, titular de la C.I. N° V-10.174.314 en su carácter de Gerente de Oficina, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado de la Causa, y cede el derecho de palabra a la parte Actora, quien expuso: “Señalo a los fines de que sea Embargado Ejecutivamente el dinero existente en la siguiente cuenta corriente: N°6000455246 que pertenecen a la contribuyente demandada, PLATA PALACIOS GERMAN, es todo.” En este estado el Tribunal requiere del notificado la información correspondiente sobre el saldo disponible en la cuenta señalada para su embargo por la parte ejecutante, quien una vez verificado en el sistema informa a este Tribunal que las cuenta señalada pertenece a PLATA PALACIOS GERMAN, y que en la misma a la fecha se encuentra disponible el siguiente saldo: Once Mil Noventa y Dos Bolívares con Cuarenta (Bs.11.092,40). En este estado el Tribunal procede a Embargar Ejecutivamente el saldo disponible en la cuenta N°6000455246 perteneciente a la parte demandada PLATA PALACIOS GERMAN, en consecuencia se Declara la Desposesión Jurídica del mismo y ordena en este acto a la notificada la expedición del correspondiente cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL SUPERIOR DE LO CONTENCIOSO TRIBUTARIO DE LA REGIÓN LOS ANDES, por el monto aquí embargado, previa la deducción legal correspondiente a la comisión por emisión de cheque de gerencia. En este estado el Notificado hace entrega al Tribunal del Cheque de Gerencia N°31000198 por la cantidad de Bs.11.092,40 a nombre del Tribunal de la Causa, el cual se acuerda agregar en copia fotostática simple a la presente comisión y remitir el original de dicho cheque al Tribunal comitente junto con copias certificada de la presente acta. En este estado la parte actora solicito el derecho de palabra y concedido como le fue expuso: “A los fines de continuar con la ejecución de la presente medida ejecutiva de embargo solicito a este Tribunal Acuerde trasladarse a la Agencia del Banco FONDO COMUN, ubicado Barrio Obrero de esta ciudad, es todo.” El Tribunal visto el pedimento hecho por la parte actora Acuerda trasladarse de inmediato a la Agencia bancaria señalada. En este estado el Tribunal Acuerda expedir copia certificada de la presente acta y hacer la entrega de la misma al Notificado para fines legales consiguientes. Es todo. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:45a.m. y continua con sus labores. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ
LA PARTE ACTORA,
ABG. FRANKLIN DAVID CASTRO ARIAS
ABG. NADEZHDA L. CALLES R
LA NOTIFICADA,
CASTELLANOS BENITEZ ROSIO YOLIBER
EL SECRETARIO TEMPORAL,
WILMER ANTONIO COLMENARES SÁNCHEZ
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