REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO CUARTO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control
Estadal y Municipal del Estado Vargas
Macuto, 05 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-001826
ASUNTO : WP01-P-2012-001826

Corresponde a este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Estadal y Municipal del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, emitir pronunciamiento judicial relativo a la solicitud interpuesta por el ciudadano MARCOS ANTONIO PALENCIA GIL, titular de la cédula de identidad N° V-14.599.125, mediante la cual requiere “…la posibilidad de la extensión de mi lapso de presentación a un lapso mensual ya que actualmente me presento cada quince días y por la ubicación geográfica de mi domicilio y mi condición de trabajo se me dificulta un poco el lapso actual...”

Ahora bien, de la revisión efectuada al reporte de presentaciones donde se refleja el asentamiento de las mismas correspondiente a dicho ciudadano, la cual fue remitida a este juzgado por la coordinación de la oficina del alguacilazgo, se pudo constatar el fiel y cabal cumplimiento de la medida por parte del mismo, lo cual deriva en la certeza de su disposición a someterse a la investigación, quedando así garantizadas las resultas del proceso, por lo cual quien aquí decide considera ajustado a derecho extender el lapso de presentaciones cada TREINTA (30) DÍAS, y ASI SE DECIDE.

DISPOSITIVA

Este Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER LAS PRESENTACIONES PERIODICAS ANTE ESTE TRIBUNAL al ciudadano MARCOS ANTONIO PALENCIA GIL, titular de la cédula de identidad N° V-14.599.125, a cada Treinta (30) días, de conformidad con lo previsto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal.

Se declara con lugar la solicitud interpuesta.

Publíquese, regístrese, notifíquese y déjese copia de la presente decisión.

LA JUEZ,


ABG. JEANY CAMACARO VELASQUEZ


LA SECRETARIA,


ABG. MARIANELA SOJO