REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANMCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 29 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2009-003015
ASUNTO : 2E-2713-2013

ABSOLUTORIA

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano GONZALEZ RODRIGUEZ GLEEN ANTONIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, Natural de La Guaira, nacido en fecha 20-03-85, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Tapicero, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.724.992, hijo de ALEJANDRO GONZALEZ (v) y de MERCEDES RODRIGUEZ (v), residenciado en Caraballeda, Sector Las Tucacas, Casa s/n, de color amarillo, cerca de la bodeguita de Toño, Estado Vargas, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas. En este sentido este Tribunal previamente observa:
Cursa a los folios 164 al 168 de la Primera pieza, sentencia dictada por el Juzgado Primero de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 19 de julio de 2013, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano GONZALEZ RODRIGUEZ GLEEN ANTONIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, Natural de La Guaira, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.724.992, de los cargos formulados por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano GONZALEZ RODRIGUEZ GLEEN ANTONIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.724.992, y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-


DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado GONZALEZ RODRIGUEZ GLEEN ANTONIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, Natural de La Guaira, nacido en fecha 20-03-85, de 25 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Tapicero, titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.724.992, hijo de ALEJANDRO GONZALEZ (v) y de MERCEDES RODRIGUEZ (v), residenciado en Caraballeda, Sector Las Tucacas, Casa s/n, de color amarillo, cerca de la bodeguita de Toño, Estado Vargas, de la acusación efectuada por el Ministerio Público, por la comisión del delito de DISTRIBUCIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 31 de la derogada Ley Orgánica Contra el Tráfico Ilícito y el Consumo de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Asesoria Jurídica Nacional de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano GONZALEZ RODRIGUEZ GLEEN ANTONIO, quien dijo ser de nacionalidad venezolana y titular de la cédula de identidad Nro. V.-16.724.992.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA

LA SECRETARIA,


ABG. ROSA LILIANA CARRERA



ASUNTO: WP01-P-2009-003015