REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANMCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 30 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2011-002397
ASUNTO : 2E-2714-2013

ABSOLUTORIA

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.797.497, nacido el 26/10/1989, de 23 años de edad, de profesión u oficio Desempleado, de estado civil soltero, hijo de Margaret Escobar (v) y Félix Castro (f), residenciado en: El Guamacho, subida El Gavilán, casa N° 64, Parroquia La Guaira, estado Vargas, teléfono 0414-162-6836 (madre), contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 186 al 192 de la Tercera pieza, sentencia dictada por el Juzgado Cuarto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 13 de Agosto de 2013, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.797.497, de los cargos formulados por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.797.497, nacido el 26/10/1989, de 23 años de edad, de profesión u oficio Desempleado, de estado civil soltero, hijo de Margaret Escobar (v) y Félix Castro (f), residenciado en: El Guamacho, subida El Gavilán, casa Nro. 64, Parroquia La Guaira, estado Vargas, teléfono 0414-162-6836 (madre), y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-

DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.797.497, nacido el 26/10/1989, de 23 años de edad, de profesión u oficio Desempleado, de estado civil soltero, hijo de Margaret Escobar (v) y Félix Castro (f), residenciado en: El Guamacho, subida El Gavilán, casa Nro. 64, Parroquia La Guaira, estado Vargas, teléfono 0414-162-6836 (madre), de la acusación efectuada por el Ministerio Público, por la comisión del delito de TRAFICO EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUCIÒN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Asesoria Jurídica Nacional de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano CASTRO ESCOBAR YUVER WLADIMIR, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, natural de La Guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de Identidad Nro. V.-19.797.497.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,


DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA

LA SECRETARIA,


ABG. LILIANA CARRERA



ASUNTO: WP01-P-2011-002397