REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANMCIA EN FUNCION DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 07 de Agosto de 2013
203º y 154º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-P-2012-002459
ASUNTO : 2E-2703-2013

ABSOLUTORIA

Compete a este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Ejecución de este Circuito Judicial Penal, emitir pronunciamiento en la presente causa seguida en contra del ciudadano XAVIER LINARES PALENCIA, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.508.701, de (31) años de edad, profesión u oficio Técnico en Refrigeración, de estado civil Soltero, residenciado en la parte alta de Manuelita Sanz, casa s/n de la Parroquia Carlos Soublette, contra quien se siguió juicio por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 de Código Penal. En este sentido este Tribunal previamente observa:

Cursa a los folios 194 al 206 de la Primera pieza, sentencia dictada por el Juzgado Sexto de Juicio de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, de fecha 04 de julio de 2013, mediante la cual ABSUELVE al ciudadano XAVIER LINARES PALENCIA, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.508.701, de los cargos formulados por la Fiscal del Ministerio Público de este Estado.

Así las cosas, este Tribunal de Ejecución estima procedente y ajustado a derecho decretar la LIBERTAD PLENA, del mencionado ciudadano XAVIER LINARES PALENCIA quien dijo ser de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.508.701, y ORDENAR excluir de pantalla cualquier registró que presente en relación a esta causa. Y ASI SE DECIDE.-
DISPOSITIVA

En base a lo anteriormente expuesto este Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA LIBERTAD PLENA del ciudadano penado XAVIER LINARES PALENCIA, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.508.701, de (31) años de edad, profesión u oficio Técnico en Refrigeración, de estado civil Soltero, residenciado en la parte alta de Manuelita Sanz, casa s/n de la Parroquia Carlos Soublette, de la acusación efectuada por el Ministerio Público, por la comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 de Código Penal.

Regístrese, diaricese, publíquese, déjese copia en archivo y notifíquese la presente decisión. Líbrese oficio a la Asesoria Jurídica Nacional de Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas ordenando la exclusión de los registros que por este hecho pueda presentar el ciudadano XAVIER LINARES PALENCIA, quien dijo ser de nacionalidad venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V.- 15.508.701.
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,

DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,

ABG. LILIANA CARRERA

ASUNTO: WP01-P-2012-002459