REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS
Maiquetía, cinco (05) de agosto del año dos mil trece (2013)
203° y 154°

ASUNTO PRINCIPAL: WP11-L-2012-000273

Estando dentro de la oportunidad legal; sobre la admisibilidad de los medios probatorios consignados por las partes de conformidad con lo establecido en el artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal pasa a pronunciarse, en los siguientes términos:

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDANTE

1.- Promovió, marcado con la letra “A1 al A10”, copias simples de Registro Mercantil de la empresa INVERSIONES SINOROPE, C.A., cursantes del folio 59 al 68 del expediente.
2.- Promovió, marcado con letra “B”, copia certificada expedida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, Constancia de Trabajo emitida por la empresa INVERSIONES SINOROPE, C.A., de fecha 14-04-2010, cursante al folio 69 del expediente.
3.- Promovió, marcado con la letra “C1 AL C4”, copias certificadas expedida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, documental del procedimiento de REENGANCHE Y PAGO DE SALARIOS CAIDOS, interpuesto por la parte actora por ante la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, en fecha 08-12-2010, cursante del folio 70 al 73 del expediente.

4.- Promovió, marcado con la letra “D1”, copia Certificada expedida por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, de Acta de fecha 20-01-2011, cursante del folio 74 al 75, del expediente.

5.- Promovió, marcado con la letra “E” copia simple del INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, DIRECCION GENERAL DE AFILACION Y PRESTACIONES EN DINERO, CUENTA INDIVIDUAL, de la parte actora, cursante del folio ciento 76 del expediente.
6.- Promovió, marcado con la letra “F1 AL F12” copia certificada de la PROVIDENCIA ADMINISTRATIVA Nº 45-12, de fecha 17-02-2012, emanada de la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS , cursante del folio ciento 77 al 88 del expediente.

7.- Promovió, marcado con la letra “G” copia certificada de Acta de fecha 10-04-2012, suscrita por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, cursante del folio ciento 89 del expediente.

8.- Promovió, marcado con la letra “H” copia certificada de documento de Servicio de Consultas y Reclamos de fecha 21-12-2005, suscrita por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, cursante del folio ciento 90 del expediente.

9.- Promovió, marcado con la letra “I” copia certificada de Acta de fecha 10-04-2012, suscrita por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, recibida por la empresa demandada en sello húmedo de fecha 25-01-2010cursante del folio ciento 91 del expediente.

10.- Promovió, marcado con la letra “J1 AL J2” original de Acta de fecha 20-01-2011, cursante del folio ciento 92 al 93 del expediente.

11.- Promovió, marcado con la letra “K1 AL K7” copia certificada de ESCRITO DE PROMOCION DE PRUEBAS, DE FECHA 25-01-2011, cursante del folio ciento 94 al 100 del expediente.

12.- Promovió, marcado con la letra “L1, L2, M, N” copias simples de actuaciones inherentes a tacha de testigos de fechas 01-02-2011 y 03-02-2011, cursante del folio ciento 101 al 104 del expediente.

13.- Promovió, marcado con la letra “Ñ” copia certificada de Acta de Cumplimiento Voluntario de la Providencia Administrativa de fecha 16-03-2012, suscrita por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, cursante del folio ciento 105 del expediente.

14.- Promovió, marcado con la letra “O” copia simple de Diligencia de fecha 31-07-2012, suscrita el abogado de la parte actora solicitando la aplicación del artículo 425 de la LOTTTT, por ante la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, cursante del folio ciento 106 del expediente.

15.- Promovió, marcado con la letra “P” copia simple de Diligencia donde el ciudadano JOSNELL JOSE GOMEZ CRESPO, otorga poder APUD-ACTA al profesional del derecho JOAQUIN NIETO RETORTA, de fecha 31-12-2012, ante la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, cursante del folio ciento 107 del expediente.

16.- Promovió, marcado con la letra “Q y R” copia certificada de Auto y Certificación de fecha 17-08-2012, suscrita por la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, de las copias certificadas solicitadas del expediente de nomenclatura Nº 036-2010-01-00975, cursante del folio ciento 108 al 109 del expediente.

Este Tribunal, admite las documentales marcadas con las letras “A1 al A10, B, C1 AL C4, D1, E, F1 al F12, G, H y I” antes señaladas, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva. Así se establece.

Asimismo, este Tribunal, inadmite las pruebas promovida con la letra “K1 al K7, L1, L2, M, N, O, P, Q y R”, toda vez que el apoderado judicial de la parte actora, promueve dichas documentales relacionadas con diligencias efectuadas en el Procedimiento Administrativo llevado ante la Inspectoría del Trabajo del estado Vargas, en su propio beneficio, es decir, estimando sus honorarios profesionales, siendo improcedente por esta vía, por cuanto no guarda ninguna relación con la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y Otros conceptos, que incoó el ciudadano JOSNELL JOSE GOMEZ CRESPO, contra INVERSIONES SINOROPE, C.A. Así se decide.

Por otra parte, este Tribunal, admite las documentales “J1 al J2 y Ñ” antes señaladas, por tratarse de documentos públicos administrativos que guardan relación con la demanda por Cobro de Prestaciones Sociales y por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva. Así se establece.

PRUEBA DE EXHIBICIÓN

Se solicita la exhibición de los originales de los Registro Mercantil de la empresa INVERSIONES SINOROPE, C.A.

Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente impertinente el medio de prueba promovido, por lo que deberá las empresas demandada, presentar para su exhibición dichas documentales en la oportunidad de la audiencia de juicio oral y publica en la presente causa, de conformidad con lo establecido en el referido articulo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así se establece.

PROMOVIÓ PRUEBA DE INFORMES
Conforme a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la parte actora solicitó las siguientes pruebas de informe:
1) Solicitó se oficie al INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, DIRECCION GENERAL DE AFILACION Y PRESTACIONES EN DINERO, a los fines de que se sirva informar a este Juzgado sobre los siguientes particulares:
a) El estatus del ciudadano JOSNELL JOSE GOMEZ CRESPO, titular de la cédula de identidad Nº V-16.114.905, desde el 03-01-2011, por ante ese organismo.
En cuanto a la prueba de informe solicitada la cual fue identificada por este Juzgado con la letra: “a)”, se admite en cuanto ha lugar en derecho por no ser manifiestamente ilegal ni impertinente, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva y ordena oficiar a dicha Inspectoría, a los fines de que Informe a este Tribunal sobre el particular señalado, para lo cual se le concede un lapso de diez (10) días hábiles contados a partir de la recepción del oficio correspondiente, con el objeto de que suministren la información solicitada, ello, en conformidad con lo previsto en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Líbrese oficio.

PRUEBAS PROMOVIDAS POR LA PARTE DEMANDADA.

DOCUMENTALES
1.- Marcadas: “1.1 al 1.5”: Copia simple y originales quince (15) reposos médicos, consignados por la parte actora a la empresa demandada, avalado por el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, desde el 29-05-2009 al 04-06-2010, cursante al folio 115 al 122 del expediente.-
2.- Marcada: “2.1 al 2.6”: Original y copia simple de recibos y solicitudes de adelanto de prestaciones sociales de los años 2007, 2008 y 2009, cursante al folio 124 al 132 del expediente.-
3.- Marcada: “3”: original de recibo de pago de utilidades del año 2009, cursante al folio 131 al 132 del expediente.-
4.- Marcada: “4.1 al 4.7”: Original y copia simple de solicitudes y recibos de solicitud de prestamos solicitados y recibidos por la parte actora, cursante al folio 134 al 144 del expediente.-
5.- Marcada: “5.1 al 5.5”: Copia simple de Declaración de Impuesto sobre la Renta realizados por la empresa demandada INVERSIONES SINOROPE, C.A., en los años 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012, cursante al folio 146 al 160 del expediente.-
6.- Marcada: “6.1 al 6.3”: Original y copia simple de Actas Procesales que cursaron ante la INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO VARGAS, en fecha 23-08-2010, 28-09-2012 y 14-10-2010, cursante al folio 162 al 164 del expediente.-
Este Tribunal, admite las documentales antes señaladas, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, salvo su apreciación en la Sentencia Definitiva. Así se establece.
LA JUEZA

DRA. NELLY MORENO. EL SECRETARIO

Abg. WILLIAM SUAREZ