JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciocho (18) de diciembre de dos mil trece.

AÑOS: 203° y 154°

Visto el desistimiento a la presente causa, presentado en fecha diecisiete (17) de diciembre del año en curso, por los ciudadanos YUSMARY CAROLINA PEREZ y ÁNGEL RAFAEL SERRANO CARDONA, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad N° V- 17.528.956, y V- 21.180.034, en su orden, asistidos por el abogado en ejercicio JULIO TORRE RIVAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-6.868.508 e inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 44.189; esta operadora de justicia al observar que no es contrario a derecho el acto realizado por la parte solicitante. Procede de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, a impartirle la HOMOLOGACION DE LEY, acordando proceder como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada. De igual manera se ordena la entrega de la solicitud a la parte recurrente, dejándose en su lugar la respectiva copia fotostática certificada; para la elaboración de los fotostatos antes referidos se comisiona amplia y suficientemente al Alguacil del Tribunal. SE DA POR TERMINADO ESTE PROCESO, en tal virtud, una vez cumplido lo ordenado, procédase al archivo del expediente. Déjese copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal.



Abg. ANA LOLA SIERRA
Juez Temporal


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario

En la misma fecha, siendo las once de la mañana (11:00 a.m.), se dejó copia certificada de la anterior decisión para el archivo del Tribunal, quedando registrada bajo el N° “4311” en el “Libro de Registro de Sentencias”.


Abg. FRANK ADOLFO VILLAMIZAR RIVERA
Secretario






Solicitud N° 7901-12.
G/H.