REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE





JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI,
ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO,
JOSÉ MARÍA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DEL ESTADO TACHIRA
203° y 154°


PARTE DEMANDANTE: LORNA DEL CARMEN ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad No. V-10.741.894, domiciliada en La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y civilmente hábil.

PARTE DEMANDANDA: JOSEFA DE BUENO, YALIANA VELANDRIA, MARIO GARCIA, GREGORY GARCIA y ANA RAMIREZ, en su condición de Promotora de las Comunas del Municipio Jáuregui, Representante del Ministerio de las comunas, Representante del Consejo Comunal Las Piedritas, encargada de la Administración de Recursos de la Vivienda y Promotora a nivel estadal del Ministerio de las comunas, respectivamente y civilmente hábiles.

MOTIVO: SERVICIOS PUBLICOS

EXPEDIENTE N° 2151-2013


En fecha 22-11-2013, fue presentado por ante este despacho, escrito de demanda interpuesta por la ciudadana: LORNA DEL CARMEN ROSALES, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédulas de Identidad No. V-10.741.894, domiciliada en La Grita Municipio Jáuregui del Estado Táchira y civilmente hábil, por motivo de Reclamo por la omisión o demora o deficiente prestación del Servicio Público, contra los ciudadanos: JOSEFA DE BUENO, Ing. YALIANA VELANDRIA, MARIO GARCIA, Ing. GREGORY GARCIA e Ing. ANA RAMIREZ, en su condición de Promotora de las Comunas del Municipio Jáuregui, Representante del Ministerio de las comunas, Representante del Consejo Comunal Las Piedritas, encargada de la Administración de Recursos de la Vivienda y Promotora a nivel estadal del Ministerio de las comunas, respectivamente y civilmente hábiles, solicitando a este Tribunal acuerde medida con el fin de normalizar el servicio de recuperación de su vivienda en la que actualmente habita o que le devuelvan el espacio dentro del Urbanismo Santa Rosa, de esta ciudad de La Grita, quien es beneficiaria de una vivienda de dicho urbanismo. (F. 01- 82).
En fecha, 27-11-2013, este Tribunal dictó auto mediante el cual le da entrada a la demanda y ordena formar expediente y de conformidad con lo establecido en el articulo 36 de la Ley Orgánica de la Jurisdicción Contenciosa Administrativa concede a la parte demandante un lapso de tres (03) días de despacho contados a partir del día siguiente a la fecha del auto, a los fines de que aclare a este Tribunal el objeto de su pretensión. (F. 83)
En fecha, 04-12-2013, la parte demandante: LORNA DEL CARMEN ROSALES, presenta escrito mediante el cual indica los organismos demandados y solicita una reivindicación de la vivienda o en su defecto que le entreguen los materiales que le corresponden y el pago de la mano de obra de los seis meses laborados para así poder arreglar la casa ubicada en el Llano de Los Zambranos, La Grita. (F. 84)
Ahora bien, revisada como han sido revisadas las actas que conforman el presente expediente, este Tribunal observa que por cuanto se encuentra vencido, para la presente fecha, el lapso de los tres (3) días de despacho, concedidos en auto de admisión de fecha: 27-11-2013, sin que la demandante de autos aclarara a este Tribunal el objeto de su pretensión, presentándolo en fecha 04-12-2013, siendo extemporáneo el mismo, no obstante revisado como fue dicho escrito presentado por la parte demandante de autos, se evidencia en su contenido, que la accionante indica una acción diferente a la que se está ventilando en la presente causa como es la de Reivindicación, siendo confusa su petición para este Tribunal, y que además dichas acciones se ventilan por procedimientos distintos, por lo que este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JAUREGUI, ANTONIO ROMULO COSTA, SEBORUCO, JOSE MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA INADMISIBLE, la presente demanda de SERVICIOS PÚBLICOS por las razones antes expuestas. ASI SE DECIDE.-
Dada, firmada, sellada y refrendada en la sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Jáuregui, Antonio Rómulo Costa, Seboruco, José María Vargas y Francisco de Miranda, de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la ciudad de La Grita, a los Nueve (9) días del mes de Diciembre del año 2013.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA PARA EL ARCHIVO DEL TRIBUNAL.
EL JUEZ,

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ABG. GEORGE LASTRA POZO


LA SECRETARIA,

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Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE

En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 2:00 p.m. del día de hoy.-

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SECRETARIA
EXP. N° 2151-2013

GLP/glenis