En el día de hoy, Jueves doce de diciembre del año dos mil trece, siendo las 09:40 de la mañana, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con la parte demandante, ciudadana: MYRIAM YOLIMAR PAZ CABANZO, titular de la cedula de identidad Nº V- 11.496.343, asistida por la Defensora Publica abogada ELVA MERLE PANZA OSTOS, titular de la cedula de identidad Nº V- 1.554.047, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 31081, é indicó a este Tribunal la siguiente dirección: Carrera 6, casa S/N, Pasaje Campo Alegre, de esta ciudad de San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACION Y EJECUCION DE PROTECCION DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES CIRCUITO JUDICIAL DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada en el JUICIO que por OBLIGACION DE MANUTENCION sigue MYRIAM YOLIMAR PAZ CABANZO contra JOAQUIN ABDELKDER PORRAS VIVAS, titular de la cedula de identidad Nº V-10.169.198, en el expediente Nº14.727 que cursa por ante el Juzgado de la Causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales CARLOS ERNESTO FONSECA ROJAS, placa Nº 4716, YOVANY ALEXANDER CARRIEDO PARADA, placa 4062, ambos adscritos a la brigada de Orden Público (B.O.P) del Estado Táchira. Se encuentra presente el ciudadano: JOAQUIN ABDELKDER PORRAS VIVAS, titular de la cédula de identidad Nº V-10.169.198, en su carácter de demandado, la Jueza la notificó del objeto y misión a cumplir en el sitio, indicándole que dispone de un lapso de treinta (30) minutos a los fines de que se comunique con su abogado de confianza o apoderado judicial, para que de esta manera pueda ejercer el derecho a la defensa consagrado en el Ordinal 1º del Artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, y acuerda designar como Perito Avaluador al ciudadano: LEÓN ALFONSO SILVA, titular de la C.I. N° V-5.653.667, y como Depositario Judicial al ciudadano: CARLOS ARTURO SÁNCHEZ, titular de la cedula de identidad N° V-1.555.677, representante de la depositaria judicial La Seguridad, según consta de documento poder autenticado por ante la Notaria Publica Primera de San Cristóbal, Estado Táchira de fecha 06-03-2007, inserto bajo el N° 61, Tomo 52 de los libros de autenticaciones llevadas por esa notaria; quienes estando presentes manifestaron aceptar el nombramiento y prestaron el juramento de Ley ante la Jueza. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Tribunal Comitente, y cede el derecho de palabra a la parte demandante MYRIAM YOLIMAR PAZ CABANZO asistida por la Defensora Pública abogada ELVA MERLE PANZA OSTOS, ya identificados, quien expuso: “Señalo para ser embargado ejecutivamente el siguiente bien mueble: Una sierra circular de carpintería, es todo”. En este estado el Tribunal cede el derecho de palabra al Perito designado, a fin de que rinda el informe, quien expuso: “El bien antes señalado y descrito, se encuentra en buen estado de conservación y consta de un motor color rojo, marca Black Deker se desconoce su funcionamiento y posibles daños ocultos que pueda tener el mismo, lo avalúo prudencialmente en la cantidad de OCHO MIL BOLIVARES, (Bs. 8.000,00), es todo”. En este estado el Tribunal procede a declarar EMBARGADO EJECUTIVAMENTE el bien señalado por la parte actora, en consecuencia declara la DESPOSESION JURIDICA del mismo de conformidad con lo establecido en el Articulo 536 del Código de Procedimiento Civil, y hace entrega del mismo al depositario judicial designado en este acto. No siendo más el Tribunal concluye el acto a las 10:30 de la mañana y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,
ABOG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ.
LA PARTE DEMANDANTE,
MYRIAM YOLIMAR PAZ CABANZO
LA DEFENSORA PÚBLICA,
ABG. ELVA MERLE PANZA OSTOS
EL DEMANDADO
JOAQUIN ABDELKDER PORRAS VIVAS,
LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,
CARLOS ERNESTO FONSECA ROJAS
YOVANY ALEXANDER CARRIEDO PARADA
EL PERITO AVALUADOR,
LEÓN ALFONSO SILVA
EL DEPOSITARIO JUDICIAL,
CARLOS ARTURO SÁNCHEZ
LA SECRETARIA,
ABG. VIRGINIA ANDREINA SANCHEZ ZAMBRANO
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