En el día de hoy, Jueves diecinueve de Diciembre de dos mil trece, siendo las 10:00am, se trasladó y constituyó este JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL, TORBES, CÁRDENAS, GUÁSIMOS, FERNÁNDEZ FEO, LIBERTADOR Y ANDRÉS BELLO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, previa habilitación del tiempo necesario junto con los ciudadanos MARIE LUCIA ACUÑA BAEZ y MARCOS JESUS SERRADA SOLANO, titulares de la cedula de identidad NºV-13.792.123 y V-16.612.034, asistidos por el abogado WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 67.025, é indico a este Tribunal la siguiente dirección: Bloque 16, apto 00–04, Santa Teresa, San Cristóbal, Estado Táchira, a fin de dar cumplimiento a la comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, la cual consiste en la práctica de la medida de AMPARO CONSTITUCIONAL decretada en el JUICIO que por AMPARO CONSTITUCIONAL SIGUE MARIE LUCIA ACUÑA BAEZ y MARCOS JESUS SERRADA SOLANO CONTRA ANDRES ELOY CARRILLO VILLAMIZAR y JOHANNA JOSEFINA CARRILLO VILLAMIZAR, en el expediente N° 19116-2013 que cursa por ante el Juzgado de la causa. Acompañan al Tribunal los funcionarios policiales YONDRYS YONRFEYKER DIAZ NIÑO, placa 4409 y ALFREDO JESUS MARTINEZ VELASCO, placa 4081, adscritos a la Brigada de Orden Público (BOP) del Estado Táchira. Seguidamente, el Tribunal procede a dar cumplimiento a la comisión conferida por el Juzgado Comitente, para lo cual efectúa los toques de ley a la puerta del inmueble sin obtener respuesta de persona alguna. Seguidamente solicito el derecho de palabra el abogado asistente de la parte accionante, y concedido como le fue, expuso: “Informo a la ciudadana Jueza Ejecutora de Medidas que el inmueble se encuentra totalmente desocupado, por lo que solicito acuerde designar un practico cerrajero, a los fines de que se proceda en este acto a la apertura del mismo y se restituya en la posesión de dicho inmueble a mis asistidos, es todo”. El Tribunal visto lo solicitado por la parte actora acuerda designar como practico cerrajero al ciudadano FABIO LEON BOAVITA, titular de la C.I. N°V-24.775.974, quien estando presente manifestó aceptar el nombramiento y prestó el juramento de ley ante la Jueza, de inmediato procedió a la apertura del inmueble, hecho lo cual el tribunal se constituyo dentro del mismo, dejando expresa constancia que el presente inmueble se encuentra libre de personas, bienes y cosas, observándose en mal estado de conservación, habitabilidad e higiene. En este estado solicitó el derecho de palabra el abogado asistente de la parte accionante y concedido como le fue expuso: “Solicito a este Tribunal se designe un PERITO EXPERTO a los fines de dejar constancia de las condiciones en las cuales se encuentra el inmueble”. El tribunal visto lo expuesto acuerda designar como Perito al ciudadano: JAIME ANTONIO NARANJO, titular de la C.I. N° V-3.996.039, quien estando presente manifestó aceptar tal designación y presto el juramento de Ley ante la Jueza, de inmediato procede a rendir el informe respectivo en los términos siguientes: “El inmueble objeto de la presente medida se observa en las siguientes condiciones, no posee gabinetes de cocina, lavaplatos, puertas de gabinete y la cerámica de la cocina esta en parte partida; el lavadero se encuentra en el piso partido; el baño no posee poceta, lavamanos, puertas de la ducha, calentador; en las habitaciones no posee closets; en la sala falta la tapa brekera y la puerta principal se encuentra partida. Asimismo solicito a este Tribunal un lapso de 24 horas para consignar las fotos de los mismos. Es todo”. En este estado el Tribunal procede a restituir en la posesión del inmueble a la parte querellante y se hace entrega del mismo a los ciudadanos MARIE LUCIA ACUÑA BAEZ y MARCOS JESUS SERRADA SOLANO, ya identificados, quienes lo reciben conforme y en el estado en que se encuentra, quedando de esta manera restablecida la situación jurídica infringida denunciada por la parte actora en lo que respecta al inmueble. Asimismo se acuerda conferir al perito experto designado el lapso solicitado a los fines de que consigne las respectivas fotografías. No siendo más el Tribunal concluye el acto a la 12:30 p.m. y regresa a su sede. Terminó, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA TITULAR,


ABG. ROSA MIREYA CASTILLO QUIROZ

LOS DEMANDANTES O ACCIONANTES,

MARIE LUCIA ACUÑA BAEZ


MARCOS JESUS SERRADA SOLANO

EL ABOGADO ASISTENTE,


ABG. WILMER JESUS MALDONADO GAMBOA


LOS FUNCIONARIOS POLICIALES,

YONDRYS YONRFEYKER DIAZ NIÑO

ALFREDO JESUS MARTINEZ VELASCO

EL CERRAJERO

FABIO LEON BOAVITA

EL PERITO EXPERTO

JAIME ANTONIO NARANJO

LA SECRETARIA TEMPORAL,


ABG. VIRGINIA ANDREINA SANCHEZ ZAMBRANO