REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio
Circuito Judicial Penal del Estado Vargas

ASUNTO PRINCIPAL: WP01-P-2012-001910
ASUNTO: WP01-P-2012-001910
NÚMERO INTERNO: 1569-13

SENTENCIA DE MÉRITO

Celebrado como fue el juicio oral y público en la presente causa, pasa este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Vargas, a publicar la versión escrita del fallo definitivo emitido en la presente causa, dando cumplimiento a los requerimientos formales y materiales establecidos en los artículos 346 y 349, ambos del Código Orgánico Procesal Penal en los siguientes términos:

IDENTIFICACIÓN DEL ACUSADO

Se ha seguido la presente causa en contra del ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, titular de la cedula de identidad N 24.182.941, residenciado en: Calle Real de Mirabal, sector El Respiro, parte alta, Callejón La Torre, casa s/n, Catia La Mar, a dos cuadras de la Escuela Emilio Gimòn Sterling, estado Vargas, quien fue asistido por el ciudadano OLIVO VARGAS y la ciudadana LIBIS CUERVO, abogados en ejercicio inscritos en el IPSA bajo los números 68.299 y 169.592, respectivamente.




HECHO OBJETO DEL PROCESO

Siendo la oportunidad procesal a que contrae el artículo 327 del Código Orgánico Procesal Penal vigente para el momento del acto, la representación fiscal a cargo de la ciudadana JULIMIR VÁSQUEZ, Fiscal Tercera del Ministerio Público de esta Circunscripción Judicial ratificó la acusación previamente admitida en la fase intermedia, delimitando el thema decidendum y solicitando la condenatoria del encartado en los siguientes términos:

“…Esta representación fiscal en este debate se compromete a demostrar la responsabilidad penal del hoy acusado el ciudadano Edwin Valera Rodríguez, quien fuere debidamente acusado en el escrito acusatorio presentado en la oportunidad legal correspondiente ante el Tribunal Tercero en funciones de Control de este mismo Circuito Judicial Penal, acusación esta que fuera debidamente admitida en fecha 22 de Enero del presente año, y aquí el Ministerio Público va a enlazar la participación del ciudadano con los hechos ocurridos en día 14 de Abril del año 2012 cuando aproximadamente las 10:30 de la noche la victima que en vida respondía a nombre de Eduar Rafael Moreno regresaba de una reunión familiar en casa del abuelo de su esposa, cuando se detiene en compañía de unos familiares en el barrio Jesús Medinas en la parroquia Urimare de este estado, venía tripulando un vehículo Toyota de marca Camioneta Land Cruice de color blanco en compañía de su señora esposa de su madre, la tía de la esposa y una amiga de ambos, donde es sorprendido por el hoy acusado quien portando arma de fuego en compañía de un sujeto no identificado a bordo de un vehículo tipo moto y este sin mediar palabras acciona el arma de fuego impactando al ciudadano ocasionándole la muerte por una hemorragia interna secundaria por perforación cardiaca y pulmón, de igual forma en esta acción criminal logra lesionar a la ciudadana Nairobi González quien se encontraba en la parte trasera del referido vehículo, así el Ministerio Público por los medios de pruebas ofrecidos en el escrito acusatorio demostrara la participación del acusado en estos hechos que encuadran dentro de los delitos penales como Homicidio Calificado en perjuicio del ciudadano Eduar Rafael Moreno hoy occiso, previsto y sancionado el artículo 406 numeral 1° del Código Penal y Homicidio Intencional Frustrado previsto y sancionado en el artículo 405 en relación con el segundo aparte del artículo 80 ambos de Código Penal en perjuicio de la ciudadana Nairobi González, así una vez que escuchemos todos los medios probatorios que acudirán a este debate oral y público, y una vez que al final del debate se desvirtúe el principio de presunción de inocencia del acusado el Ministerio Público solicitara la sentencia condenatoria en contra del mismo. Es todo.…”.


Por su parte, la defensa abonó a favor de su defendido exponiendo que:

“Ante todo muy buenas tardes en virtud de actuar en este acto en nuestro carácter de defensores privados del ciudadano Edwin Valera Rodríguez ampliamente identificado en las actas procesales y dada la ratificación del escrito acusatorio presentado en su debida oportunidad procesal por la ciudadana representante del Ministerio Público negamos, rechazamos y contradecimos tantos los elementos de convicción traídos a este despacho por la ciudadana representante de la vindicta pública y en tal sentido ciudadano juez nos permitimos hacer la siguientes consideraciones con respectivo al mencionado acto conclusivo, la ciudadana fiscal presenta bien unos testigos los cuales presuntamente acompañaban al ciudadano hoy occiso y los cuales señalan allí ciertas características con respecto al ciudadano que presuntamente le causo la muerte, entre ellos cabello corto, cejas pobladas, ojos achinado, cara ovalada, pero ninguno recuerda algo tan obvio como la vestimenta que cargaba ese día el victimario, la cual nos pudiera presumir que pudiéramos estar en presencia de una identificación previa del presunto responsable, se señalan allí también evidentes contradicciones entre los testigos de que los presuntos victimarios venían en una moto otros señalan que venían caminando, no se investigo sobre lo declarado por los ciudadanos testigos que fueron señalados por la defensa al ministerio público los cuales señalan de que en el momento que se produce la lamentable muerte de estos ciudadanos dos personas emergen de la camioneta y comienzan a declarar de esto no se investigo nada, igualmente con respecto al sujeto que conductor de la moto solamente se menciona su nombre Jonathan tampoco se investigo nada con respecto a los declarado por la ciudadana Norka Aldana en la cual señala como autor del homicidio a un ciudadano apodado el pollo, todas están circunstancias debieron haber sido motivo de investigación y posteriormente evaluación por parte de la ciudadana representante del ministerio público al momento de presentar su acto conclusivo que en este caso fue una acusación por el delito de homicidio calificado y homicidio intencional en grado de frustración, con respecto a la calificación jurídica dada a los hechos por la vindicta pública sin que mis palabras en ningún modo lleve a afectar responsabilidad penal por parte de nuestro defendido, en relación con el delito de homicidio calificado no esta demostrado la alevosía la premeditación con respecto a ese hecho, y con respecto al homicidio intencional en grado de frustración consta suficientemente en las actas procesales que la ciudadana lesionada identificada como Nairobi Rodríguez la misma para el momento de suceder el hecho ocupaba el asiento trasero posterior al conductos, el informe medico forense dijo muy claro que la muerte se ocasiono por el paso de un proyectil el cual traspaso al ciudadano, la experticia medico legal signada con el número 97001382759 del día 6 de octubre del 2013 señala estado general bueno carácter leve, y en la decisión que tomo la corte de apelaciones de fecha 07/09/2012 lo mismo señala esta circunstancia que la misma fue herida por ese proyectil y cuya herida fue en la pierna, catalogando como lesiones personales genéricas de conformidad con lo establecido en el articulo 413 del Código Orgánico Procesal penal, en relación a los medios probatorios hacemos nuestros todos y cada uno de ellos siempre y cuando cada uno de ellos hayan sido traídos y aportados al proceso de conformidad con lo establecido en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y al ordenamiento jurídico legal y con respecto a los medios probatorios que fueron promovidos por la defensa en su oportunidad legal es decir la audiencia preliminar si bien es cierto en el auto de apertura a juicio no se mencionada da sobre ello pero al verificar la realización del acta de la audiencia se deja constancia de que el ciudadano juez que estuvo presente para esa época en el tercero de control el mismo dejo expresado que se admitían los medios probatorios tanto de la defensa como del Ministerio Público, y en tal sentido ciudadano juez nosotros en nuestro carácter de representantes del ciudadano acusado, así como la ciudadana representante del Ministerio Público se comprometió aquí en nuestra sala a demostrar la responsabilidad penal de nuestro defendido nosotros nos comprometemos también a demostrar la total inocencia del mismo en el hecho por el cual hoy es acusado con la plena seguridad de que al finalizar el presente proceso la decisión de este tribunal será la de absolverlo de toda responsabilidad penal, y en virtud de que ya la investigación termino y que el ciudadano tiene su residencia acá en el estado vargas y dado de que el mismo se compromete a cumplir todos los pasos para la realización del proceso es por lo que le solicitamos ciudadano juez le otorgue una medida cautelar a favor del mismo de conformidad con los principios de presunción de inocencia, afirmación y estado de libertad contemplado en los artículos 8, 9 y 229 del Código Orgánico Procesal Penal, es todo ciudadano juez”.

Finalmente, el ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, estando impuesto del contenido de la acusación interpuesta en su contra, de los hechos atribuidos y de las medidas alternativas a la prosecución del proceso se abstuvo de declarar bajo el amparo del artículo 49, numeral quinto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

HECHOS ACREDITADOS POR MEDIO DE LAS
PRUEBAS EVACUADAS EN EL DEBATE

Iniciada la fase de recepción de pruebas, fueron incorporados los siguientes elementos aportados por la vindicta pública:

Testimonio del funcionario FRANCISCO MOTA, médico forense adscrito al Departamento de Ciencias Forenses del estado Vargas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, ofrecido en condición de experto por el Ministerio Público, quien estando legalmente juramentado expuso: “reconozco como mía la firma de este protocolo el día 15 de Abril de 2012, se le realizo la autopsia a un cadáver de sexo masculino quien presentaba una herida por arma de fuego producida por el paso de proyectil único con orificio de entrada localizado en el tercio medio del hemitorax anterior izquierdo oval media cero ocho centímetros de diámetro con algo de contusión periférica y con orificio de salida en la región escapular derecha, la trayectoria intraorgánica de esta herida de adelante hacia atrás, de izquierda a derecha y de abajo hacia arriba, además de la exploración externa el cadáver mostraba excoriaciones en la región frontal derecha, malar derecha, preauricular derecha, submaxilar derecha, labio superior del lado derecho, dorso de la mano derecha, tercio inferior de la cara posterior del antebrazo derecho, ambas rodillas, dorso de la mano izquierda, tercio inferior de la cara posterior del antebrazo izquierdo, maleolar externa de la pierna derecha, adicionalmente una cicatriz quirúrgica antigua de laparotomía media supra infraumbilicar, al examen interno lo que se constato fue perforación del cuarto espacio intercostal izquierdo anterolateral, perforación del lóbulo superior del pulmón izquierdo, perforación cardiaca dada por perforación al ventrículo y aurícula derecha, perforación del bronquio principal derecho, perforación del lóbulo medio y superior del pulmón derecho, perforación del tercer espacio intercostal derecho posterior con fractura del borde superior del cuarto arco costal derecho posterior y hemotórax dos mil cc de sangre con coágul, además de hemopericardio, la causa de muerte una hemorragia interna secundaria a perforación cardiaca y pulmonar debido a una herida por arma de fuego por proyectil único al tórax”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “¿Indique el nombre del cadáver experticiado? RESPUESTA: según el protocolo de autopsia Eduardo Rafael Sabina PREGUNTA: ¿Cuáles son las heridas que usted apreció? RESPUESTA: tercio medio del tórax anterior izquierdo y región escapular derecha. PREGUNTA: ¿En cuanto a la herida del tórax corresponde a una herida de entrada o de salida? RESPUESTA: la del tórax anterior izquierdo un orificio de entrada y la de la región escapular un orificio de salida. PREGUNTA: ¿En la herida de entrada indicada que usted aprecio un halo de contusión describa? RESPUESTA: hablamos de la contusión, cuando el proyectil lesiona el sitio de entrada como tal de la piel, eso nos ayuda a nosotros saber que es un orificio de entrada cuando tiene ese halo de contusión y desde el punto de vista legal es importante porque nos permite precisar más o menos la distancia a la cual fue hecha el disparo, cuando está presente generalmente uno dice que fue hecho a más de sesenta centímetros desde la boca del cañón hasta el sitio de entrada en el cuerpo del cadáver PREGUNTA: ¿Usted habló de unas excoriaciones en varias partes del cuerpo del cadáver, cuando están presentes este tipo de lesiones? RESPUESTA: excoriaciones es cuando un tipo de lesión cuando el cuerpo tiene un golpe de manera casi paralela al cuerpo al suelo, en este caso las excoriaciones se producen predominantemente en el lado derecho región frontal derecha, malar derecha, preulicular derecha, pueden ser secundarias al momento en que cae el cuerpo ¿Usted podría explicar que es hemotórax y el hemopericardio? RESPUESTA: hemotórax es sangre libre en cavidad toráxica y hemopericardio es sangre en el saco que recubre al corazón se llama perical la membrana que recubre al corazón PREGUNTA: ¿Podría explicar cuales son lo órganos importantes que se lesionan en el tórax? RESPUESTA: corazón y pulmón PREGUNTA: ¿Es posible que una persona con estas lesiones pueda haber sobrevivido? RESPUESTA: son lesiones graves sobretodo la lesión cardiaca. PREGUNTA: ¿Según las conclusiones del peritaje cual es las causas de la muerte? RESPUESTA: hemorragia interna secundaria, perforación cardiaca y pulmonar debido a una herida por arma de fuego por proyectil único de tórax PREGUNTA: ¿Podría explicar como ocurre esa hemorragia interna? RESPUESTA: el proyectil al atravesar el corazón y los pulmones hace que ocurra un sangramiento interno y ese sangramiento interno es el que nosotros describimos como hemotórax y hemopericardio, la cantidad de sangre que se observo en el cadáver es lo suficientemente importante como para provocar un show hipovolemico y causar la muerte PREGUNTA: ¿Usted ratifica en todas y cada una de sus partes la expertita? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Reconoce como suya la firma? RESPUESTA: si”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Existe la certeza de que las excoriaciones secundarias se produzcan por la caída? RESPUESTA: en parte es la experiencia que uno va adquiriendo, en el caso de la lesión es una lesión grave que probablemente causa la perdida de la conciencia con la ciada del cuerpo y lesiones la palabra es tan judicial buscando la palabra, cuando el cuerpo cae sobre el piso o una parte sólida se producen estas lesiones que son de duración de la piel de la epidermis excoriación, en el caso que describo aquí pareciera que la caída fuera hacia el lado derecho porque la mayor parte de las lesiones excoriadas son del lado derecho, frontal derecha, malar derecha, preulicular derecha, submaxilar derecha, labio superior derecho, ambas rodillas región mayor de la pierna derecha, pareciera que la mayor parte de la lesiones son del lado derecho, la caída como tal y la lesión que se producen por el choque con el piso o con lo que allá chocado fue mas hacia el lado derecho PREGUNTA: ¿Es indispensable que la persona este viva para que ocurran estas lesiones? RESPUESTA: claro estas son lesiones premor, en el caso de la excoriación, quiero hacer la acotación de que no he hablado de hematomas y la hemorragia lo que es hemotórax y hermopericardio, al hacer la acotación de que tiene coágulos nos indica que el sangramiento ocurrió estando la persona viva PREGUNTA: ¿Probablemente la caída fue hacia al lado derecho? RESPUESTA: la mayor parte de las lesiones están en lado derecho”.

El tribunal realizó las siguientes preguntas: “PREGUNTA: ¿La trayectoria intraorganica puede sugerirnos posición del tirador? RESPUESTA: yo siempre pongo el ejemplo de cuando hablas trayectoria intraorganica es una posición que no es la real en lo que uno llama posición anatómica del cadáver, el cadáver colocado parado mirando al frente con las palmas de las manos hacia delante y las puntas de los pies hacia delante que seguro no era la posición que tenia el occiso al momento de recibir el impacto, mas que todo son trayectorias que nos ayudan a nosotros a decir que dirección tiene la herida mas no como tal la posición el ejemplo es si la persona hubiese estado en el piso de cubito dorsal y el tirador esta arriba en realidad yo puedo decir en mi posición que la trayectoria va de adelante hacia atrás, pero los testigos van decir que eso es mentira porque estaba arriba, lo que uno hace es concatenar las informaciones que dicen los testigos, los expertos en planimetría y balística, los que hacen investigación en el sitio del suceso, con lo que nosotros describimos en el protocolo de autopsia es un cadáver colocado en esa posición anatómica”.

La prueba testimonial anteriormente narrada, es apreciada por este juzgador en su contenido en lo que refiere a la causa de muerte de la víctima EDUARDO RAFAEL MORENO SABINO, siendo que su dicho fue controlado por las partes previa exhibición de las experticias que motivaron su ofrecimiento, incorporando como hecho cierto que apreció la existencia del exánime, cuyo deceso se produce a consecuencia de hemorragia interna secundaria, perforación cardiaca y pulmonar debido a una herida por arma de fuego por proyectil único de tórax, desprendiéndose como elementos resaltantes, una serie de excoriaciones presentadas en rodillas, manos y cara, a la cual se adminicula el contenido del protocolo de autopsia número 9700-138-1706, practicado en fecha 15 de abril de 2012 suscrito por el declarante siendo coincidente sus dichos con lo asentado en el dictamen correspondiente, incorporado por su lectura con las formalidades establecidas en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal.

Testimonio de la funcionaria JOHANNA ROMERO, médico forense adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del estado Vargas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, ofrecida en condición de experta por el Ministerio Público, quien estando legalmente juramentada expuso: “Una experticia que yo realice ratifico que es mi firma, a la ciudadana Rodríguez Noriega Nairobis Carolina el 13/11/2012, en donde yo aprecie una cicatriz antigua en cara anterior del muslo derecho de 1,5 centímetros de diámetro aproximadamente y el tiempo de curación ha debido ser de 7 días, no quedando rastros de obstrucción y carácter higiénico. Es todo”.

Interrogada como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted puede indicar al tribunal en que fecha Usted evalúa ha este paciente? RESPUESTA: 13/11/2012 PREGUNTA: ¿Cómo se llamaba la persona que usted evalúa? RESPUESTA: Rodríguez Noriega Nairobis Carolina PREGUNTA: ¿Usted pudiera indicar al tribunal el tipo de la herida? RESPUESTA: cicatriz antigua en cara anterior del muslo derecho de 1,5 centímetros de diámetro aproximadamente PREGUNTA: ¿Este tipo de herida o de lesión Usted puede apreciar a que se debía o que la pudo haber originado? RESPUESTA: no solamente la mediada nada mas que fue de diámetro PREGUNTA: ¿Cuál fue el carácter que Usted le vio? RESPUESTA: leve PREGUNTA: ¿A que se apegan Ustedes como medico forense para determinar la característica o para darle carácter? RESPUESTA: el carácter es netamente medico eso es lo que afecte la deducción vamos a decirlo así al paciente en su estado general eso es medico para la parte de justicia lo que se necesita o lo que sirve es el tiempo de curación, general mente jugamos con el tiempo de curación yo puedo decir que hay un tiempo de curación de 12 días y sigue siendo carácter leve y para ustedes con Código es mediano a la vez PREGUNTA: ¿Digamos que en la región anatómica comprometida que usted visualizo ese tipo de herida hay algún órgano importante, alguna arteria importante que afectaría de alguna manera? RESPUESTA: la arteria femoral que cruza a lo largo de toda la pierna además esta el fémur que es el hueso mas largo del cuerpo, dependiendo del calibre si es una bala por casualidad puede fracturarlo o puede llevarse la arteria femoral. PREGUNTA: ¿Usted ratifica en toda y cada una de sus partes la experticia? RESPUESTA: si”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿De acuerdo a esa experticia medico legal, ese tipo de lesión pudo haberle causado la muerte a la ciudadana Nairobis? RESPUESTA: si se llega a la femoral es posible PREGUNTA: ¿Disculpe doctora me refiero específicamente a lo que usted describe acá al tipo de lesión? RESPUESTA: le estoy describiendo el muslo y ya en el muslo hay dos cosas importantes fémur y arteria femoral, bien sea por golpe, herida, objeto punzante, herida por arma de fuego lo quesea si yo lesiono la arteria femoral me ocasiona una hemorragia, dependiendo como digo yo si es su día lamentablemente fallece si no es su día se salva PREGUNTA: ¿De acuerdo a su experiencia generalmente una hemorragia puede causar la muerte a una persona? RESPUESTA: si”.

El tribunal no realizó preguntas.

La prueba testimonial anteriormente narrada, es apreciada por este juzgador en su contenido en lo que refiere a las lesiones apreciadas en la víctima NAIROBIS RODRÍGUEZ, siendo que su dicho fue controlado por las partes incorporando como hecho cierto y no controvertido que la deponente como experto confirma la existencia de una cicatriz antigua en cara anterior del muslo derecho de 1,5 centímetros de diámetro aproximadamente y a la cual se adminicula el contenido de reconocimiento médico legal número 9700-138-2759 de fecha 6 de diciembre de 2012, suscrito por la declarante siendo coincidente sus dichos con lo asentado en el dictamen correspondiente, incorporado por su lectura con las formalidades establecidas en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal.

Testimonio del funcionario OSBER RIVAS, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ofrecido por el Ministerio Público quien estando legalmente juramentado expuso: “El día 15 de Abril del año 2002 se recibió llamada radiofónica del sistema de emergencia 171 que al Hospital Naval había ingresado un cuerpo sin vida presentando herida por paso de proyectil disparado por arma de fuego una vez obtenida dicha información me trasladé en compañía del inspector Eblis Febles y Regalado hacia el lugar, una vez en lugar inspeccionamos el cadáver de dicha persona presentando múltiples heridas por el paso de proyectil disparado por arma de fuego, entre las que recuerdo una herida circular en la región pectoral izquierda y una herida circular en la región escapular derecha, el occiso quedo identificado como Edward, su características física era de tez morena, contextura gruesa de 1,75 aproximadamente de estatura, en la morgue se colectó un segmento de gasa impregnado de sangre y se le realizó la respectiva necrodactilia para identificar su verdadera identidad, luego ese mismo día a las 7 horas de la mañana nos trasladamos al sitio del suceso barrio Ezequiel Zamora una vez en el lugar se inspecciono el sitio del suceso, se dejo el sitio del suceso abierto, correspondiente al sector antes indicado, temperatura calida lugar natural de buena intensidad ya que para el momento eran las 7 horas de la mañana, en el sitio del suceso se colectaron 2 cartuchos de bala percutida calibre 9 milímetros y un segmento de gasa impregnado de una sustancia que se encontraba en el sitio de presunta naturaleza hemática. Es todo”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Cuánto tiempo tienen laborando en el Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas? RESPUESTA: dos años y siete meses PREGUNTA: ¿En que área se desempeña Usted? RESPUESTA: área de investigaciones pero actúo como técnico por el déficit. PREGUNTA: ¿Para el momento cual era su labor? RESPUESTA: como técnico PREGUNTA: ¿Usted indica que hicieron dos traslados donde se efectuó el primer traslado y con quien? RESPUESTA: con el inspector Febles Eblis y con el agente Felix Regalado, hacia la morgue del Hospital Naval PREGUNTA: ¿Quién es el más antiguo de ahí? RESPUESTA: el inspector PREGUNTA: ¿Cuándo Ustedes se trasladan hasta la morgue cual es su finalidad en esa actuación? RESPUESTA: verificar la información suministrada por el sistema de emergencia, verificar la veracidad de la información del occiso que ingresó PREGUNTA: ¿Quién elabora el acta de investigación? RESPUESTA: la realiza el agente Félix Regalado PREGUNTA: ¿El fungía en esa actuación como que? RESPUESTA: como investigador PREGUNTA: ¿Cuál es la finalidad de la inspección técnica? RESPUESTA: describir lo que se percibió en el cadáver PREGUNTA: ¿Indique al tribunal como se llamaba el occiso? RESPUESTA: Edward Sabino PREGUNTA: ¿Cuáles fueron las lesiones apreciadas por ustedes? RESPUESTA: Una herida circular en la región pectoral izquierda y una herida de forma circular en la región escapular derecha y excoriaciones en la mano derecha PREGUNTA: ¿Con quien realiza usted la inspección? RESPUESTA: con el funcionario Félix Regalado y el inspector Febles Eblis PREGUNTA: ¿A parte de la inspección Usted acompaña un montaje fotográfico, indique al tribunal la finalidad del montaje y quién lo realiza? RESPUESTA: lo realiza mi persona para dejar constancia de las características y las heridas de ese occiso PREGUNTA: ¿Usted efectúa una inspección técnica en el sitio del suceso, indique al tribunal donde se realizo y con quien? RESPUESTA: la realizo con los mismos funcionarios con el agente Felix Regalado y el inspector Febles Eblis en el barrio Ezequiel Zamora sector Petit Medina parroquia Catia la Mar estado Vargas PREGUNTA: ¿Cuál es la finalidad de esta inspección técnica? RESPUESTA: dejar plasmado en dicha inspección lo que se observa en el sitio del suceso la evidencia PREGUNTA: ¿Cuál son las características de este tipo de suceso? RESPUESTA: piso de asfalto en su totalidad con acera de concreto rústico, iluminación natural de baja intensidad, en el suceso se deja constancia de que en las adyacencias hay un poste de tendido eléctrico con el numero 36 el cual es tomado como punto de referencia PREGUNTA: ¿Qué tipo de evidencia fueron ubicadas en el sitio del suceso y quien es el encargado de la colección? RESPUESTA: mi persona es el encargado de la fijación y recolección, se colectaron dos conchas de bala calibre 9 milímetro y un segmento de gasa impregnado de una sustancia color pardo rojiza PREGUNTA: ¿Usted ratifica el resultado de la actuación que tuvo de vista y manifiesto, reconoce como suya una de la firmas que ahí aparecen? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Usted ratifica en todas y cada una de sus partes la inspección técnica realizada en el sector Petit de Mediana del barrio Ezequiel Zamora? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Cuál es la finalidad del montaje fotográfico? RESPUESTA: dejar constancia de la evidencia que se colecta en el sitio”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted refiere en esta sala que el ciudadano occiso presentaba esa serie de lesiones, eso puede ser producido porque tipo de arma? RESPUESTA: las heridas que tiene en la región pectoral izquierda y en la región escapular derecha son producidas por armas de fuego PREGUNTA: ¿Y con respecto a las otras lesiones? RESPUESTA: excoriaciones al momento de caer al pavimento PREGUNTA: ¿Usted observo si el poste tenia servicio eléctrico? RESPUESTA: tenía su respectivo tendido eléctrico y su bombillo pero para el momento eran las 7 AM y estaban apagado, no hacia falta la iluminación artificial”.

El tribunal formuló las siguientes preguntas: “PREGUNTA: ¿Quién se encargo de la colección de estas evidencias en el sitio del suceso? RESPUESTA: mi persona”.

La prueba testimonial anteriormente narrada, es apreciada por este juzgador en todo su contenido, siendo que su dicho fue controlado por las partes incorporando como hecho que el deponente como experto, previa exhibición de las experticias que motivaron su ofrecimiento, confirma haber presenciado el cuerpo exánime de la víctima EDWARD MORENO SABINO, así como una serie de heridas presentadas por éste, dejando constancia de la descripción del sitio de suceso abierto, en la vía pública, constituyendo así prueba sobre la materialidad del hecho del debate y a la cual se adminicula el contenido de las inspecciones técnicas números 745 y 746 de fecha 15 de abril de 2012, suscritos por el declarante siendo coincidente sus dichos con lo asentado en el dictamen correspondiente, incorporado por su lectura con las formalidades establecidas en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal.

Testimonio del funcionario JUAN CARLOS CORREA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ofrecido por el Ministerio Público quien estando legalmente juramentado expuso: “Si en esa fecha hice esa experticia y ese vehículo se encontraba en estado original ese es mi trabajo”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Cuáles la finalidad de esa experticia? RESPUESTA: la finalidad de esa experticia es verificar la existencia y la legalidad del vehículo PREGUNTA: ¿Usted ratifica el contenido y firma de la misma? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Cuando usted le solicita al Ministerio Público realizar esa experticia para esa oportunidad usted tuvo notificación y porque razones la iba realizar? RESPUESTA: en realidad a nosotros nos llevan los vehículos cuando los recupera cualquier organismo policial y automáticamente el jefe del despacho manda hacer la expertita, puede ser también por el Ministerio Público por oficio o por el jefe del despacho PREGUNTA: ¿Puede indicarle al tribunal las características del vehículo? RESPUESTA: es una camioneta toyota, modelo lamcruisse, año 2001, color blanco, placa NAL92R, tipo sporban, de uso particular, serial de carrocería O8XA11UJ8019016823, de un valor aproximado de doscientos mil bolívares fuertes PREGUNTA: ¿Al momento de la experticia noto al vehículo con algún desperfecto o algún impacto? RESPUESTA: no porque el trabajo mió no se basa en eso físicamente, eso seria una inspección ocular del vehículo PREGUNTA: ¿Pero para el momento no logro observar algún desperfecto? RESPUESTA: no”.

La defensa y el tribunal no formularon preguntas.

La prueba testimonial anteriormente narrada, es apreciada por este juzgador en todo su contenido, siendo que su dicho fue controlado por las partes incorporando como hecho que el deponente como experto, previa exhibición de las experticias que motivaron su ofrecimiento, confirma la existencia del vehículo donde las víctimas se encontraban al momento de ser agredidas, constituyendo así prueba sobre la materialidad del hecho del debate y a la cual se adminicula el contenido de la experticia y avalúo suscrita por el declarante siendo coincidente sus dichos con lo asentado en el dictamen correspondiente, incorporado por su lectura con las formalidades establecidas en el artículo 341 del Código Orgánico Procesal Penal.

Testimonio del funcionario JESÚS ABSUETA, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ofrecido por el Ministerio Público quien estando legalmente juramentado expuso: “mi participación específica en la causa que se sigue ante este tribunal fue la aprehensión del ciudadano Edwin Valera el cual se encontraba solicitado por el delito de homicidio. Es todo”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “¿Usted me puede explicar ciudadano en cuanto a la fecha cuando se produjo la aprehensión? RESPUESTA: en el mes de Agosto PREGUNTA: ¿En que sitio se produjo la aprehensión? RESPUESTA: los funcionarios que tenían conocimiento del caso realizaron llamada telefónica a la Policía Nacional ya que se manejaba la información que el ciudadano pertenecía ó estaba haciendo curso en las filas de la Policía Nacional por lo que se realizo llamada ha desviaciones policiales quienes trasladaron al ciudadano hasta la se de nuestro despacho y se le presento orden de aprehensión posterior se le hizo llamado a su persona indicándole que el mismo iba a ser puesto a la orden del tribunal que lo requería PREGUNTA: ¿Usted realizo algún acto impropio en cuanto a la investigación de la causa? RESPUESTA: Desconozco no realice ninguna actuación previa a la investigación solamente con la orden de aprehensión en la mano y un funcionario que fue que indico el teléfono para realizar la misma, se realizo la llamada se coordino con los funcionarios de desviaciones policiales quienes efectivamente indicaron que el ciudadano requerido por el tribunal si formaba parte de las filas de la Policía Nacional lo entregaron en nuestro despacho para ser efectiva la orden. PREGUNTA: ¿Ellos trajeron al acusado? RESPUESTA: hasta la sede de nuestro despacho PREGUNTA: ¿Usted lo que hizo en el despacho fue realizar el acta del presunto delincuente? RESPUESTA: Positivo. PREGUNTA: ¿Recuerda Usted la fecha de cuando ocurrió esto? RESPUESTA: sí. PREGUNTA: ¿Quién realizo esa actuación solamente Usted? RESPUESTA: en si el acta la hice yo por que recibí el procedimiento de los funcionarios”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Específicamente cuando Usted habla que participo en la aprehensión del ciudadano Edwin Valera, esta aprehensión Usted tuvo que trasladarse a Caracas o el ciudadano fue trasladado acá a la sede de la Comisaría? RESPUESTA: fue trasladado a la sede de la Comisaría se indico a los funcionarios de la Policía que indicaran si efectivamente si cumplía estaba haciendo parte de la Policía Nacional y lo trasladaron hasta la Comisaría PREGUNTA: ¿Quien fue trasladado de Caracas hacia acá hacia el estado Vargas, que cuerpo policial? RESPUESTA: desconozco PREGUNTA: ¿Cuándo el llego acá a la sede de la Subdelegación Usted fue unos de los funcionarios que lo recibió o otra comisión? RESPUESTA: fui designado a realizar el acta policial ya que sobre esa persona recaía una aprehensión”.

El tribunal no formuló preguntas.

El contenido de la anterior declaración, rendida por el funcionario JESÚS ABSUETA, adscrito a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, da cuenta de su participación en la aprehensión del acusado EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, sin referirse a ninguno de los aspectos atinentes a la corporeidad del delito, no arrojando tampoco elementos que inculpen o exculpen al acusados, de suerte tal que es desestimada por este despacho al no aportar valor probatorio alguno.

Testimonio del funcionario LEONARDO DELGADO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ofrecido por el Ministerio Público quien estando legalmente juramentado expuso: “No recuerdo nada ha pasado mucho tiempo”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Indica la actuación realiza por usted en el caso que hoy nos ocupa? RESPUESTA: me encontraba con dos compañeros realizando la búsqueda del vehículo donde se encontraba la víctima, ubicamos el vehículo y nos trasladamos al despacho a hacer las experticias correspondientes se verifico a nombre de quien estaba el vehículo y esa es la única actuación referente al acta PREGUNTA: ¿Indique al tribunal donde ubicaron ese vehículo? RESPUESTA: adyacente a una cuestión de gas allá en Zamora PREGUNTA: ¿Al llegar al sitio que observan el vehículo quien les indico que ese vehículo estaba involucrado en un hecho? RESPUESTA: ya estaba mencionado anteriormente por eso se estaba buscando el vehículo, ya habían mencionado las características del vehículo donde se encontraba la víctima PREGUNTA: ¿Qué tiempo se tardaron en ubicar el vehículo? RESPUESTA: hicimos varios recorridos como una hora PREGUNTA: ¿Cómo usted se entera del lugar del hecho? RESPUESTA: por los funcionarios de guardia una vez cometido un homicidio o se a persona o se recibe llamada del 171, se apersona un funcionario de la policía del estado llamando al 171 informando sobre el hecho que acaba de ocurrir, bien sea homicidio que es lo que nos ocupa en este caso y los funcionarios de guardia se apersonan al lugar con la finalidad de cubrir el hecho y si es necesario piden apoyo a los otros funcionarios que se encuentran en la oficina, como fue en este caso para ubicar el vehículo PREGUNTA: ¿Indique al tribunal el lugar donde sucedieron los hechos o donde usted encontró el vehículo? RESPUESTA: realmente como le estaba diciendo no estaba de guardia ese día donde sucede el hecho desconozco, yo solamente participe en la búsqueda del vehículo PREGUNTA: ¿Dónde lo ubicaron? RESPUESTA: adyacente a una estación de gas por Zamora PREGUNTA: ¿Qué incautaron en el vehículo indique al tribunal? RESPUESTA: no se verifica en el lugar porque no se puede manipular el vehículo, porque hay que hacerle una serie de experticias simplemente llamamos a una grúa y que se manipulara lo menos posible y que se trasladara hasta la sede del despacho con la finalidad de practicarle todas las experticias correspondientes PREGUNTA: ¿Recuerda si logro notar alguna irregularidad en el vehículo? RESPUESTA: no recuerdo con exactitud PREGUNTA: ¿Reconoce el contenido y firma de esa acta policial? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Puede indicar las características del vehículo? RESPUESTA: si era una camioneta toyota, burbuja, color blanco PREGUNTA: ¿En la oportunidad se trasladaron a otro sitio? RESPUESTA: no mi actuación específica fue ir ubicar el vehículo y trasladarlo hasta la oficina PREGUNTA: ¿Tomaron alguna entrevista o conversaron con algún familiar? RESPUESTA: no eso es por grupo de guardia el grupo que se encuentra de guardia es el que se aboca a tomar entrevistas, cubrir el sitio, hacer la inspección fotográfica del lugar, a tomar las evidencias, a nosotros solamente nos llamaron para prestar apoyo en este caso ubicar el vehículo y trasladarlo hasta el despacho para que hicieran las experticias correspondientes PREGUNTA: ¿No realizaste otra actuación en ese momento? RESPUESTA: no, mi única actuación fue ubicar al vehículo y traerlo al despacho para que le realizaran las experticias PREGUNTA: ¿Puede indicar los funcionarios con los que se encontraba para el momento? RESPUESTA: Héctor Aparicio y Felix Regalado”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Indique con exactitud donde fue ubicada la camioneta? RESPUESTA: no le puede decir con exactitud porque no soy de este estado, soy del estado Miranda”.

El tribunal formuló las siguientes preguntas: “PREGUNTA: ¿Cómo fue el proceso de ubicar el vehículo? RESPUESTA: lo que nos informaron los funcionarios de guardia para el momento era que se había cometido un hecho donde había una persona quien falleció, la misma se encontraba en un vehículo marca Toyota, color blanco, burbuja e hicimos un recorrido por el sector buscando un vehículo con esas características y fue ubicado un vehículo aparcado adyacente a una cuestión de gas por el sector Zamora, el cual a ser verificado efectivamente, me imagino que ya ellos habían tomado notas algún familiar de cual era el vehículo y la placa y se ubico una grúa y se traslado porque no se podía manipular PREGUNTA: ¿A parte de lo que usted llama una cuestión de gas en Zamora recuerda otro punto de referencia? RESPUESTA: no ese es el único que recuerdo porque era el más visible PREGUNTA: ¿Recuerda haber tenido otro tipo de participación en este procedimiento? RESPUESTA: no al momento solo hice eso porque no estaba de guardia como explique eso le corresponde al grupo de guardia hacer toda las pesquisas pertinentes en caso de que necesiten hacer otra cosa por que están abocados en especifico a la evidencia a los testigos, piden apoyo a los otros funcionarios del eje, en ese momento brigada de homicidio a que los ayuden a cualquier situación que se presente al momento”.

La prueba testimonial anteriormente narrada, no arroja ningún valor probatorio para este decisor, pues se refiere a un vehículo marca Toyota que el funcionario manifiesta haber ido a buscar al sector de Zamora, sin suministrar datos específicos del vehículo o del lugar donde éste fue hallado, en consecuencia se desestima.

Testimonio del funcionario HÉCTOR APARICIO, adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas, ofrecido por el Ministerio Público quien estando legalmente juramentado expuso: “Esta es un acta que suscribe mi compañero Felix Regalado agente el cual esta a cargo de una investigación y solicito el apoyo a mi persona y a otro funcionario el cual esta plasmado en el acta a fin de ubicar un vehículo, con la información que el poseía nos trasladamos al referido lugar en cual ubicamos dicho vehículo allí se le hizo un llamado a un ciudadano que posee una grúa que presta servicio en nuestra oficina de manera civil y se traslado la camioneta a la oficina para que le hicieran la inspección y la experticia de vehículo”.

Interrogado como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Indique al tribunal cuanto tiempo tiene laborando en el Cuerpo de Investigaciones? RESPUESTA: doce años PREGUNTA: ¿Cuál es su labor en ese cuerpo? RESPUESTA: actualmente trabajo en el eje de homicidios Vargas, he estado trabajando también en el área técnica, en la Subdelegación el Llanito PREGUNTA: ¿Para el momento de los hechos? RESPUESTA: estaba adscrito a la brigada de homicidios de la Subdelegación la Guaira PREGUNTA: ¿Usted en esta brigada funge como investigador? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Puede indicar al tribunal en que fecha se realizo esta actuación? RESPUESTA: el domingo 15 de Abril de 2012 PREGUNTA: ¿Con quien realizo usted esta actuación? RESPUESTA: con el funcionario Felix Regalado y el Agente Leonardo Delgado PREGUNTA: ¿Usted dice que ubicaron un vehículo podría dar las características y porque lo estaban tratado de localizar? RESPUESTA: en este caso yo no soy el instructor del expediente pero supongo que si las actuaciones fueron realizadas de parte de nosotros era porque el vehículo era propiedad de una víctima de un homicidio o en el vehículo se cometió un delito de homicidio que es mi supuesto motivado a la actuación que yo hice y las características no las recuerdo están plasmada en el acta es una camioneta toyota, de color blanco, modelo burbuja, placas MAL92R PREGUNTA: ¿Quién suscribe esa acta de investigación? RESPUESTA: el agente Felix Regalado PREGUNTA: ¿Indique al tribunal si participo en dicha actuación? RESPUESTA: si participe”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Podría indicar donde ubicaron la camioneta? RESPUESTA: en el sector Petit Medina Barrio Ezequiel Zamora, frete al depósito de gas vía pública Catia la Mar estado Vargas PREGUNTA: ¿Cuando localiza la camioneta estaba en buenas condiciones? RESPUESTA: de manera visual si se logro observar un buen estado de uso no obstante dicha camioneta se traslado a la oficina a los fines de que las personas idóneas realizaran una experticia al vehículo y una inspección técnica que supongo debe estar inserta en el expediente”.

El tribunal no formuló preguntas.

La prueba testimonial anteriormente narrada a juicio de este decisor no arroja ningún elemento acreditante útil para la comprobación del hecho o para comprometer o descartar la responsabilidad penal del acusado, pues aun cuando manifiesta el hallazgo de un vehículo de manera vaga y genérica y el sector donde fue ubicado, no existe relación de esta actuación con ninguno de los extremos antes indicados, razón por la cual se desestima.

Testimonio de la ciudadana RUSBELIS MAYIRA BELLO ESCOBAR, titular de la cédula de identidad N° V-17.562.477, ofrecido por el Ministerio Público en su condición de víctima indirecta, quien estando legalmente juramentada expuso: “el día que pasó lo de mi esposo, estábamos en una fiesta con mis hijas y mi familia porque era una fiesta familiar y en el momento de irnos nos paramos en la casa de abajo y se acerco un motorizado disparando en ese momento nosotros nos bajamos del carro mi esposo forcejea con el muchacho que se para de la moto y nos bajamos de la camioneta y se escucharon los disparos, mi esposo se cae al vacío, después el desespero y la cosa, estaban mis hijas conmigo en la camioneta, mi mamá y unos sobrinos”.

Interrogada como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Indique al tribunal en que fecha ocurrieron los hechos? RESPUESTA: el 14 de Abril del 2012 PREGUNTA: ¿Dónde se encontraba usted y con quién antes de llegar al lugar de los hechos? RESPUESTA: con mi familia, con mi esposo, mis hijas y arriba se quedo mi hermana en su casa porque era una reunión familiar que estábamos celebrando el cumpleaños de mi abuelo PREGUNTA: ¿A que hora se retiran de la reunión familiar? RESPUESTA: como a las diez y media de la noche PREGUNTA: ¿Cómo se retiran? RESPUESTA: mi esposo tenía una camioneta PREGUNTA: ¿Indique las características de esa camioneta? RESPUESTA: una autana blanca PREGUNTA: ¿Cómo se llamaba su esposo? RESPUESTA: Eduardo Rafael Sabino Moreno PREGUNTA: ¿Quiénes se vienen en esa camioneta? RESPUESTA: mi mamá, una amiga mía que le dimos la cola de arriba hacía abajo, mis hijos y mis sobrinos PREGUNTA: ¿Indique los nombres? RESPUESTA: Mayira que es mi mamá, Gilbelis Sabino, Gelbelis Sabino, Yorgelis Sabino, Andervi que es hijo de la muchacha que estaba con nosotros ella se llama Nairobis, estaban Edin, Gleidys, una familia sobrina de mi hermana que no recuerdo el nombre porque no es familia de nosotros es familia de su esposo y mi otro sobrino, puros niñitos varios sobrinos míos PREGUNTA: ¿Cuántos adultos iban y como iban sentados en la camioneta? RESPUESTA: en la parte de adelante iba mi esposo, mi mamá y yo y llevaba a mi hija pequeña en los brazos, y en la parte de atrás venia Nairobis, venia mi sobrino que tiene 14 años y otros mas grandecitos sentados para atrás y venía Nairobis en la parte de atrás y en la parte de atrás de la camioneta también venían niños PREGUNTA: ¿Quién más presenció estos hechos? RESPUESTA: una tía mía que estaba en la fiesta PREGUNTA: ¿Ella venía con ustedes en la camioneta? RESPUESTA: no ella estaba en la parte de abajo ya porque había bajado antes, en la parte de debajo de la vía ella iba bajado con otro persona caminando PREGUNTA: ¿Dónde específicamente ustedes se detienen y porque? RESPUESTA: en el Martín Vega vive mi hermano, en la parte de abajo esta mi casa que ya no vivo ahí la tengo alquilado nosotros nos paramos ahí porque al lado esta la casa de mi mamá, no paramos ahí ante de subir para mi casa porque que ya mi tía se iban y las personas que iban agarran carro e íbamos a terminar de tomarnos la botella ahí parados como casi siempre lo hacíamos, afuera PREGUNTA: ¿Cómo resulta lesionado su esposo? RESPUESTA: el muchacho que venía en la moto se paro y sin mediar palabras disparo PREGUNTA: ¿Dónde estaba su esposo cuando eso ocurre? RESPUESTA: dentro de la camioneta PREGUNTA: ¿Usted llegó a ver a esa persona? RESPUESTA: si yo venía en la parte de delante de la camioneta PREGUNTA: ¿Quién es esa persona? RESPUESTA: Edwin Valera PREGUNTA: ¿Al momento que hora era? RESPUESTA: no eran todavía las once porque cuando llegamos al hospital eran las diez y cuarenta y cinco, no eran las once todavía, nosotros bajamos como a las diez y media de donde mi hermano e iban hacer como las diez y cuarenta y cinco exactamente PREGUNTA: ¿Al momento en que disparan dónde estaba usted y que fue lo que observo en ese momento? RESPUESTA: se para la camioneta, mi esposo traía el vidrio abajo, en ese momento llega el motorizado, estaba sentando mi esposo, mi mamá y yo aquí del lado de la puerta en ese momento se para el motorizado y sin mediar palabras dispara, mi esposo metió la mano el disparo fue por aquí y motorizado arranco y el muchacho que disparo el motorizado lo dejo y el muchacho bajo corriendo PREGUNTA: ¿Quién fue ese que disparo? RESPUESTA: Edwin Valera PREGUNTA: ¿Esta aquí en la sala? RESPUESTA: no lo puedo ver porque el muchacho que esta ahí tapado no lo veo, lo que están dentro del público no esta PREGUNTA: ¿Usted conocía a esta persona anteriormente? RESPUESTA: de vista, nosotros vivíamos cerca porque por ahí en Petit Medina lo había victo de vista pero no lo conocía de trato ni nada PREGUNTA: ¿Usted sabe a que se dedicaba esa persona? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Su esposo llego a tener algún problema con el señor Edwin Valera o con otra persona? RESPUESTA: que yo sepa no PREGUNTA: ¿Al momento de disparo se produjo algún tipo de discusión entre su esposo y el ciudadano Edwin Valera? RESPUESTA: mi esposo metió la mano el disparo, el motorizado se va, el motorizado dejo al muchacho que disparo y el muchacho bajo corriendo PREGUNTA: ¿Usted llegó a ver al motorizado que conducía? RESPUESTA: no lo vi, porque el de atrás es el que se baja y se acerca a la camioneta PREGUNTA: ¿En que posición se detiene el vehículo tipo moto? RESPUESTA: ahí cerquita de la camioneta, aquí esta la camioneta el motorizado se paro aquí, el muchacho se bajo de la parte de atrás hacia acá y efectuó el disparo de una vez sin mediar palabras, mi esposo metió la mano porque estábamos todos montados en la camioneta y ya el muchacho de la moto automáticamente se va y dejo al muchacho que estaba disparando y salio corriendo PREGUNTA: ¿Qué hace usted en ese momento que se efectúa el disparo y el acusado sale corriendo? RESPUESTA: mi esposo abrió la camioneta y cayo ya en ese momento no vi porque estaba haciendo nada yo me fui encima de mi esposo con la misma, mis hijas estaban gritando todo el mundo ahí porque alrededor habían personas de ahí del barrio y yo con otro muchacho que me ayudo que estaba ahí tomando agarramos a mi esposo y lo montamos en la camioneta PREGUNTA: ¿A dónde trasladan a su esposo? RESPUESTA: al CANES PREGUNTA: ¿Cuando lo trasladan tenía signos vitales? RESPUESTA: no ya estaba muerto PREGUNTA: ¿Aparte de su esposo otra persona resulto herida? RESPUESTA: si una muchacha que ni siquiera nos dimos cuenta que esta herida y al rato cuando estábamos en el CANES esperando fue que nos dijeron que la habían trasladado al periférico PREGUNTA: ¿Posterior a estos hechos usted sabe a que se dedicaba el señor Edwin Valera? RESPUESTA: no, después se corrían los rumores de que estaba haciendo un curso de policía pero yo en realidad no sabía PREGUNTA: ¿Cómo era la conducta del ciudadano Edwin Valera en ese sector? RESPUESTA: no el vive por la aparte de abajo y por el otro lado, por donde yo vivo no pero son sectores cerca que tu caminado llegas PREGUNTA: ¿Usted llegó a ver el arma de fuego? RESPUESTA: no, se escucho un disparo vi el forcejo pero no se que arma de fuego utilizaron PREGUNTA: ¿En que momento usted visualiza a esa persona? RESPUESTA: en el momento en que llega la camioneta porque yo también estaba montada ahí PREGUNTA: ¿Cuántos disparos escucho usted? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿Posterior a esto no escucharon mas disparos? RESPUESTA: si después por la parte de abajo por la entrada de Martín Vega hacia donde nosotros estábamos un estrecho corto de ahí se escucharon como dos disparos mas PREGUNTA: ¿Usted pudiera ilustrar al tribunal donde ocurrieron los hechos cual era la ubicación de su tía? RESPUESTA: ahí PREGUNTA: ¿En el mismo sitio? RESPUESTA: si porque las casas están pegadas y la camioneta estaba casi pegada de la acera y ahí fue donde nos sentamos todos, ahí en la acera, y las personas que juegan carta porque ahí se la pasan jugando carta y todos se sienta ahí en la acera y la camioneta queda pegada de ahí PREGUNTA: ¿El sitio donde estaba su tía se podía ver al sitio donde ustedes estaban? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Después de lo ocurrido llego a conversar con su tía o con alguna otra persona que esta ahí presente que le hayan podido indicar cual era la moto? RESPUESTA: después de eso si comentamos”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Diga que se celebraba en esa reunión familiar? RESPUESTA: estábamos celebrando el cumpleaños de mi abuelo PREGUNTA: ¿Usted recuerda el nombre de su abuelo? RESPUESTA: Obvio, José Fortunato Escobar PREGUNTA: ¿Recuerda la dirección donde se celebraba esta reunión? RESPUESTA: claro en el apartamento de mi hermana que queda en Martín Vega PREGUNTA: ¿Diga la hora a la cual ustedes llegaron a esa reunión? RESPUESTA: nosotros prácticamente estuvimos todo el día ahí porque nosotros organizamos prácticamente la fiesta, yo estaba abajo en mi casa que me estaban colocando la electricidad y mi familia estaba arriba porque era una fiesta familiar PREGUNTA: ¿Estuvieron todo el día ahí? RESPUESTA: yo no, yo estaba en la parte de debajo de mi casa pero mi familia estuvo arriba porque mi hermana vive allá PREGUNTA: ¿Me refiero a cuando subieron en la camioneta? RESPUESTA: yo subí como a las cuatro cinco de la tarde PREGUNTA: ¿En compañía de quien llego usted a esa reunión? RESPUESTA: en compañía de mi esposo que me bajo a buscar porque yo estaba en la casa de abajo que me estaban haciendo un trabajo PREGUNTA: ¿En el transcurso de esa reunión se suscito algún altercado? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿A que hora se retiraron de la reunión? RESPUESTA: como a las diez y media de la noche PREGUNTA: ¿Cuando se retira de la reunión que personas venían en compañía suya? RESPUESTA: mis hijas, mis sobrinos, una muchacha que le dimos la cola el hijo, mi mamá, yo y mí esposo PREGUNTA: ¿Puede ser más específica con el nombre de las personas que la acompañaban ese día? RESPUESTA: Eduardo Sabino que venía manejando, mi persona, Mayira Escobar, Gilbeli Sabino, Yorgelis, Cleiveli, Kevin, Gleidys, Nairobi, Anderlin, venían muchos niños PREGUNTA: ¿En el trayecto de Martín Vega hacia el sitio donde se detienen ustedes tuvieron alguna discusión con alguna persona extraña? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Desde el momento en que se detiene la camioneta hasta el momento en que su esposo es lesionado recuerda cuanto tiempo transcurrió? RESPUESTA: nosotros paramos la camioneta inmediatamente llego el motorizado ni siquiera nos dio chance de bajarnos de la camioneta PREGUNTA: ¿Cuando detienen la camioneta en ese momento llega el motorizado? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Cuántas personas iban en la moto? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿En el sitio había suficiente alumbrado? RESPUESTA: no eso estaba oscuro, en ese momento el poste no tenía mucha luz, había luz pero poca PREGUNTA: ¿Cuál fue su reacción al ver que su esposo estaba lesionado? RESPUESTA: bajarme de la camioneta agarrarlo y lo monte en nuestra misma camioneta y lo llevamos al CANES PREGUNTA: ¿Usted logro observar las características de la moto? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Las características de las personas que tripulaban la moto? RESPUESTA: del que iba manejando no te puedo dar las características exactas pero del que se bajo a disparar si PREGUNTA: ¿Recuerda la vestimenta que portaban estas personas? RESPUESTA: el que se bajo tenía una guarda camisa blanca PREGUNTA: ¿Recuerda que tipo de vestimenta usaba el ciudadano Eduardo Sabino? RESPUESTA: Obvio, tenía un pescador y una camisa y andaba en cholas PREGUNTA: ¿Ese pescador que usted menciona estaba por encima o por debajo de la rodilla? RESPUESTA: por abajo PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento donde fue hallada la camioneta que tripulaba ese día su esposo? RESPUESTA: en la camioneta lo lleve al CANES en la misma camioneta del PREGUNTA: ¿Y luego que lo lleva al CANES donde llevan esa camioneta? RESPUESTA: la camioneta en ese momento que la llevamos al CANES estaba el portón cerrado y la camioneta choca con el portón y después la guardamos en el estacionamiento de mi suegra para que la PTJ, la fuera a buscar PREGUNTA: ¿Usted conoce a un ciudadano de nombre Jhonatan? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Este ciudadano que usted menciona acá como Edwin lo conoce desde hace tiempo? RESPUESTA: desde hace tiempo no lo conozco de vista ni siquiera de trato ni nada, de vista porque vivimos en el mismo barrio, tampoco en el mismo barrio Petit Median y la Ceiba son barrios diferentes pero la gente se consigue en el camino, en fiestas, en la bodega puede ver uno personas que nunca ha tratado pero las ha visto PREGUNTA: ¿Si usted lo conoce solo de vista como sabe su nombre y apellido? RESPUESTA: Obvio, si tu vives en un barrio siempre se comenta de nombres de persona de cualquier cosa PREGUNTA: ¿Usted menciona que una persona resulto lesionada usted recuerda específicamente donde? RESPUESTA: en la pierna PREGUNTA: ¿Qué pierna? RESPUESTA: no me acuerdo y en el momento de los hechos ni siquiera sabía que estaba herida, nosotros fuimos al CANE y después al rato es que no informan que a Nairobis la habían llevado al periférico porque tenía un tiro en la pierna, creo que fue en la pierna izquierda”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Cuantos disparos escucho en el momento en que llegan los motorizados? RESPUESTA: uno nada más PREGUNTA: ¿Transitaban muchos vehículos a esa hora? RESPUESTA: no a esa hora por ahí lo que circulan son los taxis PREGUNTA: ¿Esa persona que usted describe con nombre el día de hoy desconocía ese nombre o lo conocía el día de los hechos? RESPUESTA: anteriormente lo desconocía PREGUNTA: ¿Cómo se entera usted del nombre de la persona que esta aquí en esta sala? RESPUESTA: ya anteriormente en el barrio se escuchaban los nombres PREGUNTA: ¿Recuerda usted si hubo un intercambio de palabras entre la persona que le dispara a su esposo y su esposo en ese momento? RESPUESTA: intercambios de palabra no, forcejeo nada mas PREGUNTA: ¿En cuanto a los adultos puede usted señalar cuantos eran y como estaban ubicados en la camioneta en el momento en que le disparan a su esposo? RESPUESTA: en la parte de adelante venia mi mamá, mi esposo y yo, y en la aparte de atrás venia Nairobis y mi sobrino que tiene catorce años y los demás niños PREGUNTA: ¿No habían más adultos? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Habían vehículos a los lados? RESPUESTA: no”.

La prueba testimonial anteriormente narrada, es apreciada por este despacho como un elemento atinente a la materialidad de los delitos aquí perseguidos, puesto que la declarante percibió por sus sentidos el momento en que una persona, que desplazándose en moto acompañado de otra se paró al lado del vehículo en el que también era abordado por las víctimas, y sin mediar palabra se produjo un forcejeo y posteriormente es herido mortalmente el ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO, resultando también herida la ciudadana NAIROBIS RODRÍGUEZ con el mismo disparo, cayendo el primero al piso al tratar de bajarse del vehículo, para luego trasladarse el agente del hecho corriendo del lugar pues el chofer de la moto procedió a retirarse, identificando claramente al acusado de autos, a quien conocía de vista anteriormente, a pesar de que como manifiesta en su declaración, fue “tapado” con una especie de maletín o cartera dispuesta por los abogados defensores, hecho que este decisor también percibió por sus sentidos y que originó un llamado de atención en su oportunidad dentro de las facultades disciplinarias para mantener el litigio ético y de buena fe, de tal suerte pues que, la víctima indirecta y testigo presencial de los hechos aquí analizados, constituye un elemento incriminatorio de la responsabilidad del acusado EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ en el hecho.

Testimonio de la ciudadana NAIROBIS CAROLINA RODRÍGUEZ NORIEGA, titular de la cédula de identidad N° V-17.021.551, ofrecido por el Ministerio Público, quien estando legalmente juramentada e impuesta de las generales de Ley manifestó: “Yo fui víctima estábamos en una fiesta arriba en Martín Vega cuando el decidió bajarnos para mi casa llegó un motorizado con dos chamos y le dio el tiro a Eduardo ese tiro que le dio a él me conectó a mí en la pierna”.

Interrogada como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Recuerda la fecha en que ocurrieron estos hechos? RESPUESTA: el 14 de Abril del año 2012 PREGUNTA: ¿En donde ocurrieron? RESPUESTA: después de Martín Vega casi llegando a mi casa porque el iba bajando y yo iba a bajarme con el niño PREGUNTA: ¿Ustedes estaban estacionados? RESPUESTA: el se estacionó para yo bajarme con el niño PREGUNTA: ¿Quiénes venían? RESPUESTA: venía Eduardo, su esposa, la señora Mayira, una tía de Rusbelis, mi persona y los niños que estaban atrás PREGUNTA: ¿Cuáles eran las características del vehículo? RESPUESTA: una camioneta blanca PREGUNTA: ¿Cómo iban sentados? RESPUESTA: Eduardo iba manejando, su esposa que venia al lado con Mayira, atrás venia yo con la tía de Rusbelis y mi niño los demás venían atrás los otros niñitos PREGUNTA: ¿Esos motorizados como llegaron al sitio? RESPUESTA: se estaciono la camioneta para yo bajarme y llega el motorizado eran dos recuerdo decirte quien fue no se porque era muy oscuro y no vi quien era, cuando le dieron el tiro a Eduardo que se le abre la camioneta para saber si estaba vivo el cae en el suelo yo lo que hice fue agarrar el niño normal de los nervio agarre fue el niño y me fui para donde mi suegra y no sabia que estaba un poquito herido PREGUNTA: ¿A dónde resulto usted herida? RESPUESTA: aquí eso fue el roce de la misma bala que le dieron a el fue que me rozo a mí, eso fue un rosetón PREGUNTA: ¿Usted pudiera indicarnos las características de estos dos motorizados? RESPUESTA: no le se decir porque como era de noche no puede decir que fue este el otro, estaba el niño y lo que hice fue proteger mi hijo y agarre para allá normal y ni cuenta me había dado de que estaba un poquito herida PREGUNTA: ¿Usted vive en el sector? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Usted llegó apreciar quienes eran los sujetos? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Después que esto paso usted llegó en el carro con la señora Rusbely, la señora Mayira? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Después de esto hasta hora usted no ha conversado con ellas? RESPUESTA: si converso, por mensaje normal pero no PREGUNTA: ¿Alguna vez le señalaron a una persona determinada como autor de estos hechos? RESPUESTA: si pero si me dice que fue fulano equis no se, porque como yo no vi como voy a PREGUNTA: ¿Pero quienes le dicen esto? RESPUESTA: no ellos no me dicen nada PREGUNTA: ¿No le han dicho el nombre desde ese día? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Usted sabe si alguna persona esta detenida por estos hechos? RESPUESTA: si se que una persona esta detenida pero no se PREGUNTA: ¿Cuantos disparos se produjeron? RESPUESTA: fue uno solo que le dio Eduardo que pego a mí el rosetón PREGUNTA: ¿Sabe en que parte del cuerpo resulto herido el señor Eduardo? RESPUESTA: creo que fue en el pecho PREGUNTA: ¿Esta herida se la producen a el en la parte interna o en la parte externa del vehículo? RESPUESTA: no se el estaciona para yo bajarme y el motorizado llega y lanza el tiro PREGUNTA: ¿Usted reconoce en que lado del cuerpo? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿En que momento usted se percata que el señor estaba herido? RESPUESTA: salimos normal a auxiliarlo, la señora la esposa lo auxilia agarra a Eduardo y ve pero yo fui a ver al niño mío me agarre así allá PREGUNTA: ¿En que momento usted se percata? RESPUESTA: en el momento cuando le dieron el tiro PREGUNTA: ¿Usted escucho? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Qué hace usted al momento cuando escucha el tiro cual su versión? RESPUESTA: me asuste toda agarre al niño y salimos todos de la camioneta PREGUNTA: ¿Usted llego a ver al señor herido en el suelo? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Se acerco ahí? RESPUESTA: no me acerque PREGUNTA: ¿Después que hizo usted? RESPUESTA: a mí me llevaron para el Hospitalito a curarme la herida PREGUNTA: ¿Qué le hicieron en el hospital? RESPUESTA: me hicieron una cura limpiarme todo eso y me pusieron una cosa ahí PREGUNTA: ¿Qué se hicieron los motorizados después que se produce el disparo, hacia donde se dirigieron? RESPUESTA: hacia abajo PREGUNTA: ¿Cómo se fueron? RESPUESTA: en la moto, en verdad no se yo agarre fue a mi hijo y no estaba pendiente de eso”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Recuerda que se celebraba en esa reunión? RESPUESTA: fuimos allá arriba a Martín vega a tomarnos unas cervezas PREGUNTA: ¿Había una reunión en particular? RESPUESTA: estábamos ahí celebrando nosotros mismos PREGUNTA: ¿Usted recuerda esa dirección de esa reunión familiar? RESPUESTA: arriba en el Martín Vega PREGUNTA: ¿Recuerda la hora en que llegaron al sitio que usted menciona? RESPUESTA: eso fue temprano como a las cuatro cinco por ahí PREGUNTA: ¿Recuerda en compañía de quién llegaron a ese sitio? RESPUESTA: Eduardo, su Esposa, la suegra, iba una tía de Rusbeli, mi persona y los niños PREGUNTA. ¿Mientras estuvieron en el sitio se suscitó algún tipo de altercado ó discusión? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Recuerda a que hora se retiraron de ese sitio? RESPUESTA: iban hacer como las diez que decidimos bajar PREGUNTA: ¿En ese trayecto hasta el momento en que se estaciona la camioneta tuvieron algún altercado con alguna persona en particular? RESPUESTA: no, yo no recuerdo PREGUNTA: ¿Recuerda que tiempo transcurrió desde que se detiene la camioneta hasta que el ciudadano resulta lesionado? RESPUESTA: eso fue muy rápido al estacionarse la camioneta llega el motorizado y eso fue rápido PREGUNTA: ¿Usted menciona un motorizado con dos chamos? RESPUESTA: no eran dos chamos PREGUNTA: ¿En el sitio del suceso había suficiente alumbrado? RESPUESTA: eso estaba un poquito oscuro en esa vía no hay claridad PREGUNTA: ¿Cuál fue su reacción al ver al ciudadano hoy occiso, en el momento de escuchar el disparo? RESPUESTA: yo escuche el disparo como le dije anterior y lo que hice fue agarrar a mi hijo después fue que me asome y se llevaron demasiado rápido a Eduardo PREGUNTA: ¿Usted recuerda cuando lesionan estos motorizados y ellos venían o ya estaban estacionado ahí? RESPUESTA: no se eso fue muy rápido PREGUNTA: ¿Observo el tipo de arma con el cual lesionaron al señor Sabino? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Recuerda la ubicación de las personas dentro de la camioneta? RESPUESTA: Eduardo iba manejando, su esposa y la señora Mayira, y atrás venía yo la tía de Rusbeli, mi hijo y otros niñitos que venían atrás los hijos de Eduardo las hijas, yo venia detrás de Eduardo PREGUNTA: ¿Usted recuerda el tipo de vestimenta que tenía el señor Eduardo Sabino? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento donde fue llevada la camioneta donde ocurrieron los hechos? RESPUESTA: ellos me llevaron para el hospitalito me quede toda la noche ahí, no se en realidad de la camioneta PREGUNTA: ¿Usted conoce un ciudadano de nombre Jhonatan? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Recuerda la vestimenta de los ciudadanos que tripulaban la moto? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Recuerda la forma en que usted resulto lesionada? RESPUESTA: ni sabia que me habían lesionado PREGUNTA: ¿Usted conoce a una ciudadana de nombre Odalis Escobar? RESPUESTA: la tía de Rusbeli PREGUNTA: ¿Esa tía que usted menciona iba También en la Camioneta? RESPUESTA: si”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Quién iba manejando la camioneta? RESPUESTA: Eduardo PREGUNTA: ¿Quién iba al lado de Eduardo? RESPUESTA: la señora Rusbeli PREGUNTA: ¿Y al lado de Rusbeli? RESPUESTA: la señora Mayira PREGUNTA: ¿Detrás de Eduardo quien iba? RESPUESTA: mi persona Nairobi, la tía de Rusbeli y mi hijo y los otros niñitos que venían atrás PREGUNTA: ¿Usted habla de dos muchachos, de dos motorizados, cuantas personas eran? RESPUESTA: la moto con dos chamos y una moto PREGUNTA: ¿Cómo se percata usted de que es una moto? RESPUESTA: porque el para la camioneta para yo bajarme y se para la moto PREGUNTA: ¿Dónde se para la moto en relación a la camioneta? RESPUESTA: al bajar la broma del vidrio el esta ahí PREGUNTA: ¿Le dispara desde afuera de la camioneta? RESPUESTA: no se si fue así yo escuche el tiro PREGUNTA: ¿Al escuchar el tiro que fue lo que inmediatamente hizo? RESPUESTA: agarrar a mi hijo y salimos de la camioneta PREGUNTA: ¿Por qué puesta salio? RESPUESTA: por la puerta de atrás PREGUNTA: ¿Cuántas puertas tiene la camioneta? RESPUESTA: cuatro PREGUNTA: ¿Cuántas puertas habían atrás? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿Por cual de la dos salio? RESPUESTA: por la puerta de atrás, por donde venia yo PREGUNTA: ¿Esa era la puerta que estaba del lado del piloto? RESPUESTA: Salí por la mano derecha PREGUNTA: ¿Llego a ver algún tipo de característica típica de vestimenta de los motorizados? RESPUESTA: no”.

La declaración rendida por la ciudadana NAIROBIS RODRÍGUEZ, víctima en el hecho, aporta al proceso las circunstancias de modo, tiempo y lugar en que ocurrió el hecho donde resultó muerto el ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO, y donde ella también resultó herida, como consecuencia de un disparo producido por un arma de fuego accionada por una de las personas que tripulaba una moto en compañía de otra, coincidiendo con lo afirmado por la víctima indirecta, ciudadana RUSBELIS BELLO ESCOBAR, sin embargo la misma no pudo apreciar quienes fueron los autores del hecho, apreciándose nerviosa y con signos de evidente temor, razón por la cual es así estimada por este decisor.

Testimonio de la ciudadana MAYIRA ESCOBAR ALFONZO, titular de la cédula de identidad N° V-6.496.927, ofrecido por el Ministerio Público, quien estando legalmente juramentada e impuesta de las generales de Ley manifestó: “Eso fue el 14 de Abril eran como las diez y pico once de la noche, veníamos de celebrarle el cumpleaños a mi papá de Martín Vegas, llegamos abajo a la casa y llegando estacionándose en el rancho mío él busco de subir el vidrio y mas adelante como a tres casas estaban unos motorizados, en lo que el va a subir el vidrio llega un muchacho y mete la pistola cuando el muchacho mete la pistola el yerno mío comienza a forcejear con el muchacho y le da el tiro, sale el yerno mío y abre la puerta y sale dio como tres paso y cayo y después se escucharon como tres tiros mas, lo que vimos en ese momentito era un muchacho moreno en guarda camisa”.

Interrogada como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted pudiera indicar en que fecha ocurrieron los hechos? RESPUESTA: fue el 14 de Abril del año pasado 2012 PREGUNTA: ¿De donde venían ustedes? RESPUESTA: de Martín Vegas PREGUNTA: ¿Usted puede indicar el lugar donde se estacionaron donde queda? RESPUESTA: si abajo frente a Pettit Medina frente a Ferrigas PREGUNTA: ¿Con quién andaba usted? RESPUESTA: cuando veníamos en la camioneta mi yerno, yo venia al lado de el, venia la hija mía, venia mí otra hija, le habían dado la cola a NAI y los niños PREGUNTA: ¿Cómo se llaman sus hijas? RESPUESTA: Rusbelis Mayira Bello Escobar PREGUNTA: ¿Usted se llama? RESPUESTA: Mayira Escobar Alfonso PREGUNTA: ¿Venia su hija Rusbelis y quién más? RESPUESTA: Nairobis y los niños PREGUNTA: ¿Cómo se llamaba su yerno? RESPUESTA: Eduardo Rafael Sabino Moreno PREGUNTA: ¿En que momento se percata de que estaba siendo atacado con un arma de fuego? RESPUESTA: eso fue estacionándose llego el muchacho mete la mano por el vidrio porque no había terminado de subir el vidrio mete la pistola y después disparo dentro de la camioneta PREGUNTA: ¿En que llegó ese muchacho? RESPUESTA: cuando nosotros llegamos estaba una moto como a tres casas de la casa PREGUNTA: ¿Estaba la moto detenida o llegó simultánea con ustedes? RESPUESTA: no estaba la moto cuando nosotros llegamos, nosotros estacionamos llego el muchacho en la moto se bajo de la moto y metió la mano y empezó a forcejear con mi yerno PREGUNTA: ¿Cuántas personas estaban en la moto? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿Quién se baja de la moto? RESPUESTA: el parrillero uno moreno PREGUNTA: ¿Usted conocía anteriormente a esas personas que estaban en la moto? RESPUESTA: de vista PREGUNTA: ¿Sabe usted o conoce o ha escuchado como se llamaban estas personas? RESPUESTA: el que le disparo a mi yerno es Edwin PREGUNTA: ¿Usted observo el momento en que el señor Edwin se baja de la moto y dispara? RESPUESTA: si eso fue rapidito eso fue llegando PREGUNTA: ¿En el momento que ocurre el primer forcejeo que hace usted? RESPUESTA: nosotros nos quedamos toditos encerado en la camioneta empezaron a forcejear se va el disparo Raquel abre la puerta sale y cae, en lo que el cae yo vengo y le digo abre, abre, abre la hija mía y la muchacha de atrás no nos damos de cuenta que la muchacha de atrás le dan el tiro PREGUNTA: ¿En el momento en que su yerno cae a el le volvieron a disparar? RESPUESTA: no el cayo, el muchacho corrió hacia abajo y se escucharon como tres detonaciones más, a el le dieron un solo tiro PREGUNTA: ¿Después que su yerno cae que hace el señor Edwin? RESPUESTA: el corrió hacia abajo y después en la entrada de Martín Vegas se escucharon como tres detonaciones mas PREGUNTA: ¿Pero en otro sitio? RESPUESTA: no bajando ahí mismo no PREGUNTA: ¿Y esta persona se retira corriendo? RESPUESTA: corrió hacia abajo, porque el motorizado no lo espero se fue y el corrió PREGUNTA: ¿En que momento se va el motorizado? RESPUESTA: en lo que suena la primera detonación el motorizado lo deja sale el yerno mío para acá y el arranca a correr y después mas abajo sonaron como tres detonaciones PREGUNTA: ¿Después que hacen ustedes cuando el sujeto se retira? RESPUESTA: recogimos a mi yerno y un vecino lo llevo al periférico PREGUNTA: ¿Tiene usted conocimiento si su yerno y el señor que usted menciona como Edwin tenían problemas? RESPUESTA: no que yo sepa PREGUNTA: ¿Cuántas armas de fuego llego a observar? RESPUESTA: una sola PREGUNTA: ¿A quien? RESPUESTA: a Edwin PREGUNTA: ¿Usted llego a observar la herida de la señora? RESPUESTA: una en la pierna nada más, debe haber sido la misma bala porque la herida de mi yerno fue cruzada y a ella le dio en la pierna PREGUNTA: ¿Este sujeto que usted menciona que conoce de vista donde reside en el mismo sector? RESPUESTA: Abajo en la ceiba en la parte de atrás PREGUNTA: ¿Después de eso usted llego a verlo posteriormente? RESPUESTA: no hasta que lo agarraron preso y nos enteramos fue por el periódico PREGUNTA: ¿Ese señor que usted menciona como Edwin se encuentra en esta sala? RESPUESTA: allá no esta, ¿me paro? allá, es él”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Diga usted que se celebraba en esa reunión familiar? RESPUESTA: el cumpleaños de mi papá PREGUNTA: ¿Cómo se llama su papá? RESPUESTA: Fortunato PREGUNTA: ¿Indique la dirección donde se celebraba en cumpleaños de su papá? RESPUESTA: Martín Vegas no se la torre, en el piso 4 PREGUNTA: ¿A que hora llegaron ustedes al sitio donde vive su papá? RESPUESTA: como a las cinco y media de la tarde PREGUNTA: ¿Diga en compañía de que personas llegó usted a esa reunión? RESPUESTA: con mi yerno, mi hija y mis nietos PREGUNTA: ¿Puede informar el nombre de su hija? RESPUESTA: Rusbelis Bello PREGUNTA: ¿Usted recuerda si durante la reunión hubo algún altercado? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿A que hora se retiraron ustedes de la reunión? RESPUESTA: diez y pico once no eran las doce de la noche todavía, era todavía día 14 PREGUNTA: ¿Desde el trayecto del camino en que ustedes salieron, hasta el sitio donde se estaciono la camioneta tuvieron algún altercado con personas extrañas? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Usted recuerda que tiempo transcurrió en el momento en que se detiene la camioneta hasta el momento en que su yerno es herido? RESPUESTA: eso fue llegando eso fue rapidito PREGUNTA: ¿En el sitio había suficiente luz? RESPUESTA: si estaba un poco oscuro pero tampoco se veía todo, no estaba todo oscuro PREGUNTA: ¿Cuál fue su reacción al ver su yerno herido? RESPUESTA: el abre la camioneta sale yo le pego un grito a la hija mía que es la que va en la puerta que abriera la puerta para podernos salir PREGUNTA: ¿Qué ubicación tenia usted dentro de la camioneta? RESPUESTA: yo iba al lado del yerno mío PREGUNTA: ¿Usted logro observa el tipo de arma con el cual hirieron a su yerno? RESPUESTA: una pistola PREGUNTA: ¿Recuerda las características de esa moto? RESPUESTA: no puedo todo fue rapidísimo, eso fue llegando entrando y ya, no se pudo ver ni color, ni características ni nada PREGUNTA: ¿Recuerda que tiempo duro el forcejeo? RESPUESTA: eso fue llegando metiendo la mano eso fue rapidito ahí no, eso fue rápido eso no se tardo nada PREGUNTA: ¿Una vez que sucede el hecho le sustrajeron unos bienes? RESPUESTA: no ahí no hubo robo no hubo nada PREGUNTA: ¿Recuerda que tipo de vestimenta usaba el hoy occiso? RESPUESTA: tenía un mono azul marino con rayas azules claras, la camisa azul y andaba en short y gorra PREGUNTA: ¿Recuerda a que altura del cuerpo le llegaba el short? RESPUESTA: si lo usa por aquí esos adidas, cuando el se cayó el short rompió PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento después de los hechos donde fue hallada la camioneta? RESPUESTA: el lo llevaron en su camioneta al CANES PREGUNTA: ¿Luego que lo llevan al CANES no tiene conocimiento donde fue aparar esa camioneta? RESPUESTA: no porque yo me quede en la casa con la niña PREGUNTA: ¿Conoce a un ciudadano de nombre Jhonatan? RESPUESTA: Jhonatan es el que andaba con él, es de Martín Vega uno de colita PREGUNTA: ¿Desde cuando conoce usted a ese ciudadano? RESPUESTA: no lo conozco, solo de vista no tengo trato con el, lo conozco porque viven en Martín Vega y tiene familiares en Martín Vega, el vivía en Martín Vega PREGUNTA: ¿Recuerda que tipo de vestimenta usaba las personas que tripulaban la moto? RESPUESTA: Edwin tenía una guarda camisa blanca PREGUNTA: ¿De que tiempo conoce a usted a este ciudadano que llama Edwin? RESPUESTA: su abuela tiene años de años viviendo en la ceiba, sus familiares tienen años de años viviendo en la ceiba estaba yo niña PREGUNTA: ¿Usted vive en la seiba? RESPUESTA: yo vivo en la parte de atrás Pettit Medina, se ve para la ceiba se comunica con la ceiba PREGUNTA: ¿Qué distancia hay entre Pettit Medina y la ceiba? RESPUESTA: por el puente de abajo se pasa a la ceiba de donde yo vivo para la parte de atrás es la ceiba del río para allá es la ceiba, se ve por donde yo vivo y se mete por la parte de los dos puentes, cruza el puente de vía eterna y el puente de Zamora se comunican con la ceiba PREGUNTA: ¿Usted recuerda la forma en que fue lesionada la ciudadana Nairobys? RESPUESTA: seria con el mismo tiro del yerno mío porque el de ella fue en la pierna pero nadie se dio cuenta al momento después que trasladan al yerno mío es que ella se da cuenta que tiene la sangre, ella la trasladaron de ahí al periférico PREGUNTA: ¿En el momento del forcejeo cuantos disparos escucho? RESPUESTA: un disparo PREGUNTA: ¿Las mismas personas que estuvieron en esa fiesta regresaron todas al sitio donde ocurrió el suceso? RESPUESTA: mi sobrina se quedo con mi papá ellos viven ahí, y los demás ya se habían ido adelante mío”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Cuántos adultos iban en el vehículo? RESPUESTA: Cuatro PREGUNTA: ¿Quién iba manejando? RESPUESTA: el yerno mío. PREGUNTA: ¿En que sector residía el? RESPUESTA: en valle de la cruz PREGUNTA: ¿Quién iba de copiloto? RESPUESTA: yo PREGUNTA: ¿La esposa donde vive? RESPUESTA: al lado mío PREGUNTA: ¿Atrás quien iba? RESPUESTA: iba Nairobis, los niños, los hijos de ellos y todos los nietos PREGUNTA: ¿Quién iba detrás de su hija? RESPUESTA: Nai va en la parte de atrás y después los niños PREGUNTA: ¿La persona que usted menciona como NAI iba pegada de la puerta? RESPUESTA: iba detrás de la hija mía PREGUNTA: ¿Cuando usted observa que meten la mano por el vidrio hubo algún tipo de intercambio de palabras? RESPUESTA: gritamos porque habían niños, lo que hicimos fue gritar PREGUNTA: ¿Puede repetirnos cuantos disparos escucho? RESPUESTA: dentro de la camioneta uno PREGUNTA: ¿Y fuera de la camioneta? RESPUESTA: sonaron como tres mas abajo PREGUNTA: ¿Esta persona que mete la mano entre el forcejeo como estaba, estaba caminando? RESPUESTA: ellos estaban en la moto llegaron en la moto y eso fue rapidito PREGUNTA: ¿Se bajo de la moto? RESPUESTA: si nosotros estacionamos estaba la moto, llegaron en la moto y eso fue rapidito ahí, bajándose y metiendo la mano PREGUNTA: ¿Se bajo de la moto la persona? RESPUESTA: no se si se bajo de la moto llegó a la camioneta rápido PREGUNTA: ¿Después como se retiran estas personas? RESPUESTA: en lo que el yerno mío abre que el le dio el tiro el se fue corriendo PREGUNTA: ¿En ese momento estaba solo o acompañado? RESPUESTA: ya lo habían dejado”.

La ciudadana MAYIRA ESCOBAR, testigo presencial de los hechos describe de manera coincidente con las anteriores deponentes las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho en tanto manifiesta que estando en el interior del vehículo conducido por la víctima mortal, se acercaron intempestivamente dos personas a bordo de una moto, y de inmediato uno de los ciudadanos introdujo su mano armada por la ventana del piloto, originándose un forcejeo hasta que el ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO y la ciudadana NAIROBIS RODRÍGUEZ resultaron heridos, logrando salir el primero del vehículo para quedar postrado en el pavimento, procediendo a huir el tirador corriendo porque la persona que manejaba la moto se retiró del lugar del suceso, todo lo cual permite establecer que todas las declaraciones son contestes en cuanto a los particulares apreciados por cada individuo, identificando finalmente al acusado a quien señala por su nombre además de reconocerle, lo cual compromete su participación en el hecho.

Testimonio de la ciudadana ODALIS RAFAELA ESCOBAR ALFONZO, titular de la cédula de identidad N° V-7.050.026, ofrecido por el Ministerio Público, quien estando legalmente juramentada e impuesta de las generales de Ley manifestó: “Eso fue el día del cumpleaños de mi papá que por cierto yo fui la que llevo la torta, después que picaron la torta yo baje primero, eso fue en el Martín Vegas, yo baje primero con una niña de doce años y me siento en una parte a esperar el taxi porque yo no vivo ahí y estaba donde vende perros calientes yo estaba sentada allí, baje de allá arriba como a las diez y media me senté un rato a esperar el taxi me puse hablar con la ahijada mía y faltaban creo que 5 para las once yo veo que viene una camioneta blanca bajando y yo me paro y digo ahí vienen los muchachos y me paro y en lo que me paro yo veo cuando alguien viene y se acerca a la camioneta se baja de una moto se acerca a la camioneta mete la mano y da unos tiros ahí o sea no tengo la culpa de haber estado cerca, la luz no estaba muy clara tampoco, todo el mundo empezó a gritar porque esa camioneta estaba llena de niños y una muchacha que cuando se bajo vi que tenia un tiro en la pierna, se que era una moto se que el muchacho que le dio el tiro si medio lo vi en verdad yo no lo conozco, si medio lo vi, el muchacho era así de nariz ancha, entonces llegue y cuando la moto dio la vuelta que se fue el muchacho que iba corriendo que fue el que le dio el tiro llevaba una franela blanca, yo pendiente de la niña que tenia empecé a dar gritos y luego empezaron a dar gritos dentro de la camioneta, dentro de la camioneta venia mi hermana, venían 5 niños pequeños entre hembras y varones, la muchacha que le dieron el tiro, venia la esposa de Eduardo y supuestamente él era el que venia manejado”.

Interrogada como fue por la ciudadana fiscal manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted recuerda el día en que esos hechos ocurrieron? RESPUESTA: mi papá cumplió año si el día 11 eso cayó un día de semana y lo hicimos el día sábado PREGUNTA: ¿De donde venia Usted y a que hora llego al sitio donde usted dice? RESPUESTA: yo baje a la diez y media y me quede un ratito hablando ahí los hechos fueron como a cinco para las once, más o menos a diez para las doce, cinco o diez para las once PREGUNTA: ¿Usted dice que ocurrió como a cinco a diez para las once, en donde estaba sentada usted exactamente cuando ve la camioneta blanca venir? RESPUESTA: estaba cerca como de ahí a la puerta, ahí estaba un carro donde venden perros calientes y uno se sienta hablar ahí, y yo me senté en ese momento hablar con la ahijada mía porque había gente ahí mientras esperaba el taxi PREGUNTA: ¿Cómo se llama el sector donde ocurrieron estos hechos? RESPUESTA: calle principal Ezequiel Zamora, eso le dicen sector Petit PREGUNTA: ¿Algún punto de referencia? RESPUESTA: eso es donde tenemos la entrada del Hospital un poquito más arriba de la entrada del Hospital PREGUNTA: ¿Esa camioneta blanca que usted refiere, podría indicar al tribunal las características de la camioneta y quienes venían ahí? RESPUESTA: de marca de verdad no se, venia el manejando, venia la esposa al lado, venia la muchacha que le dieron el tiro con un niñito, venían las tres hijas de el, venia una hermana mía con su hijo también pequeño y dos sobrinitas más PREGUNTA: ¿Indique el nombre de las personas que venían en la camioneta? RESPUESTA: el que manejaba era Eduardo, la esposa de el se llama Rusbelys, mi hermana se llama Mayira mas la amiga de ella y estaban puros menores PREGUNTA: ¿La joven que venia con ellos Usted sabe como se llama RESPUESTA: Nairobis y ella tiene un muchachito como de dos añitos PREGUNTA: ¿En que momento usted se percata que venían estas personas? RESPUESTA: venia la camioneta y yo me puse para esta esquina, me paro y digo hay ahí vienen estos, y yo no me vine en la camioneta porque no cabía en lo que yo me paro que voy hacia la camioneta ahí es donde, el tiro, la moto, el muchacho, el tiroteo PREGUNTA: ¿Usted vio cuando esa moto llego? RESPUESTA: yo vi cuando la moto si dio la vuelta, porque la camioneta estaba acá y yo de este lado, o sea yo estaba en la esquina el tiro se lo dan a el por el lado del chofer PREGUNTA: ¿Y la moto donde estaba? RESPUESTA: de ese lado del chofer venia el muchacho, pero el muchacho se bajo de la moto PREGUNTA: ¿Cuál se baja? RESPUESTA: dos, el que le da el tiro se baja de la moto y corrió no se si se monto en la moto otra vez PREGUNTA: ¿Usted llego a ver a esa persona armada? RESPUESTA: no yo te voy a ser sincera cuando yo oigo los tiros estaba parada detrás de la camioneta cuando veo al muchacho que corre, se supone que le metió la mano fue por la camioneta y yo dije este tenia el vidrio abajo para que le den ese tiro así, o sea de verdad lo vi de refilón yo no lo conozco yo no vivo con el, las que lo conocen son ellas que si saben quien es y lo conocen y todo porque la verdad yo no vivo ahí PREGUNTA: ¿Usted sabe como se llama esa persona que le dio el tiro? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Las muchachas le han dicho? RESPUESTA: no, ellos lo que gritaban era mira un muchacho que esta haciendo el curso de policía PREGUNTA: ¿Hoy por hoy no sabe como se llama? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿En el momento que se producen los disparos, la moto como estaba ubicada? RESPUESTA: yo la vi cerca, o sea para mi que estaban cazando que viniera la camioneta yo creo que fue así porque parándose ahí fue todo, para mi lo que yo creo digo yo que fue así PREGUNTA: ¿Usted indica que al momento en que la camioneta se detiene inician los disparos? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Cuántos disparos escucho usted? RESPUESTA: escuche varios PREGUNTA: ¿Qué hace usted al momento en que escucha los disparos? RESPUESTA: tuve que estar pendiente porque tenía la niña al lado y yo me quede paralizada y dije corre niña corre y yo me quede ahí ya cuando al muchacho lo recogieron PREGUNTA: ¿En ese momento que se producen los disparos alguna de las personas que estaban en el interior de la camioneta se habían bajado? RESPUESTA: no yo creo que no les dio chanceé, se baja es una muchacha que tenía un tiro en una pierna PREGUNTA: ¿De donde se baja ella? RESPUESTA: yo creo que ella estaba en el puesto de adelante PREGUNTA: ¿Usted llegó a ver a la muchacha lesionada? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Dónde estaba lesionada? RESPUESTA: en la pierna ella tenia un blue jeans ella no se había dado de cuenta que tenia el tiro todavía, ella venia con mi pierna mi pierna y yo me quede ahí hasta que se lo llevaron, después fue que me fui PREGUNTA: ¿Usted recuerda de lo ocurrido las características de la persona? RESPUESTA: yo se que era un muchacho joven y su corte bajito PREGUNTA: ¿En que momento usted lo logra visualizar? RESPUESTA: yo me di cuenta cuando ya se viene parando la camioneta, me supongo que es una moto donde el viene montado que daba vuelta y ya el muchacho estaba eso fue rapidísimo, los que estaban al lado de el si lo vieron bien, los que Eduardo tenia al lado si lo vieron perfecto PREGUNTA: ¿Usted recuerda las característica de la moto? RESPUESTA: de marca de moto yo no se nada, de lo que medio me acuerdo era una moto azul PREGUNTA: ¿Usted llegó a ver las heridas del señor Eduardo? RESPUESTA: no pero le pregunte a mi hermana y me dijo que fue en el pecho”.

A preguntas formuladas por la defensa, manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted cuando subió a esa reunión subió en esa camioneta? RESPUESTA: no yo me fui en un jeep PREGUNTA: ¿Usted recuerda a que hora llego a esa reunión? RESPUESTA: yo llegue temprano porque eso era temprano, yo llegue como a las siete o iban a ser las siete cuando estaba esperando el jeep PREGUNTA: ¿Cuando usted llego a esa reunión los tripulantes de la camioneta blanca ya estaban allí? RESPUESTA: si ya estaban PREGUNTA: ¿A que hora aproximadamente bajo usted de esa reunión? RESPUESTA: yo baje de ahí como a las diez y media y me quede comprando unos cigarros PREGUNTA: ¿Cuando usted estuvo en esa reunión en ese lapso de tiempo se produjo algún altercado o una discusión entre las personas que estaban allí? RESPUESTA: no casi todos éramos familia PREGUNTA: ¿Cuando usted baja de la reunión bajo a pie o en algún tipo de vehículo? RESPUESTA: no baje caminado PREGUNTA: ¿Qué tiempo aproximado se demoro usted en la bajada? RESPUESTA: rapidito por que es bajada y es mas rápido, yo creo que ni diez minutos porque yo venia apurada PREGUNTA: ¿Usted menciona un carro de perros caliente cuando usted bajo se instalo ahí? RESPUESTA: si camine hasta donde estaba el carro y me senté ahí a esperar el taxi pero me puse hablar con una ahijada mía y ahí me quede mientras esperaba el taxi PREGUNTA: ¿Usted consumió alimento cuando estaba ahí? RESPUESTA: no la verdad que yo ya venia full de allá arriba PREGUNTA: ¿Y arriba consumieron bebidas alcohólicas en la reunión? RESPUESTA: no yo no bebo PREGUNTA: ¿A que distancia aproximada estaba usted cuando se paro la camioneta? RESPUESTA: estaba cerca PREGUNTA: ¿Y esa camioneta cuando se para ahí es porque vive algún familiar o iban a dejar a alguien? RESPUESTA: iban a dejar la muchacha que por cierto tenía el tiro en la pierna PREGUNTA: ¿Allí había suficiente alumbrado eléctrico luz? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Cuando usted estaba allí esperando el taxi fue que usted observo pasar la moto? RESPUESTA: no es que no llego a pasar para donde yo estaba llego hasta la camioneta PREGUNTA: ¿Y de donde venia esa moto? RESPUESTA: de abajo PREGUNTA: ¿Cuando usted se refiere de abajo es como saliendo hacia la vía donde esta la coca cola por ahí donde esta el elevado? RESPUESTA: de esa parte pero subiendo PREGUNTA: ¿En que momento vio usted la moto? RESPUESTA: cuando el muchacho da la vuelta PREGUNTA: ¿Cuando usted refiere que da la vuelta ya se había producido el hecho? RESPUESTA: si eso fue rápido, yo creo que deja el muchacho ahí cerca y se fue PREGUNTA: ¿Usted observo cuando estaba sentada esperando el taxi pasar esta moto? RESPUESTA: la moto no paso de la camioneta para acá, para arriba es Zamora ella no paso la camioneta eso fue ahí en la parte donde le dan los tiros al muchacho y siguió para abajo, no llega ni a la pepsi cola ni nada de eso, eso es abajo nosotros estamos en la entrada del Hospital eso es un poquito mas arriba PREGUNTA: ¿Cuando usted menciona que la moto no paso la camioneta y menciona que se devolvió usted vio de donde se devolvió? RESPUESTA: de ahí mismo PREGUNTA: ¿Usted observo cuantas personas tripulaban la moto? RESPUESTA: uno iba manejando y el que iba parrillero es el que le da los tiros PREGUNTA: ¿Usted a pesar de la poca luz que había observo si hubo algún tipo de forcejeó y si alguna persona le grito algo al hoy occiso? RESPUESTA: si las personas le gritaron algo PREGUNTA: ¿Los que iban en la moto le gritaron? RESPUESTA: yo no oí nada PREGUNTA: ¿Usted observo si hubo algún tipo de discusión entre el occiso y los que tripulaban la moto? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Usted recuerda cuantos disparo logro oír? RESPUESTA: tiros rápidos PREGUNTA: ¿Por qué usted presume que las personas que iban en la camioneta si lograron ver a la persona? RESPUESTA: porque lo tenían ahí pegado de él PREGUNTA: ¿Usted llego a enterarse de la posición que ocupaban estas personas dentro de la camioneta? RESPUESTA: al lado iba la esposa PREGUNTA: ¿Cuando sucede el hecho que pasó después? RESPUESTA: yo me acerque ahí y el ya estaba en el piso y ahí mismo se lo llevaron PREGUNTA: ¿Usted sabe hacia donde lo trasladaron? RESPUESTA: creo que fue para el Páez que lo llevaron PREGUNTA: ¿Usted recuerda en que vehículo lo trasladaron? RESPUESTA: en la misma”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted después que escucho esos disparos luego escucho más disparos? RESPUESTA: no”.

La deposición anteriormente narrada, rendida por una de las testigos presenciales del hecho, viene a corroborar una vez más las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho referidas por las víctimas y otros testigos, notando leves detalles que no quebrantan la lógica ni la coherencia en cuanto a la dinámica del suceso y en cuanto a sus perpetradores, aún cuando no manifiesta conocerlos, describió características físicas del acusado de autos, como se pudo apreciar por inmediación en sala, resultando de todo ello en elementos que abonan sobre la materialidad del delito y la participación del acusado EDWIN MURICE VARELA RAMÍREZ en el mismo

Testimonio de la ciudadana YENIFER JOSEFINA ROJAS MONTILLA, titular de la cédula de identidad N° V-19.796.002, ofrecido por la defensa, quien estando legalmente juramentada expuso: “Bueno yo me dirigía hacia mi casa el 14 de Abril día sábado a las nueve, diez de la noche, estábamos donde una tía que estábamos celebrando un cumpleaños a una prima, venia con mis tres niños, yo venia conduciendo cuando de repente veo que se baja un chico de una moto de la parte de atrás, hay una camioneta blanca parada ahí yo frene por temor y subí los vidrios y me agache hacia abajo con los tres niños míos, cuando de repente escucho los tiros eso fue en momentos de segundos que se bajaron de la moto y empezaron a lanzarle tiros al muchacho que estaba en la camioneta, yo me quede ahí y me agache cuando luego me levanto veo al de la moto que da la vuelta y agarro hacia abajo y se bajaron dos chicos de atrás de la camioneta también disparando espere que se calmara la broma para poder seguir conduciendo hacia abajo”.

Interrogada como fue por la defensa manifestó: “PREGUNTA: ¿Recuerda exactamente el día y la hora en que ocurrieron los hechos? RESPUESTA: el 14 de Abril día sábado eso fue como a las nueve, diez de la noche, más o menos PREGUNTA: ¿Usted venia de una fiesta de una tía? RESPUESTA: estaba llevando a mi tía que una primita mía estaba cumpliendo año, yo venia de la fiesta como a las diez de la noche y venia bajando con mi tía me dirigía hacia mi casa PREGUNTA: ¿Dónde se estaba celebrando esa fiesta? RESPUESTA: mas arriba por ahí mismo cerca PREGUNTA: ¿Pero específicamente en que sector? RESPUESTA: los cardones PREGUNTA: ¿Queda cerca del biernadero de perdigas? RESPUESTA: más arriba PREGUNTA: ¿Eso queda cerca de una urbanización que llaman Martín Vega? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Usted observo si fue pasada por un vehículo? RESPUESTA: no yo frene estaba la camioneta y yo frene para poder subir los vidrios porque venia con los niños míos, porque venia una moto y el chico cuando se tira de la moto es cuando yo freno y veo que saco una pistola y comenzó a disparar, me agaché con los niños a esperar que pasara y dejaran de echar tiros PREGUNTA: ¿Cuando usted freno ya la camioneta estaba adelante? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Usted recuerda el color de esa camioneta? RESPUESTA: blanca PREGUNTA: ¿Recuerda las características de la casa donde estaba parada? RESPUESTA: es una casa azul creo que es azul PREGUNTA: ¿No se dio cuenta del sitio de donde venia la camioneta? RESPUESTA: cuando iba bajando la camioneta estaba ahí estacionada PREGUNTA: ¿Logro observar de donde venia la moto con los dos ciudadanos? RESPUESTA: de la parte de abajo, venían subiendo de la avenida principal PREGUNTA: ¿La avenida principal es Ezequiel Zamora? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Cuántas personas tripulaban esta moto? RESPUESTA: dos personas PREGUNTA: ¿Logro observar cual de las dos personas fue la que acciono el arma? RESPUESTA: el que iba en la parte de atrás el copiloto PREGUNTA: ¿Usted recuerda las características de estas personas? RESPUESTA: mas o menos pero no mucho PREGUNTA: ¿En el sitio del suceso había suficiente luz? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Recuerda el color de la moto? RESPUESTA: negra PREGUNTA: ¿Usted refiere que de la camioneta salieron dos ciudadanos que hicieron disparos? RESPUESTA: de la parte de atrás PREGUNTA: ¿Específicamente de que lado de la camioneta descendieron estos ciudadanos? RESPUESTA: por la parte de atrás por la parte derecha se bajaron se bajaron dos y empezaron a echar tiros hacia abajo porque el que estaba conduciendo la moto agarro hacia abajo avenida principal PREGUNTA: ¿En que sentido estaba parada la camioneta? RESPUESTA: hacia arriba PREGUNTA: ¿Y las personas descendieron? RESPUESTA: del lado derecho PREGUNTA: ¿Cuántas personas vio usted accionando arma? RESPUESTA: yo se que se bajaron de la camioneta echando tiro pero de verdad no me di de cuenta, eran dos que estaban ahí y se bajaron echando tiro PREGUNTA: ¿Recuerda cuantos disparos hicieron? RESPUESTA: en realidad no recuerdo porque fueron varios PREGUNTA: ¿Logro enterarse si estos ciudadanos que se bajaron de la camioneta lograron herir alguna de las personas que iban en la moto? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Una vez que las personas se bajan de la camioneta y comienzan hacer disparados que pasa con las personas que iban en la moto? RESPUESTA: agarraron hacia abajo se fueron PREGUNTA: ¿Específicamente hacia donde? RESPUESTA: avenida principal”.

A preguntas formuladas por el Ministerio Público, manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted conoce de vista, trato y comunicación al ciudadano Edwin Valero? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Desde hace cuanto tiempo? RESPUESTA: nueve ó diez años PREGUNTA: ¿Usted indica de que venia de una fiesta exactamente donde era la fiesta? RESPUESTA: en los cardones PREGUNTA: ¿Qué personas habían en esa fiesta? RESPUESTA: pura familia PREGUNTA: ¿Podría mencionarlos? RESPUESTA: mi mamá, mis tías, mis sobrinitos PREGUNTA: ¿Indique las características del vehículo donde venia? RESPUESTA: un astra, color gris, vidrios ahumados PREGUNTA: ¿Por qué lado te rebasa la moto por el lado del piloto o copiloto? RESPUESTA: por el lado del copiloto PREGUNTA: ¿Cuando te rebasa la moto que fue lo que observaste en ese instante? RESPUESTA: es cuando el chico de la parte de atrás se baja vi fue el arma fue que medio frene PREGUNTA: ¿El carro es automático o sincrónico? RESPUESTA: automático PREGUNTA: ¿Cuando frenaste cambiaste la velocidad o colocaste el freno de mano? RESPUESTA: frene con pedal PREGUNTA: ¿Cuántos niños te acompañaban? RESPUESTA: tres niños PREGUNTA: ¿Dónde estaban sentados? RESPUESTA: el niño mío estaba adelante y las dos niñas estaban atrás PREGUNTA: ¿El que estaba adelante cuantos años tiene? RESPUESTA: dos años PREGUNTA: ¿Tenías un tipo de coche especial para llevarlo ahí? RESPUESTA: si tenia PREGUNTA: ¿Qué observaste de la camioneta? RESPUESTA: veo cuando se acercaron y dispararon PREGUNTA: ¿Cómo pudo usted observar todo eso si manifestó que se agacho al momento de los hechos? RESPUESTA: mi hija tiene doce años y la otra tiene nueve, yo lo que hice fue gritar para que se agacharan, a las niñas que iban en la parte de atrás y el pequeño lo llevaba adelante al lado mío PREGUNTA: ¿Indícame la característica de la camioneta como era? RESPUESTA: una camioneta blanca, una bronco cuatro puertas PREGUNTA: ¿En el lado donde ocurren los hechos era un tipo de asfalto plano o había inclinación? RESPUESTA: no yo iba hacia abajo me dirigía hacia mi casa PREGUNTA: ¿Entonces como hace en el momento en que solo tiene colocado el pedal y se mantiene el vehículo estático sin colocar el freno de mano o una velocidad para trancar la caja? RESPUESTA: yo lo tenia frenado y lo que hice fue decirles a las niñas de lo nervios no puse freno de mano PREGUNTA: ¿Es una bajada? RESPUESTA: no es una baja es recta PREGUNTA: ¿De la camioneta donde se bajaron unas personas estaba en reposo o estaba circulando? RESPUESTA: estaba parada PREGUNTA: ¿Hay una intersección en la parte donde ocurrieron los hechos? RESPUESTA: no recta PREGUNTA: ¿De que parte vio descender a la persona de la camioneta? RESPUESTA: de la parte de atrás se bajaron dos echando tiros PREGUNTA: ¿Podría indicar las características de estas personas, como estaban vestidos? RESPUESTA: yo recuerdo que había uno que tenía como una camiseta blanca y mas nada porque no me fijé bien PREGUNTA: ¿Y de la otra persona no pudo observarla? RESPUESTA: no”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Qué paso con esa situación de disparos? RESPUESTA: es cuando me dirijo hacia mi casa cuando vi salir la gente aproveche y baje PREGUNTA: ¿Hacia donde? RESPUESTA: hacia mi casa vivo por ahí cerca PREGUNTA: ¿Se quedo a ver lo que sucedió ahí? RESPUESTA: no yo seguí hacia mi casa baje PREGUNTA: ¿Tuvo usted conocimiento si hubo heridos o fallecidos? RESPUESTA: no”.

Testimonio de la ciudadana MINORKA TIBISAY AGUILERA ALDANA, titular de la cédula de identidad N° V-19.203.235, ofrecido por la defensa, quien estando legalmente juramentada expuso: “yo me encontraba en mi kiosco el día catorce de Abril cuando decidí bajar a la avenida a comprar unos cigarrillos, cuando me paso la camioneta de Eduardo por el lado y se estaciono en la avenida frente a la casa de la familia de el, de repente llego una moto y se baja un muchacho de camisa negra y empieza a dispara hacia a la camioneta yo me escondo en un montecito que estaba ahí y perdí la visión de la camioneta después que el muchacho de la moto disparo dentro de la camioneta se bajan dos muchachos de la camioneta y empiezan a disparar hacia abajo hacia donde cogió la moto, después que la moto bajo y los muchachos empezaron a disparar hacia abajo cae Eduardo en el piso y sale la gente la multitud”.

Interrogada como fue por la defensa manifestó: “PREGUNTA: ¿Qué día y hora ocurrió el hecho? RESPUESTA: el catorce de Abril día sábado a eso de nueve diez de la noche PREGUNTA: ¿Usted vive por ahí cercea de la zona? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Específicamente en que sitio? RESPUESTA: mas arriba de donde pasaron los hechos, como a cien kilómetros mas o menos, es como tres cuadras del urbanismo PREGUNTA: ¿Ese kiosco específicamente donde esta situado? RESPUESTA: en el urbanismo Martín Vegas, en la entrada principal de Zamora PREGUNTA: ¿Cuando sucedió el hecho usted se encontraba en el kiosco? RESPUESTA: no yo estaba en el kiosco pero decidí bajar a comprar unos cigarros y el me paso con la camioneta mas o menos una distancia donde se paro la camioneta es la principal y es una bajadita, yo estaba parada ahí en la bajada PREGUNTA: ¿Cuando usted señala que la paso la camioneta usted observo de donde venia el señor Eduardo? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿De que parte venía? RESPUESTA: del urbanismo PREGUNTA: ¿Aproximadamente a que distancia ocurrieron los hechos? RESPUESTA: exactamente no se explicarle de distancia porque no se de distancia, pero si de una distancia visible como a media cuadra PREGUNTA: ¿Esta camioneta se encontraba estacionada o estaba rodando? RESPUESTA: estaba estacionada para la parte de arriba vía principal PREGUNTA: ¿Recuerda frente a que estaba estacionada esta camioneta? RESPUESTA: si frente a la casa de la familia de el de la esposa de el PREGUNTA: ¿Observo que dos personas en una moto pasaron cual fue la actuación de estas personas? RESPUESTA: la moto se paro al lado del carro se bajo un muchacho de una camisa negra y empezó a disparar hacia la camioneta PREGUNTA: ¿Específicamente al lado de quien? RESPUESTA: del lado de Eduardo del chofer PREGUNTA: ¿Usted observo quien fue la persona que produjo los disparos? RESPUESTA: al principio estaba confundida porque se parecía a un muchacho que le dicen el pollo que es de la contextura de el pero después al pasar los días dijeron que no era el, se parecía a el moreno, alto y el pelo liso, y hasta yo pensé que era el pero después empezaron a decir que no era el PREGUNTA: ¿Usted señala que hubo dos personas que se bajaron de la camioneta? RESPUESTA: si dos personas un muchacho de camiseta blanca empezó a disparar después que la moto arranco PREGUNTA: ¿Recuerda de que lado descendieron estos ciudadanos? RESPUESTA: por el lado derecho PREGUNTA: ¿Cuántas personas eran las que estaban disparando? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿Logro observar las características de estas personas? RESPUESTA: uno tenía una camiseta blanca, era rellenito pero nunca lo había visto por la zona yo siempre había visto a Eduardo y nunca había visto a esas dos personas que se bajaron de ahí PREGUNTA: ¿Cuántos disparos logro escuchar? RESPUESTA: alrededor de siete ocho disparos de los que estaban disparando hacia el carro porque los dos muchachos que se bajaron también dispararon hacia abajo PREGUNTA: ¿Estas personas que descendieron de la camioneta específicamente hacia quien disparaban? RESPUESTA: hacia los de la moto, a los que le dispararon a Eduardo PREGUNTA: ¿Tiene conocimiento si las personas que iban en la moto resultaron heridas? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Después de los disiparos que ocasionaron la muerte del señor Eduardo, cual fue su actuación en ese momento? RESPUESTA: después que sucedió la broma de los disparos me dirigí hacia mi kiosco PREGUNTA: ¿Usted llegó acercarse hacia donde estaba la camioneta? RESPUESTA: a una distancia cunado lo recogieron PREGUNTA: ¿Lo recogieron dentro de la camioneta o fuera de la camioneta? RESPUESTA: fuera de la camioneta en el piso, el cayo en el piso el abrió la camioneta y cayó PREGUNTA: ¿No logro observar cuantas personas iban en la camioneta? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Logro observar las características de las personas que ocasionaron la muerte al ciudadano Eduardo? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿En el sitio existe suficiente luminosidad? RESPUESTA: si claro es la vía principal PREGUNTA: ¿En base a lo que usted acaba de decir que observo las características de las personas que iban en la moto, esa persona se encuentra aquí en esta sala? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Usted recuerda el color de la camioneta? RESPUESTA: si blanca”.

A preguntas formuladas por el Ministerio Público, manifestó: “PREGUNTA: ¿Puede indicar cuantos vehículos observo en el sitio? RESPUESTA: el carro blanco un autobús mas adelante y otro carro PREGUNTA: ¿La camioneta estaba estacionada del lado izquierdo o lado derecho de la vía? RESPUESTA: la vía principal son dos vías una de bajada y una de subida, en la de subida PREGUNTA: ¿Los ocupantes de la moto porque parte llegaron? RESPUESTA: por la parte de atrás de la camioneta pero no se estacionaron atrás se le pararon al lado de la camioneta PREGUNTA: ¿Cuando usted observa exactamente que estas personas llegaron en moto al lado de la camioneta? RESPUESTA: el muchacho de camisa negra se bajo y comenzó a disparar hacia la camioneta PREGUNTA: ¿Solamente se bajo uno de la moto? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿A que distancia estaba de la moto a la camioneta? RESPUESTA: esta es la camioneta, esta es la puerta donde estaba Eduardo y la moto se paro un poquitico mas adelante PREGUNTA: ¿Entre esos vehículos había un vehículo en otra parte? RESPUESTA: delante de la camioneta estaba un autobús que paran ahí y yo estaba de frente donde estaba la camioneta y no se si había carro de lado a lado, estaba otro carro pero no decirle si estaba estacionado o si estaban manejando porque eso paso rápido PREGUNTA: ¿Usted indico que descendieron dos personas de la camioneta, puede indicar de que parte descendieron ellos? RESPUESTA: del lado derecho de la camioneta PREGUNTA: ¿Cuántas personas descendieron de allí? RESPUESTA: dos PREGUNTA: ¿Y ellos se fueron por la parte de atrás de la camioneta o de delante de la camioneta? RESPUESTA: se bajaron por la parte de atrás de la camioneta PREGUNTA: ¿A que parte se dirigen ellos? RESPUESTA: se bajaron de la camioneta a echar plomo hacia donde se dirigió la moto PREGUNTA: ¿Ellos se fueron hacia la parte delantera de la camioneta o atrás de la camioneta? RESPUESTA: si se bajaron de la camioneta, es que ellos no se bajaron de ahí mismo cuando se paro la moto porque si no hubieran más muertos me imagino PREGUNTA: ¿Ellos se fueron a la parte delantera de la camioneta o la parte trasera? RESPUESTA: a la parte trasera PREGUNTA: ¿Los dos al mismo momento o uno por un lado y el otro por el otro? RESPUESTA: los dos se bajaron por el mismo lado PREGUNTA: ¿Qué observaste exactamente? RESPUESTA: que estaban lanzando plomo para abajo a los de la moto PREGUNTA: ¿En que plano estabas tú en ese momento de frente a ellos o de lado a ellos? RESPUESTA: de frente la camioneta así parada y yo de frente de la camioneta PREGUNTA: ¿Y no observaste otro vehículo ahí parado? RESPUESTA: no porque estos es una bajada, esta una camioneta esta una subida y esta la otra subida y algo también ahí donde yo estaba escondida PREGUNTA: ¿Estabas escondida? RESPUESTA: o sea después cuando lanzaron que me impacto la broma, me pare de este lado porque yo venia de frente de la camioneta, me paro pero no pierdo la visión porque de ahí se veía”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Había un carro estacionado? RESPUESTA: si de frente donde estaba el carro había un autobús PREGUNTA: ¿Aparte de la camioneta y el autobús no habían más vehículos? RESPUESTA: yo alcance a ver un carro pero no recuerdo si estaba estacionado o no PREGUNTA: ¿Cómo era ese carro? RESPUESTA: no se decirle exactamente, era un carrito pequeño pero no se decirle porque esto paso rápido, si se del autobús porque normalmente siempre esta parado ahí PREGUNTA: ¿Usted dice que venia de su kiosco? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿Qué vende en ese kiosco? RESPUESTA: vendo cigarros, cerveza, fresco PREGUNTA: ¿Y para que bajo a comprar cigarros? RESPUESTA: se me acabaron porque tenía varios clientes que estaban ahí tomando cerveza y se me acabaron los cigarros”.

Las declaraciones anteriormente narradas, refieren una serie de hechos totalmente distintos a los apreciados por los testigos presenciales, quienes no fueron entrevistadas en la fase de investigación y a juicio de este decisor falsea hechos, pues del contenido de las declaraciones rendidas por los medios de prueba analizados supra, no era posible la presencia en el vehículo donde se encontraban aquellos, en compañía de otros niños, de dos hombres adultos, agregando nuevos hechos a medida que eran interrogadas y contradiciéndose en pequeños detalles, que sugieren que los hechos narrados son producto de la imaginación y no de evocarlos, de tal manera que son desestimadas.

Testimonio de la ciudadana YOLI DEL CARMEN CAÑIZALES PAREDES, titular de la cédula de identidad N° V-13.463.129, ofrecido por la defensa, quien estando legalmente juramentada expuso: “yo realmente no lo conozco, fui invitada a una fiesta porque soy vecina de la señora Amanda y ella me invito a una fiesta que iba ser un bautizo y cumpleaños, al cual yo fui invitada y fui, en esa fiesta me presentan a este muchacho llegue a la fiesta como a las nueve, nueve y media, me presentan al muchacho que estaba en compañía de su novia, estuvimos allí bailamos, tomamos todo lo que paso yo de la fiesta me fui a eso de las deis de la mañana, lo único que puedo hacer es que yo me fui y lo deje en esa fiesta o sea yo vivo frente con frente lo que nos divide es una casa. Es todo”.

Interrogada como fue por la defensa manifestó: “PREGUNTA: ¿Usted recuerda el día en que se celebro esa fiesta a la cual Usted hace referencia? RESPUESTA: si eso fue un día sábado 14 de Abril del año pasado. PREGUNTA: ¿Usted decía en esta sala de que Usted es vecina de los dueños de la casa donde se celebro la fiesta? RESPUESTA: si yo soy vecina PREGUNTA: ¿Usted tiene algún parentesco con los dueños de la casa? RESPUESTA: no ninguno yo tengo viviendo en el sector 32 años y ellos deben de tener ahí un aproximado de 12 ó 13 años, o sea ya yo vivía allí en la casa cuando esa casa fue vendida y ellos adquirieron, mi único laso es buenos días, buenas tardes, o sea el laso de la esquina PREGUNTA: ¿Usted recuerda aproximadamente a que hora Usted llegó al sitio de la reunión? RESPUESTA: si yo llegue en un aproximado de nueve, nueve y media porque yo trabajo en un centro hípico y no logre llegar antes pues yo llegue a eso de nueve, nueve y media PREGUNTA: ¿Específicamente asistió a esa reunión sola o acompañada por otra persona? RESPUESTA: bueno yo en el momento llegue sola porque yo iba en compañía de mis chamos, pero mis chamos estaban visitando a su papá y yo llegue como a las nueve, nueve y media sola a la reunión que se estaba festejado PREGUNTA: ¿Usted en esta sala también indica de que Usted no conocía al señor Edwin Valera? RESPUESTA: no lo conocí ese día PREGUNTA: ¿En ocasiones anteriores lo había visto en esa residencia? RESPUESTA: realmente no recuerdo PREGUNTA: ¿Usted recuerda aproximadamente a que hora le presentaron al ciudadano Edwin Valera o tubo contacto personal con el? RESPUESTA: yo contacto personal con el como pana tenia no se como a las once de la noche que fue en el momento que me lo presento Darwin que es el esposo de Darlyn, la dueña de la casa PREGUNTA: ¿Específicamente que tipo de celebración estaban haciendo en esa casa? RESPUESTA: como le digo era un cumpleaños y era también un bautizo del niño menor de ellos PREGUNTA: ¿Usted recuerda aproximadamente cuantas personas habían en el sitio cuando usted llego? RESPUESTA: bueno eso es como una platabanda muy pequeña, yo pongo un aproximado como de 40 personas PREGUNTA: ¿Cuándo Usted llego a la residencia, Usted se percato si el ciudadano Edwin Valera estaba allí o llego horas posterior a la suya? RESPUESTA: no a las nueve y media cuando yo llegue, eso es una casa de tres planta y la parte de abajo es como una entrada, cuando yo llegue el estaba ahí hablando con unos muchachos de hecho estaba con Darwin y otros muchachos allí, pero como yo no los conocía solo salude a Darwin que era el que conocía y subí al tercer piso donde era la reunión como tal PREGUNTA: ¿El señor Darwin al que Usted hace referencia es el dueño de la casa? RESPUESTA: es el esposo de Angie la muchacha que me invito a la fiesta PREGUNTA: ¿Usted en la estadía que estuvo ahí en esa casa, Usted tuvo acceso al ultimo nivel a la plata banda? RESPUESTA: si prosupuesto porque el ultimo nivel es donde se realizo realmente el festejo, ahí tomamos y en ese piso fue cuando tuve la oportunidad de conocerlo que me lo presento Darwin, me presenta al muchacho que estaba con su novia PREGUNTA: ¿De esta plata banda que Usted hace mención hay visibilidad hacia la calle? RESPUESTA: si te acercas bien hacia la orilla si PREGUNTA: ¿En ese sitio hay suficiente luminosidad o es un sitio oscuro, digámoslo en lo referente para las calles ó frente a las casas? RESPUESTA: bueno no tiene mucha luz pero si tiene como para tener visualidad, no es algo muy alumbrado pero si tiene luz PREGUNTA: ¿Ahí habían algunos vehículos estacionados? RESPUESTA: si estaba un carro rojo que siempre esta ahí estacionado y un carro negro PREGUNTA: ¿Usted tiene conocimiento de en compañía de quien llegó ahí el señor Edwin Valera a la fiesta? RESPUESTA: como le digo no tengo conocimiento con quien llego, lo que le puedo decir es que estaba ahí pero no con quién llegó PREGUNTA: ¿Usted recuerda mas o menos que vestimenta tenia ese día el señor Edwin Valera? RESPUESTA: bueno cuando yo llegue a la fiesta el tenia un pantalón oscuro y una chaqueta, cuando al el me lo presentaron tenia el mismo pantalón oscuro con una camisa negra PREGUNTA: ¿Usted señala en sala que estuvo hasta las seis de la mañana aproximadamente que se retiro, Cuando Usted se retira de la fiesta se va directamente hacia su casa o se va hacia otro sitio? RESPUESTA: no baje directo a mi casa PREGUNTA: ¿Usted tiene conocimiento si durante la celebración de la fiesta el señor Edwin consumió muchas bebidas alcohólicas, como era el estado de el? RESPUESTA: yo lo vi normal, tomamos como todos, todos tomamos, bailamos en muchas ocasiones hicimos bastantes bochinches, la hora loca, todo ese tipo de bochinches, hubo mucho bochinche bailamos bastantes, tomamos bastante no le voy a decir que no, el bailo con todo el mundo, hicimos mucho bochinche porque pusieron mucha changa, regeton hicimos mucho bochinche con ese tipo de música siempre estuvimos ahí PREGUNTA: ¿De acuerdo a sus palabras Usted da fe que el ciudadano Edwin Valera desde la hora que Usted llegó a la fiesta hasta la hora que retiro siempre lo observo ahí? RESPUESTA: si. Es todo”.

A preguntas formuladas por el Ministerio Público, manifestó: “PREGUNTA: ¿Cuándo fue la fecha en que se realizo la fiesta? RESPUESTA: fue una sábado 14 de Abril PREGUNTA: ¿Usted indico de que estaban realizando un bautizo? RESPUESTA: y un cumpleaños PREGUNTA: ¿A que hora se realizo el bautizo? RESPUESTA: como le aclare al otro abogado yo trabajo en un centro hípico y como era fin de semana yo entro a trabajar a las 12 del medio día o sea yo no fui a todo la celebración como tal yo llegue a las nueve y media como decía antes PREGUNTA: ¿No sabe a que hora se realizo el bautizo? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Sabe quienes eran los padrinos del niño? RESPUESTA: tengo entendido que era una hermana de Darwin y el padrino como tal no se, de verdad no lo recuerdo horita PREGUNTA: ¿Usted indica de que cuando llega a la casa en la parte de abajo esta el ciudadano y el acusado con otro grupo de amigos? RESPUESTA: cuando yo llegue estaba Darwin, estaban unas personas ahí PREGUNTA: ¿Eso es en la parte de abajo? RESPUESTA: si PREGUNTA: ¿En ese momento no se lo presentaron? RESPUESTA: no me lo presento en ese momento PREGUNTA: ¿Cuántas veces Usted ha visto al acusado? RESPUESTA: yo realmente lo vi en el momento en que me lo presentaron y en el trayecto de la fiesta y no lo vi más PREGUNTA: ¿Nunca antes lo había visto? RESPUESTA: nunca lo vi ese día nada más PREGUNTA: ¿Las personas que Usted dice que habían eran como 40 aproximadamente? RESPUESTA: yo de verdad no los conté, yo digo un aproximado por el espacio PREGUNTA: ¿De esas 40 personas Usted casi todas las conocía? RESPUESTA: en su mayoría eran personas allegadas a nuestro sector y otras personas que también me presentaron ese día que no conocía PREGUNTA: ¿Recuerda Usted la cara de todas esas personas que estaban? RESPUESTA: no unas mas que otras yo creo que los mas allegados, yo fui y lleve una prima, fue mas que todo una fiesta familiar, familiar quiero decir que eran mas que todos allegados, no fue una fiesta que entro todo el mundo era algo mas cerradito como una reunión familiar PREGUNTA: ¿Pero explique para usted acordarse de las caras de esas personas que se encontraban ese día que Usted no conocía que era primera vez que la veía? RESPUESTA: (no respondió) PREGUNTA: ¿Usted sabe si algunas de esas personas llevo algún vehículo tipo moto o había alguna moto parcada que pudiera haber llegado unos de los invitados de allí? RESPUESTA: bueno moto parada como tal no, como te digo los carros los paran prácticamente al frente de mi casa porque yo vivo a orilla de calle y esa casa también es orilla de calle donde se realizo la fiesta entonces tienes que parar los carros bien sea de aquel lado del frente o de este, en le momento no vi moto o sea motos como tal parqueada no las motos normales que suben y bajan PREGUNTA: ¿Cuando Usted se retira cuantas personas quedaron? RESPUESTA: ahí quedaron realmente creo que pura familia eran pocas las personas que quedaban para el momento yo le pongo un aproximado como de 13 o 14 personas, quedaban muy poquitas porque ya había amanecido y mucha gente se había retirado de la fiesta PREGUNTA: ¿De todas las personas que se encontraban en la fiesta alguna se retiro en algún momento en el transcurso de la noche? RESPUESTA: no lo que si te puedo decir es que para moverse de la parte de arriba tenias que buscar a la persona que te abriera la reja de abajo porque eso es una casa que aquí es la entrada subes una escalera hay otra espacio, subes la otra escalera y esta el espacio donde era la fiesta y para movilizarse yo me moví en dos ocasiones tuve que buscar a Darwin para que me abriera la reja PREGUNTA: ¿Te movilizaste hacia tu casa? RESPUESTA: si hacia mi casa, para salir de la casa tenia que bajar y decirle a Darwin que por favor me abriera la reja para poder salir PREGUNTA: ¿Usted puede afirmar al tribunal que desde que Usted llego hasta que Usted se retiro el acusado se encontraba en el patio? RESPUESTA: yo le puede decir que yo lo vi en todo momento pero yo no estuve encima de el yo baile muchas disco con el estuve en toda la hora loca, cuando hicieron la hora loca eran como las dos y media horas de la mañana y fue una hora loca bien larga y en ese momento estuve con el, bochinchamos prácticamente toda la noche, también te puedo decir que pusieron en un momento una hora de salsa que fue larguísimo y yo baile con el te puedo decir 7 salsas en ese momento, no te puedo decir si se movió, si estuvo no te puedo afirmar algo que no se, lo que si te puedo decir es que en todo momento lo vi de hecho era el que traía las cervezas para el grupo después sacaron unas botellas que eran como el adorno de la mesa y como no hubo mas licor comenzamos a tomar de eso, el también trajo de todo es lo que te digo en el momento el fue como muy amable siempre estuvo ahí con las cervezas eso te lo puedo decir PREGUNTA: ¿A que hora se retiro Usted digamos cuando salio de la casa? RESPUESTA: la primera vez que baje el baño estaba muy colapsado y se pone un poco feo y yo sufro de cistitis y no quería hacer y baje a las dos de la mañana, la primera vez que me moví me moví a las dos de la mañana después me moví a las cinco porque mi hija estudia y la fui a levantar y ella tenia que hacer una maqueta y yo la levante me moví de ahí como a las dos y como las cinco, después me quede ahí que iban hacer una sopa total fue que la sopa no se concluyo se hicieron las seis de la mañana de verdad estaba molida disfrute y me fui a dormir PREGUNTA: ¿A que hora te acostaste? RESPUESTA: como a las nueve y media PREGUNTA: ¿Desde la hora en que Usted llegó cuanto tiempo transcurrió en el momento en que le presentan al acusado? RESPUESTA: paso bastante yo llegue a las nueve y media y ahí había una reunió de hombres yo pase de largo, subí las escaleras me quede arriba ya habían picado la torta, comí torta, yo expongo como a las once de la noche que fue cuando cerraron la reja y todo el mundo subió al otro piso, como a las once de la noche es que Darwin me dices que era su primo, su hermano no se y me presentan a los otros muchachos que estaban con el”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “PREGUNTA: ¿Conoce Usted el nombre de la novia del ciudadano Edwin Valera? RESPUESTA: de verdad no recuerdo PREGUNTA: ¿Usted está hablando de un mueble blanco en el segundo nivel no había? RESPUESTA: donde nosotros vivimos eran unas invasiones hace muchos años, entonces los espacios son muy chiquitos la parte de abajo viene siendo una entrada y vienen unas escaleras, el segundo piso es un cuartito sigues las otras escaleras y doblas y hay un huequito que es la cocina y hay un espacio donde era el festejo porque son espacios muy reducidos y no pueden hacer un ambiente como tal PREGUNTA: ¿Dónde queda la platabanda? RESPUESTA: son tres pisos, esta el primer piso y segundo piso que es un cuartito el tercer piso se dice platabanda porque es como una terraza es algo que lo que esta es cerrado PREGUNTA: ¿En el segundo nivel se estaba llevando a cabo y no en el tercero? RESPUESTA: no porque el segundo nivel es un cuarto PREGUNTA: ¿Qué estaban tomando ese día? RESPUESTA: cerveza, whisky yo traje una botella de mi casa de sevillana pero yo llegue con esa botella PREGUNTA: ¿Había una persona encargada de pasar los tragos? RESPUESTA: las cervezas la sacaban de la nevera y te la entregaban con botella y todo y los tragos como tal no preparaban porque era como un megavaso y el vaso lo rodaban y ponían un vaso PREGUNTA: ¿Había alguien que preparaba esos vasos? RESPUESTA: no PREGUNTA: ¿Era una fiesta infantil o era una fiesta de adulto? RESPUESTA: era un cumpleaños de un niño y era también un bautizo yo llegue a las nueve y media y ya era un bochinche de gente grande yo vi niños pero niños allegados ahí la gente grande era la que estaba bailando y tomando. PREGUNTA: ¿Quién estaba cumpliendo año? RESPUESTA: el niño pequeño de Angie PREGUNTA: ¿No sabe como se llama el niño? RESPUESTA: Juan algo así PREGUNTA: ¿Había motivo de fiesta infantil? RESPUESTA: si había motivo, había una chupetera de dinosaurio de colores, bombas de colores si tenia decorativo de fiesta de chamo”.

Testimonio de la ciudadana ANNI YUMANGLI RODRÍGUEZ ESPAÑA, titular de la cédula de identidad N° V-16.086.709, ofrecido por la defensa, quien estando legalmente juramentada expuso: “El ciudadano que esta aquí Valera, estaba el día que ocurrieron los hechos en mi casa que yo hice una fiesta, la fiesta comenzó a las 5 el llego a eso de las 7 u 8 de la noche, le dimos comida el estaba allí con nosotros y todavía el se vino el domingo de mi casa a las 5 de la tarde, por eso yo quise venir a declarar porque el estuvo todo ese día en mi casa y no hizo nada de lo que lo están acusando. Es todo”.

Interrogada como fue por la defensa manifestó: “Ciudadana Annis Rodríguez usted señala a esta sala que la fiesta comenzó alrededor de las 5 y que el ciudadano Valera llegó aproximadamente a las 8, o sea como relaciona usted la hora de la llegada, en ese momento usted estaba pendiente del reloj para ver a que hora llegaba, que eran las 8 de la noche y no eran las 7 o no eran las 9? De 7 y media a 8 porque nosotros estábamos pendiente que el llegara porque ya íbamos a picar la torta y el es muy allegado a nosotros y por eso estábamos esperando que el llegara, por eso certifico la hora en la que el llegó. ¿En compañía de quien llegó a su casa el ciudadano Edwin Valera? De su papá y de su novia. ¿Ellos llegaron en algún vehículo particular? En el carro del papá un aveo azul. ¿Usted recuerda si el papá estuvo allí toda la noche o se ausento en algún momento? El papá se fue como a las 11 o 12 de la noche, él se quedó con la novia. ¿Usted recuerda como estaba vestido esa noche el ciudadano Edwin Valera? Tenía un pantalón negro y un suéter negro. ¿De que se trataba la fiesta que estaban organizando ese día? El primer añito de mi hijo. ¿Que relación tiene ese niño con el señor Edwin? Es su padrino de agua. ¿La casa donde usted vive es de varios niveles? Dos niveles, la casa y platabanda. ¿La celebración de la fiesta ocupaba los dos niveles? La hicimos en la platabanda, había que bajar a buscar las cosas pero era arriba en la platabanda. ¿De la platabanda se podía divisar hacia la parte externa se podía ver alguna calle? Si. ¿El vehículo que llevo al señor Edwin a su casa durante el tiempo que estuvo allí me mantuvo estacionado? Si, se veía de la platabanda. ¿Y a parte de ese vehículo habían otros? Si de los vecinos, de mi esposo y de mi suegra. ¿Había bastante alumbrado público? Si. ¿Usted dice que su casa había visibilidad a donde estaban los vehículos? Si.¿Es decir que desde el lapso de las 9 de la noche hasta la hora que se retiro el papá de Edwin que se fue solo en ese momento es carro estuvo parado allí, no había ningún tipo de vehículo moto? No, solo carro. ¿Usted dice que alrededor de las 10 y algo estaban sirviendo la comida, allí estuvo involucrado el ciudadano Edwin Valera? Si, el estaba ayudando a nosotros. ¿El estaba colaborando sirviendo la comida? Si. ¿Específicamente entre ese lapso de tiempo digamos que entre las 9 de la noche y las 12 ustedes siempre tuvieron contacto visual con el señor Edwin? Si, siempre tuvimos contacto. ¿La fiesta duró aproximadamente hasta que hora? Amanecimos porque la gente estuvo como hasta las 5 de la mañana, pero nosotros nos quedamos hablando como hasta las 2 de la tarde más o menos. ¿Y a que hora se retiro el de la casa? Como a eso de las 5 de la tarde. ¿Se retiro por su cuenta o vino alguien a buscarlo? Vino el papá a buscarlo. ¿Y en ese momento ya se había retirado la novia? Todavía estaba la novia. ¿Durante ese lapso que duro la reunión como fue el comportamiento de el, o sea hubo exceso de trago o bebida moderada? Fue bebida moderada porque como el nos estaba ayudando con la fiesta no hubo exceso de trago fue moderada. ¿Hubo algún acontecimiento o hecho que durante la realización del acto le llamara a usted la atención dentro de la casa? No”.

A preguntas formuladas por el Ministerio Público, manifestó: “¿Señorita Anni podría indicar si recuerda la fecha y el día en que ocurrieron los hechos que se esta narrando? El 14 de abril. ¿Que día era? Era día sábado. ¿Que estaba festejando? El cumpleaños de mi hijo, el primer añito de mi hijo. ¿Podría indicar al tribunal donde ocurrió esa fiesta donde se estaba celebrando? En mi casa. ¿La dirección por favor? Catia, Los Magallanes de Catia sector Gramoven. ¿Quienes estaban allí? Mi esposo, la familia de mijo, de parte y parte. ¿Cuantas personas aproximadamente habían allí? Como 40 personas aproximadamente, entre niños y adultos. ¿Como de que tamaño, cuales eran las dimensiones del sitio donde se encontraban, con alusión a este lugar acá? Como de este tamaño más o menos. ¿Y en todas sus dimensiones la platabanda tiene visibilidad hacia la calle principal? No, solamente la del frente donde esta la calle, y un lado lateral. ¿Que conocimiento tiene usted de los hechos? Que lo estaban acusando de algo que sucedió ese día nada mas, no tengo conocimiento de nada mas. ¿Sabe de que lo acusan? Solamente de un homicidio, es lo que se. ¿Sabe donde ocurrió ese hecho? Aquí en la guaira. ¿Sabe usted de donde venía el señor Edwin el día que llegó a su casa a la fiesta? No. ¿Cuanto tiempo tiene usted conociendo al señor Edwin? Aproximadamente como 13 años. ¿Aparte del parentesco que usted señaló que es el padrino de agua existe algún otro parentesco entre usted y el señor Edwin? El es el primo de mi esposo. ¿A que hora exactamente si recuerda llegó el señor Edwin? A eso de 7 y media a 8. ¿Como llegó con quien llegó? Llegó en el vehiculo con el papá y la novia. ¿Que estaba haciendo usted a la hora que llegó el señor Edwin? Estábamos preparando las cosas porque íbamos a cantar cumpleaños. ¿Como estaba vestida la novia? Con una camisita roja y un blue jeans es lo que recuerdo. ¿Usted indica al tribunal de que usted estaba haciendo la preparación digamos que estaba cerca del mesón de la torta? Si, estábamos llamando a la gente para cantar cumpleaños estábamos en ese proceso, esperando también que llegara el porque acabábamos de hablar con el que lo estábamos esperando para cantar cumpleaños eran como las 7 y media aproximadamente 8. ¿Y donde estaba el mesón se veía hacia la parte de afuera? No, era de la parte de la pared, no del balcón. Recuerda como estaba vestido el papá del señor Edwin? Tenía una camisa beige y un blue jeans. ¿Que tipo de parentesco tiene con ese señor? El es el tío de mi esposo y también padrino de la niña. ¿De las 40 personas que estuvieron en la fiesta ninguna subió en moto? No, más que todo carro. ¿La pregunta fue concreta alguna de las 40 personas que estuvieron en la fiesta ninguna subió en moto? Que recuerde no. ¿Como estaba vestido el señor Edwin? Pantalón negro y suéter negro. ¿Usted indica que bajaban hasta la planta de abajo para buscar cuestiones para la fiesta, fue así? Si, porque la cocina queda abajo, la fiesta era arriba en la platabanda por eso bajábamos porque había que buscar las cosas. ¿Usted indica que en todo momento tubo al señor Edwin a su lado? Desde el momento en que llegó si. ¿Siempre estuvo con usted? Tuvo, tuve visibilidad porque nos estaba ayudando, y estaba metido donde estaban bailando siempre estuvo ahí con nosotros. ¿A que se dedica el señor Edwin? El estaba estudiando para policía. ¿A que hora se fue? A las 5 de la tarde. ¿Del mismo día? No, del día siguiente el domingo. ¿Usted dice que amanecieron o sea que siguieron la fiesta dos días? Si, después nos quedamos hablando. ¿En ese ínterin nadie durmió? Si como a las 2 de la tarde, el se recostó porque el papá lo había llamado que lo iba a pasar buscando a las 5 porque tenía que trabajar. ¿Y usted no se quedó dormida nunca? No, porque estaba recogiendo. ¿Como cuantas horas durmió? Como 2 horas y media. ¿Y siempre estuvo al lado de usted? No al lado pero durmió en el cuarto de la niña con la muchacha con la novia. ¿Digamos que entonces usted tuvo un intervalo de tiempo que no lo vio? Cuando estaba durmiendo. ¿En que parte estaba usted cuando el llegó? En la platabanda en una esquina, estábamos esperando que el llegara y cuando el llegó nos asomamos todos y fue cuando dijimos ¡ya llegó! Lo estábamos esperando para cantar cumpleaños porque era el que faltaba del grupo de nosotros”.

A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “¿Como se llama el papá de Edwin? Mauricio Valera. ¿Como se llamaba la novia? Yelec, no se me el apellido. ¿Era una fiesta infantil? Si. ¿Que motivo tubo la fiesta? El primer añito de mi hijo. ¿Como se llama su hijo? Jhosguar Salazar. ¿Ese día tomaron fotos en la fiesta? Si”.

Testimonio del ciudadano MAURICIO ALONSO CONTRERAS CUEVAS, titular de la cédula de identidad N° V-16.682.879, ofrecido por la defensa, quien estando legalmente juramentado expuso: “Bueno yo estoy aquí porque el es conocido de mi vecino Darwin Salazar entonces lo están acusando de un homicidio lo cual lo veo injusto porque para esa fecha estábamos celebrando un cumpleaños del hijo menor de David Salazar que el resulta ser el padrino, entonces el estuvo con nosotros toda la noche y estuvo en la fiesta hasta el día siguiente”.

Interrogado como fue por la defensa manifestó: ¿Usted recuerda la fecha a la cual usted hace alusión que se estaba celebrando una reunión familiar? El 14 de abril del año pasado. ¿Usted sabe la dirección donde se celebro? En Catia Gramoven Casa Blanca. ¿Usted vive cerca del sector? Soy vecino. ¿A que hora comenzó la reunión? Como a eso de las 5 de la tarde. ¿Cuanto tiempo tiene usted conociendo al ciudadano Edwin Valera? El es conocido de mi vecino, o sea el es primo de mi vecino y lo conozco como hace 5 años. ¿Cuando comenzó la fiesta a eso de las 5 de la tarde usted estaba allí en ese momento o le dijeron que había comenzado a las 5? Yo ya estaba ahí porque como soy vecino ya estaba ahí. ¿Diga el testigo como a que hora llegó mas o menos el ciudadano Edwin Valera a la fiesta? El llego como entre 7 y media a 8 aproximadamente. ¿Como sabe usted que era esa la hora y no otra diferente? No, porque nosotros estábamos pendiente de que el llegara porque como el era el anfitrión, lo estábamos esperando a el y llegó con su papá y su novia. ¿Usted recuerda a bordo de que medio de transporte arribaron las personas que usted acaba de nombrar? En un aveo negro que es del papá. ¿Usted recuerda donde estacionaron ese vehículo? Frente de la casa. ¿En el sitio donde estacionaron el carro hay suficiente alumbrado público? Si. ¿Esta casa de donde se estaba celebrando la fiesta de cuantos niveles consta? La platabanda y dos niveles más, o sea tres con la platabanda. ¿La fiesta en que ambiente se realizó? El ambiente era familiar y de las amistades y allegados. ¿Cuando usted menciona la platabanda allí también se reunieron o solamente en el interior de la casa? Bueno la casa tiene sus dos ambientes pero estaba entre la platabanda y abajo porque yo era el que estaba sirviendo los tragos y pendiente de las personas. ¿De la platabanda se divisa la parte donde estaba estacionado el vehículo que usted menciona? Si. ¿Habían otros vehículos allí? Si, había otros carros. ¿Usted recuerda si en el lapso de tiempo comprendido entre las 9 y las 11 usted tuvo contacto con el ciudadano Edwin? Si porque yo era el que estaba sirviendo los tragos, en ese momento el estaba allí. ¿Como era el comportamiento del ciudadano Edwin, estaba tomando demasiado o moderadamente? El es poco tomador, el es mas carismático. ¿Usted recuerda a que hora finalizo la fiesta? La fiesta finalizo al día siguiente. ¿Como a que hora? Bueno yo me fui como a las 2 de la tarde del día siguiente. ¿Y cuando usted se fue todavía estaban celebrando? Ellos estaban ahí en su casa pero yo me retire me fui a dormir y ya de ahí no se mas nada. ¿Usted tuvo conocimiento si en algún momento el papá de Edwin se retiro anteriormente o se quedo hasta esa hora? No, el se retiro como a las 11 de la noche. ¿Hasta esa hora usted siempre observo el vehículo? Estacionado en la calle. ¿No hubo ninguna ausencia en ningún momento del vehículo? No, en ningún momento, hasta que el se retiro que fue como a las 11 el vehículo estaba ahí. ¿Hubo algún acontecimiento especial durante la fiesta alguna perturbación del orden o todo transcurrió normalmente? No, normal”.

A preguntas formuladas por el Ministerio Público, manifestó: ¿Usted recuerda la fecha en que ocurrieron esos hechos y el día, que día era? El 14 de abril del año pasado. ¿Que día de la semana era? No me acuerdo ahorita en este momento, no recuerdo. ¿Como llego usted a la fiesta a que hora? Yo llegue a las 5. ¿Con quien llegó usted? Con mi hijo. ¿Que celebraban? El cumpleaños de Darwin Salazar. ¿Que hizo usted digamos durante toda la fiesta? Yo era el que estaba sirviendo los tragos y los estaba repartiendo. ¿Sabes usted que parentesco tiene el señor Edwin con las personas de la casa? El es el dueño de la casa; no Edwin no Darwin me confundí perdón; el es primo del dueño de la casa Darwin Salazar. ¿Usted vio el momento en el que el señor Edwin llegó usted lo vio?
Si. ¿O le dijeron? No, yo lo vi. ¿Con quien llegó y como llegó? El llego con su papá y la novia. ¿Recuerda usted como estaban vestidos su papá y la novia? Edwin estaba vestido de negro. ¿Y el papá y la novia? El papá tenía una camisa beige y estaba de jeans y la novia tenía una blusa roja y estaba de jeans también. ¿Sabe usted si el señor Edwin tiene vehículo de el? No, no tengo conocimiento. ¿Sabe usted si el señor Edwin posee algún vehículo tipo moto que sea de su propiedad? No, no tengo conocimiento, porque yo soy es conocido. ¿Sabe usted a que hora se fue el señor Edwin? Yo me retire de la fiesta a las 2 de la tarde del siguiente día. ¿Cuantas personas estaban en esa fiesta? Contarlas es difícil, pero entre 20 o 25 personas. ¿Usted siempre tuvo a las vista al señor Edwin? Si, porque yo estaba subiendo y bajando yo era el que estaba sirviendo los tragos. ¿A que hora se retiro el señor Edwin? No tengo conocimiento. ¿Sabe usted como se retiro de la fiesta? El primo me contó que lo vino a buscar su papá. ¿Ciudadano juez el ministerio público va a solicitar, ateniendo al contenido del artículo 228 del COPP, se exhiba el acta de entrevista que fue rendida por el declarante Contreras Cueva Mauricio en fecha 12-10-2012 ante la fiscalía tercera del ministerio público, donde a pregunta formulada por el ministerio público el mismo indicó sin ningún tipo de coacción que el ciudadano, en la pregunta N° 4 diga usted si el ciudadano Edwin Valera posee moto? Y el mismo contestó ante el ministerio público; si es un (…) de color gris con negro. Medio de prueba además ofrecido por la defensa, en este momento certifica el ministerio público que el testigo se encuentra en esta audiencia mintiendo ante el tribunal. ¿Señor Mauricio a pregunta formulada por esta representación fiscal le pregunto el señor Edwin tenia moto? En aquel tiempo si. ¿Por favor puede identificar las características de la moto, que color? Yo la vi muy pocas veces cuando la llevaba para la casa pero exactamente de color”.


A las preguntas formuladas por este juzgado, manifestó: “¿Que edad tiene su hijo? 9 años. ¿Donde estaba usted sirviendo los tragos? En la casa, pero de abajo hacia arriba, de la sala hacia la platabanda. ¿En que nivel, usted habló de tres niveles? En el tercero, segundo y en el tercero. ¿Como se llama el cumpleañero? Jhosguar. ¿Usted le llevó un regalo? Si. ¿Que regalo le llevo? Un carrito de esos de control remoto. ¿Que bebida estaba sirviendo usted? Bueno nosotros estábamos tomando ginebra, ron, cerveza para las mujeres. ¿Y los niños que estaban tomando? Refresco. ¿Como se llama la novia de Edwin? No tengo conocimiento de cómo se llama. ¿Ella estaba allí en la fiesta? Si. ¿Tomaron fotos en esa fiesta? Si. ¿Y de que motivo era la fiesta? El cumpleaños. ¿Era una fiesta infantil? Si, infantil y de adultos. ¿Que motivo tenia la fiesta, tenía motivo como fiesta infantil? Este, no recuerdo yo se que era de un animalito pero no recuerdo el nombre. ¿Como se llama el papá de Edwin? Mauro”.

Las testimoniales antes narradas, con las cuales se ubica al acusado en un lugar totalmente distinto al de los hechos, y luego de ser sometidas al contradictorio, contienen contradicciones sobre cuál era el motivo de la supuesta celebración en la que se encontraban, detalles como el color del vehículo en el que llegó el acusado, nombre de la persona que estaba siendo agasajada, entre otros, de manera que este juzgado las encuentra poco creíbles, y manifiestamente traídas al proceso para intentar exculpar al procesado, evidenciándose los lazos de amistad con el acusado que genera el interés en favorecerle, encontrándolas quien aquí decide desapegadas de la realidad, razón por la cual se desestiman.

En lo atinente a la prueba documental, fueron incorporadas con observancia a las formas establecidas en el artículo 358 del Código Orgánico Procesal Penal:

1) Acta de investigación penal de fecha 15 de abril de 2012 suscrita por el funcionario FÉLIX REGALADO, adscrito a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (folios 2 y 3, primera pieza).
2) Inspección técnica número 745 de fecha 15 de abril de 2012 suscrita por los funcionarios FÉLIX REGALADO, VÍCTOR PÁREZ y OSBER RIVAS, adscritos a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, realizado en el depósito de cadáveres del Hospital Naval (Canes), ubicado en Catia La Mar, en la cual se dejó constancia de lo siguiente: “En el lugar se logra inspeccionar sobre una camilla metálica del tipo rodante, el cuerpo sin vida de una persona de sexo masculino desprovisto de vestimenta. El referido occiso presenta las siguientes CARACTERÍSTICAS FÍSICAS: piel Morena, cabello negro, corto, tipo crespo, de aproximadamente un metro con setenta centímetros (1,70 cm) de estatura, de contextura delgada. IDENTIDAD DEL CADÁVER: El hoy exánime, quedó identificado en el libro de ingresos de dicho depósito de cadáveres como SABINO MORENO EDUARDO RAFAEL, de 27 años de edad, Titular de la Cédula de identidad V.-17.959.055, el cual luego de ser inspeccionado físicamente arrojo tener las siguientes heridas en su anatomía: A.- Una (01) herida de forma circular en la región pectoral izquierda; B.- Una (01) herida de forma circular en la región escapular derecha; C.- Una (01) escoriación en la región bucal derecha; D.- escoriación en la región en la región infra orbital derecha, E.- escoriaciones en ambas rodillas; F.-escoriaciones en la región dorsal de ambas manos…” (folio 4, primera pieza).
3) Inspección técnica número 746 de fecha 15 de abril de 2012 suscrita por los funcionarios EBLIS FEBLES, FÉLIX REGALADO, VÍCTOR PÁREZ y OSBER RIVAS, adscritos a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, realizado en el sector Petit Medina, Barrio Ezequiel Zamora, adyacente al depósito de gas, vía pública, parroquia Catia La Mar, en la cual se dejó constancia de lo siguiente: “…El lugar a inspeccionar resulta ser un sitio de suceso abierto, correspondiente al lugar ubicado en la dirección arriba mencionada, constituido por piso elaborado en asfalto con aceras de concreto rústico en sus adyacencias, luz natural de regular intensidad y temperatura ambiental cálida, todos estos aspectos al momento de practicar la presente inspección, técnica de ley, destinada al tránsito vehicular con dirección en sentido norte-sur y viceversa, observando en sentido oeste un poste de alumbrado eléctrico de color gris… halla sobre la superficie del suelo a una distancia del poste antes mencionado de aproximadamente treinta metros una concha de bala percutida la cual al ser inspeccionada y movida de su posición original resulta ser Marca Cavim, calibre 9mm, a una distancia de aproximadamente cuatro (04) metros de esta, se visualiza otra concha de bala percutida la cual al ser inspeccionada y movida de su posición original resulta ser Marca Cavim, calibre 9mm, seguidamente a una distancia de cinco (05) metros de la concha primeramente nombrada en sentido este se observa una mancha de una sustancia de color pardo rojizo de presunta naturaleza hemática, de la cual se colecta un segmento de gasa impregnado…” (folios 15 y 16, primera pieza);
4) Copia simple de certificado de defunción (forma EV-14), correspondiente al ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO, C.I. V-17,959.055 (folio 38, primera pieza);
5) Copia simple de certificado emanado del Jardín Memorial Caribe, mediante la cual se hace constar que en fecha 16 de abril de 2012, se llevó a cabo en el Parque Cementerio General del Municipio Vargas, el acto de inhumación de los restos mortales de EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO, C.I. V-17,959.055 (folio 43, primera pieza).
6) Protocolo de autopsia número 9700-138-1706, practicado en fecha 15 de abril de 2012 por el médico anatomopatólogo FRANCISCO MOTA, adscrito al Departamento de Ciencias Forenses Vargas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, realizado en el cadáver del ciudadano Eduardo Rafael Sabino, en el cual apreció: “…Cadáver de sexo masculino que presenta: I) Una (1) herida por arma de fuego producida por el paso de proyectil único con orificio de entrada localizado en el tercio medio del hemitorax anterior izquierdo, a tres (3) cm por fuera de la línea medioclavicular y con orificio de salida en la región escapular derecha con línea paraescapular externa. Trayecto: Adelante/atrás, izquierda/derecha, abajo/arriba. Produce: Perforación del 4to espacio intercostal izquierdo anterolateral. Perforación del lóbulo superior del pulmón izquierdo. Perforación del ventrículo y aurícula derecha cardíaca. Perforación del bronquio principal derecho. Perforación del lóbulo medio y superior del pulmón derecho. Perforación del 3er espacio intercostal derecho posterior con fractura del borde superior del 4to arco costal derecho posterior. Hemotórax. Hemopericardio. II) Excoriaciones en las siguientes regiones: frontal derecha, malar derecha, preauricular derecha, submaxilar derecha, labio superior del labio derecho, dorso de la mano derecha, tercio inferior de la cara posterior del antebrazo derecho, ambas rodillas, dorso de la mano izquierda, tercio inferior de la cara posterior del antebrazo izquierdo, región maleolar externa de la pierna derecha. III) Cicatriz quirúrgica de laparotomía media supra e infraumbilical de treinta (30) cm de longitud: Adherencias fibrinosas laxas entre asas intestinales, hígado, colon y bazo. CAUSA DE MUERTE: -HEMORRAGIA INTERNA SECUNDARIA A PERFORACIÓN CARDIACA Y PULMONAR DEBIDO A HERIDA POR ARMA DE FUEGO DE PROYECTIL UNICO AL TORAX…” (folios 48 y 49, primera pieza).-
7) Acta de investigación penal de fecha 15 de abril de 2012 suscrita por el funcionario FÉLIX REGALADO, adscrito a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (folios 54 y 55, primera pieza).
8) Experticia y avalúo suscrito por el experto JUAN CARLOS CORREA, adscrito a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado a un vehículo clase camioneta marca Toyota, modelo Land Cruiser, año 2001, color blanco, placas NAL-92R, tipo sport wagon, uso particular, cuyos seriales de identificación se encontraban en su estado original (folio 56, primera pieza).
9) Acta de investigación penal de fecha 4 de septiembre de 2012 suscrita por el funcionario JESÚS ABSUETA, adscrito a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (folio 123, primera pieza).
10) Experticia médico-legal número 9700-138-2759 de fecha 6 de diciembre de 2012, suscrito por la médico forense JOHANNA ROMERO, adscrita al Departamento de Ciencias Forenses del estado Vargas del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, practicado a la ciudadana NAYROBYS CAROLINA RODRÍGUEZ NORIEGA, apreciando una cicatriz antigua en cara anterior de muslo derecho de 1,5 centímetros de diámetro aproximadamente, con carácter leve (folio 55, segunda pieza)
11) Levantamiento planimétrico número 878-12, suscrito por los expertos RICHARD ECHENIQUE y MARCOS FANTONE, adscritos a la División de Análisis y Reconstrucción de Hechos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, correspondiente al sitio de suceso según características suministradas por funcionarios adscritos a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas del mencionado cuerpo policial (folio 59, segunda pieza).

El contenido de la prueba documental incorporada, se encuentra constituida en primer lugar por una serie de experticias (distinguidas como precede con los numerales 2, 3, 6, 8 y 10) que en su totalidad, han sido adminiculadas al testimonio del experto que la suscribe, apreciadas en todo su contenido, pues fueron sometidas al control y contradicción de las partes derivando el valor probatorio dimanado en las consideraciones correspondientes que preceden.

Por su parte, en lo que respecta a las actas policiales distinguidas con los numerales 1, 7 y 9, se tiene que conforme al principio de libertad de prueba consagrado en el artículo 182 de nuestro texto adjetivo penal, cualquier medio es admisible para probar los hechos y circunstancias de interés para la correcta solución del caso, salvo prohibición expresa de la ley. Ergo, bajo las previsiones del artículo 322 del Código Orgánico Procesal Penal, éstas no constituyen pruebas documentales, por ser actas administrativas cuyas menciones deben ser traídas al proceso mediante las testimoniales de los funcionarios actuantes. Siendo entonces así, a pesar de haberse incorporado por haber sido admitidas en la fase intermedia, no tienen valor alguno, desestimándose en consecuencia.

En otro orden de ideas, se aprecia en todas y cada una de sus partes el contenido del certificado de inhumación así como el certificado de defunción que cursan a nombre de la víctima, quien en vida respondiera al nombre de EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO distinguidas con los numerales 4 y 5, que aun encontrándose en copias simples, no fueron objetados ni contradichos demostrando su fallecimiento.

Por último, en lo que respecta al levantamiento planimétrico hecho con base a los datos aportados por funcionarios adscritos a la Subdelegación La Guaira del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas, se observa que a pesar que el mismo detalla el sitio de suceso, no existe en el mismo ningún elemento de orden criminalístico o derivado de los testigos presenciales del hecho, razón por la cual se desestima al no aportar ningún elemento útil para la comprobación del hecho o la determinación de sus autores.

FUNDAMENTOS DE HECHO Y DE DERECHO

Sobre la base del material probatorio recogido en Sala, y cuya valoración conforme a la sana crítica en los términos establecidos en el artículo 22 del Código Orgánico Procesal Penal se ha realizado de manera individual en el capítulo supra transcrito, el Ministerio Público concluyó y solicitó al final del debate:

“Buenas tardes a todos los presentes, buenas tardes defensa, acusado, tribunal presente, siendo la oportunidad procesal para que esta representante fiscal de cierre a este debate oral y público en relación al artículo 343 de nuestro Código Orgánico Procesal Penal es evidente tal como lo ofreció al inicio del debate oral y público, lograr demostrar la participación del hoy acusado ciudadano Edwin Maurice Valera con los hechos ocurridos en fecha 14 de Abril del año 2012, oportunidad cuando el hoy occiso Eduardo Sabino se trasladaba en su vehículo toyota, color blanco por el sector Pettit Medina de la Parroquia Urimare del estado Vargas cuando fue abordado por el hoy acusado Edwin Marice Valera quien en compañía de un ciudadano en un vehículo tipo moto se le ubico al lado de la puerta del chofer y sin raciones algunas que lo motivaran desenfunda un arma de fuego y le propina un disparo al hoy occiso, para la oportunidad logrando herir a la ciudadana Nairobis González, encontrándose para el momento testigos presentes, familiares que pudieron presenciar los hechos sucedidos de igual manera falleciendo a consecuencia de las heridas, sucedidas por el paso de proyectil disparo por arma de fuego disparado por el hoy acusado, en vista de los hechos antes descritos considera esta representante fiscal que se tipifican los hechos con los delitos Homicidio I Intencional Calificado expresamente indicado en nuestro Código Penal Venezolano en el artículo 405 en relación con el 406 ordinal 1, en perjuicio del ciudadano Eduardo Rafael Sabino y Homicidio Intencional en grado de Frustración tipificado en nuestro Código Penal Venezolano en el artículo 405 en relación con el 80, en vista de los hechos que no ocupan nos preguntaremos que lleva a estas conclusiones al Ministerio Público, es evidente y tiene conocimiento que en el debate oral y público se evacuaron expertos, funcionarios actuantes, médicos profesionales, donde cada uno dio sus conclusiones donde los funcionarios aprehensores indicaron el modo, tiempo y lugar de la aprehensión del ciudadano, donde se evidencia además que no se le violentaron derechos algunos, donde participaron expertos, técnicos, funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalista, quienes en labores de investigación se trasladaron al lugar colectando evidencia de interés criminalistico y dejando constancia del lugar de los hechos que además concordaron perfectamente con las narraciones de las testigos presentes, de igual manera se hicieron presente médicos anatomopatologo, Doctor José Lobo quien indico la causa de la muerte y sus conclusiones además, quien indica que la causa de la muerte es a razón hemorragia producida por el paso de proyectil obstaculización cardiaca pulmonar y como ultimo elemento que considera esta representación fiscal que conllevaron a tipificar los hechos sucedidos en el lugar que concordaron además con las versiones de los funcionarios que fue los testigo confesé y presente quienes sin ninguna manera al momento de decir evacuado y al momento de ser interrogado tanto por la representante fiscal como por la defensa y este honorario tribunal, ratificaron, reconocieron vestimenta, características físicas del hoy acusado donde además de las circunstancias del hecho fue un lugar donde perfectamente se evidenciaba, se pudo apreciar a simple vista visiblemente su características y rasgo donde además fue reconocido por los testigos presentes y confeso, concurrentemente, certero a la hora de responder en vista de todos estos hechos narrados estos elementos de convicción que esta fiscalía en este momento resume de alguna otra manera considera ciudadano juez que estamos en presencia en uno de los delitos o bien tutelados y protegido por nuestra legislación Venezolana como lo es el derecho a la vida, en vista a los hechos de este debate oral y público de manera interrumpida que usted a logrado apreciar, respetando el principio de mediación solicita que lo más acorde en esta oportunidad al momento de decidir en vista de los elementos que nos acompañaron y medios probatorios es una sentencia condenatorio para el ciudadano Edwin Maurice Valera. Es todo”.

Por su parte, la defensa presentó los siguientes argumentos de cierre:

“Ante todo muy buenas tardes, tal como lo manifestamos ciudadano juez en fecha 10 de Abril del año 2013, con la ocasión de llevarse acabo la apertura del juicio oral y público seguido en contra del ciudadano Edwin Valera, en el sentido de que una vez finalizado el mismo y por supuesto concluido el debate probatorio la decisión de este honorable tribunal no a de ser otra si no absolver de toda responsabilidad penal a nuestro defendido, todo ello como este tribunal como órgano administrador de justicia en virtud de que el ciudadano representante del Ministerio Público no logro probar la autoría material del ciudadano aquí presente, así la cosa ciudadano juez luego de dos diferimientos por situaciones no imputables al tribunal en fecha 6 de Mayo hacen presencia en esta sala de juicio los ciudadanos Anny Jumagli Rodríguez España y Mauricio Antonio Contreras Cuevas, testigos promovidos por la defensa los cuales de una forma inequívoca, precisa y detallada señalan de que el ciudadano Edwin Valera el día 14 de Abril del año 2012, desde aproximadamente las nueve de la noche hasta el día siguiente 15 de Abril en horas de la tarde se encontraba disfrutando de una fiesta en un sector de gramoven de la Parroquia Sucre del Municipio Libertador, todos ellos fueron conteste en afirmar que el ciudadano Edwin llego en compañía de su padre, de su novia de que el mismo bestia de color negro, de que su novia bestia de blusa color rojo y pantalón jim y que su padre bestia una camisa de color beige, pantalón jim y que los mismos venían en un vehículo de color negro, asimismo los mismo manifestaron de que en el transcurso de la fiesta siempre lo estuvieron viendo por cuanto el mismo por ser padrino del niño pues estuvo colaborando en la realización de la fiesta, en fecha 21 de Mayo concurre en esta sala el funcionario del CICPC Jesús Absueta Quintero, órgano de prueba promovido por la fiscalía el cual solo se refiere de haber recibido en calidad de detenido acá en la sede del CICPC de la Guaira al ciudadano Edwin Valera, luego de haberse materializado la orden de aprehensión, de igual forma vino a rendir declaraciones la ciudadana Yoli Cañizales testigo promovido por la defensa, la cual también hace referencia de haber asistido a una fiesta en el Sector de Gramoven, siendo aproximadamente las nueve de la noche y haber permanecido allí hasta aproximadamente las seis de la mañana, ella indica no haber visto allí en ningún tipo de vehículo tipo moto y que cuando ella se retiro del sitio quedaban aproximadamente 15 personas y entre esas estaba el ciudadano Edwin Valera que la misma se refería a un cumple años y un bautizo y que era con motivos infantiles, cabe destacar ciudadano juez que dichas declaraciones rendidas acá en esta sala no fueron desvirtuadas en ningún momento por el órgano fiscal en el sentido de que en el día 14 de Abril siendo las horas de la noche el ciudadano Edwin Valera se encontraba en el sector de gramoven y no como erróneamente pretende hacerlo valer la representación fiscal de que se encontraba en un sitio del barrio Ezequiel Zamora, en fecha 6 de Junio comparecen por esta sala los ciudadanos Minorka Tibisay Aguilera Aldana y Yenifer Rojas Montilla testigos presenciales promovidos por esta defensa los cuales son contestes al afirmar el día que vinieron en esta sala no reconocer al ciudadano Edwin Valera como la persona que lamentablemente le causo la muerte al ciudadano Eduardo Sabino hecho punible objeto de este debate igualmente sostiene de que momentos antes de que ocurriera el hecho pues se percataron de la presencia de u vehículo tipo moto el cual se coloco al lado de una camioneta color blanco y el ciudadano que iba de parrillero le propino un disparo al ciudadano que iba manejando la camioneta, como es bien sabido ciudadano juez la garantía de la presunción de inocencia es inherente a la persona y una vez mas ratifico que dichos exposiciones formuladas acá por los ciudadanos testigos traídos por la defensa no fueron desvirtuados en ningún momento por el órgano fiscal, en fecha 13 de Junio no se llevo a cabo acto debido a que no hubo audiencia acá en el tribunal, en fecha 26 de Junio del año 2013 concurren por ante esta sala las ciudadanas Mayira Escobar, Rusbeli Bello y Carolina Noriega, testigos promovidos por el órgano fiscal las cuales a pesar de que manifestaron que iban dentro de la camioneta no son contestes al afirmar la posición que ocupaban dentro de la misma ni en realción al número de personas que iban dentro de dicho vehículo, es importante reasaltar que la ciudadana Carolina Noriega ubica dentro de la camioneta a la ciudadana Odalis Escobar, situación esta totalmente falsa por cuanto de acuerdo a las aseveraciones de la ciudadana Ruslebi Bello y Mayira Escobar la misma no abordaba la camioneta para el momento en que se produjo la lamentablemente muerte del ciudadano Eduardo Sabino, la ciudadana Mayira Escobar declara que al aparcar la camioneta la moto ya se encontraba delante de dicho vehículo situación esta también contraria a lo expresado por la ciudadana Rusbeli Bello y Carolina Noriega quienes señalan que la moto llego en el momento en que se estaciono la camioneta, por otra parte también la ciudadana Mayira Escobar, asevera de que entre la víctima y el victimario se produjo un forcejeo, situación esta que tampoco es señalada por las ciudadanas Rusbeli Bello y Carolina Noriega, la ciudadana Rusbeli Bello señala que el ciudadano Edwin Valera vive en el barrio Pettit Medina, que son vecinos que lo conoce de hace tiempo cuando lo cierto es que el ciudadano vive en un sector de mirabal de la parroquia Catia la Mar, asimismo en relación al testimonio de la ciudadana Rusbeli Bello, la misma niega y esto es una situación muy importante ciudadano juez la misma en una entrevista que dio con fecha 10 de Octubre ante la fiscalía tercera la misma señala que ella conoce al ciudadano Jhonatan que era el que conducía la moto inclusive señala sus características dice que es de piel morena, de cabello negro que no se percato de su vestimenta, dice ahí mismo que conoce al señor Edwin Valera desde hace años y que el mismo vive mucho mas debajo de la casa de ella eso lo formulo el 10 de Octubre de 2012 ante el órgano fiscal sin embargo acá hay una pregunta de la defensa que si conocía ciudadano Jhonatan las misma manifestó de no conocerlo por otra parte ciudadano juez los funcionarios Aparicio Héctor y el funcionario Delgado manifestaron acá en esta sala de que la camioneta fue hallada en un terreno baldío del barrio Ezequiel Zamora sin embargo la señora Rusbeli manifiesta que la misma fue ubicada en un estacionamiento por los lados de la Atlántida indudablemente que tenemos acá una contradicción con respecto a esta situación, la señora Odalis quien asistió acá el día 11 de Julio de 2013 no ubica ella como testigo presencial promovida por la fiscalía no ubica a nuestro defendido en el sitio del suceso y expresa una situación muy importante como las es de que en el sitio había poca luminosidad ella también expresa que la moto llego en ese momento y que no tenía certeza de su ubicación el doctor Francisco Mota que también concurrió ese día que la muerte de produjo por arma de fuego de proyectil único al tórax y ratifica el acta de protocolo de autopsia el detective Aparicio Héctor ya señalamos que dice que la camioneta estaba en un sector del barrio Pettit Medina la Doctora Johanna Romero se refirió al carácter leve de la lesión sufrida por la ciudadana Carolina Noriega, su opinión no es vinculante con respecto a la intencionalidad que pudo haber sucedido en el caso y referido a la tipificación del supuesto delito de Homicidio Frustrado, el funcionario Osber Rivas hizo referencia a las experticias por el practicadas las cuales pues en ningún momento vinculan a nuestro defendido con el suceso, en fecha 30 de Julio, 14 y 28 de Agosto se incorporaron unas documentales a los fines de darle continuidad al proceso en fecha 11 de Septiembre concurre por ante esta sala el funcionario Leonardo Delgado el cual señala lo anteriormente dicho de que la camioneta fue ubicada en un sector de Ezequiel Zamora y concurre por acá por esta sala el experto Juan Carlos Correa el cual se refiere a la experticia que le hizo a la camioneta y referida al avaluó, es importante resaltar ciudadano juez con respecto a las declaraciones de la ciudadana Rusbeli Bello y la ciudadana Escobar de que ellas acá en esta sala a una pregunta de la fiscalía de que sí reconocían que en esta sala estaba el ciudadano hoy acusado la mismas manifestaron dudas con respecto a la presencia del ciudadano Edwin Valera de hecho otro detalle importante fue de que de en fecha anterior la ciudadana Rusbeli Bello había estado en la sala como público y sin embargo a la pregunta de la fiscalía de que si lo reconocía también dudo y lo que expresaron fue que les parecía el que estaba aquí en la sala entonces haciendo referencia a estos detalles ciudadano juez de verdad que nos queda la duda a lo aseverado por esta ciudadana y lo digo en el sentido de que habiendo manifestado una opinión con respecto al ciudadano Jhonatan que conducía la moto después lo desmiente aquí señala una situación en el sentido de que el vehículo fue localizado en tal parte cuando los funcionarios del CICPC señalan que no que fue en un sector del barrio Pettit Medina entonces ciudadano juez de verdad que esto se a creado una incertidumbre entonces le creemos o no le creemos lo que dicen las ciudadanas entonces por el principio de universalmente conocido ciudadano juez, de in dubio pro reo, es por lo que en nuestro carácter de defensores del ciudadano Edwin Velera le solicitamos que el mismo sea absuelto de toda responsabilidad penal por los delitos que la fiscalía pretendió atribuirle y los cuales no logro probar. Es todo”

El Ministerio Público presentó los siguientes argumentos de réplica:

“Primeramente la defensa hablo de la autoría material considera esta representante fiscal que se evidencio la corresponsabilidad del hoy acusado como autor material ya que fue reconocido fehacientemente por las victimas y concordando con todas las diligencias interés criminalistico hecha por los funcionarios, en segundo lugar esta representante fiscal de igual manera contradice lo solicitado por la defensa al tener conocimiento de indicarle que efectivamente hubo un testigo contente o observaron al ciudadano hoy acusado en una fiesta en Caracas, tiene conocimiento que en el debate oral y público una vez evacuada esos testigos los mismos tuvieron contradicciones rotundas al no saber ni la bebida que se encontraba en ese momento consumiendo y no saber efectivamente la vestimenta del ciudadano y no saber la hora que el ciudadano se retiro del lugar, de igual manera la defensa hablo de los testigos promovidos por la representante fiscal al indicar que dos testigos efectivamente promovidos por nosotros no indicaron el reconocimiento del ciudadano, es evidente que esta representante fiscal promovió cuatro testigos fundamentales testigos presenciales las cuales dos fueron contestes, ratificantes al decir que el ciudadano quien desenfunda el arma de fuego fue le ciudadano Edwin Maurice Valera de igual efectivamente quizás los testigos no indicaron a ciencia cierta las características del ciudadano indicaron la circunstancia de modo, tiempo y lugar de los hechos las cuales dan fe de que los hechos sucedieron dando la circunstancia a la que llegaron a esto, esta representante fiscal se opone a la defensa de la diligencia de interés investigativa que realiza el ciudadano Osber Rivas sabemos que los funcionarios, detectives o funcionarios técnicos lo que se encargan es de hacer de llegar al lugar certificar el lugar de los hechos desvirtuar las versiones, en virtud de las transcripciones y novedades recibidas y de igual manera recolectar las evidencias de interés criminalistico que se encontraba en el lugar, por el momento se solicita que se mantenga el criterio, solicita esta representante fiscal que la sentencia adecuada sea la sentencia condenatoria en virtud de los elementos que nos acompañan y medios de prueba. Es todo”.

La defensa, por su parte, argumentó en contrarréplica:

“Ciudadano juez con respecto a la aseveración hecha por el ciudadano fiscal si bien es cierto pues la ley permite que un fiscal pueda suplir a otro no a sido el caso por el principio de inmediación el caso de su persona ciudadano juez, los que presenciamos acá este debate nos pudimos dar cuenta de que sencillamente si bien es cierto que en un acta policial la ciudadana Rusbeli Bello y su señora madre mencionan al ciudadano Edwin Valera no es menos cierto que aquí en esta sala a la cual no estaba presente a ese día el ciudadano fiscal presentaron ciertas dudas con respecto al reconocimiento de dicho ciudadano, con respecto a la observación que hace de los testigos presentados por la defensa indudablemente que los que estuvimos aquí presente nos pudimos dar cuenta de la aseveración que fueron contestes con respecto a las preguntas que fueron formuladas tanto por la defensa como por la ciudadana fiscal que estaba en esa oportunidad, respecto a los testigo de la fiscalía ya e hecho suficientes referencia con respecto a eso o sea a la incertidumbre que guarda porque en un momento dicen una cosa y aquí en la sala aseveran otra entonces de verdad que queda la duda sin en realidad el ciudadano fue o no fue reconocido hago hincapié en eso ciudadano juez en el sentido de que por las apreciaciones que se hicieron acá en esta sala pues pareciera de que ya hubiese una actuación una premeditación a señalar a un ciudadano con respecto a la comisión de un hecho punible tan grave como es la muerte de una persona y en tal sentido ciudadano juez usted que presencio todo el debate, usted que se dio de cuenta como sucedieron las cosas acá en esta sala presencio las declaraciones de los ciudadanos testigos a usted como órgano que administra justicia le corresponde en este caso tomar una sabia decisión y esa no a de ser otra que de absolver de toda responsabilidad penal al ciudadano Edwin Valera por el delito que trato de probar ciudadano representante del Ministerio Público. Es todo”.

Encontrándose presente en sala, la víctima indirecta, ciudadana RUSBELI BELLO ESCOBAR al serle concedida la palabra expresó: “Señor juez el 14 de Abril cuando se murió mi esposo, qué voy a ganar yo mintiendo, acusando a alguien cuando el sabe que ahí estaban mis hijas, qué gano yo con eso, yo no gano nada yo lo que quiero es tranquilidad, yo no tengo tranquilidad porque ni siquiera puedo ir para mi casa con mis hijas, ni siquiera puedo venir para acá, cada vez que salgo de aquí me insultan, me dicen mil cosas, yo no tengo culpa de nada ni siquiera yo he dado acusar a alguien que no halla visto ese día, el único que vi ese día y lo sigo diciendo que él fue el que mató a mi esposo y ese día le dije aquí a todos los que estaban presentes que no lo podía ver porque lo estaban tapando, no dije que no lo reconocía ni que no se encontraba en esta sala, en ningún momento dije eso yo quiero salir no quiero estar aquí” (procedió a retirarse de la sala).

Finalmente, el ciudadano acusado, siendo impuesto del precepto establecido en el artículo 49, numeral quinto de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela manifestó su deseo de declarar, expresando antes del cierre del debate: “Buenas tardes yo hoy vengo a declarar en esta sala de audiencias porque primero que nada me considero inocente de todo lo que me están acusando en este tiempo ya que por culpa de unas presunciones me hicieron perder mi carrera lo cual yo puse mucho empeño, no veo la finalidad de que me estén acusado sobre ese delito lo cual la verdad es la primera vez que yo veo a esa señora como le explico mis abogados yo no vivo cerca de ella yo vivo yo quisiera que usted fuera y se diera cuenta donde viven ellas a donde vivo se lo voy a decir a corto es como decir aquí al tribunal y yo vivo en Caraballeda algo así entonces yo no entiendo cual es la finalidad de las mentiras de esas personas que yo llegue disparando yo sería incapaz de quitarle la vida a una persona por equis causa o lo que sea entonces no veo la finalidad de las mentiras como usted se puede dar cuenta de las declaraciones que ellas dan tanto en el CICPC como en la fiscalía ninguna de ellas dicen lo mismo solo presunciones quien dice que ellas no me quieren perjudicar porque en lo que ha pasado aquí en este juicio no han probado que yo fui el que dispare no hay una prueba contundente que diga que yo fui el que dispare no hay un arma de fuego no hay una prueba así de pólvora que diga que me involucre a mi directamente en el homicidio solo presunciones y no creo que la justicia venezolana porque en realidad creo en la justicia venezolana porque como tiene en cuenta estaba estudiando para ser oficial de policía no creo que por solo presunciones logren condenar a una persona, por solo señalarme lo cual en el señalamiento en las declaraciones anteriores ellas dicen que me conocen a mi desde hace en años aproximadamente diez años si yo conozco una persona desde hace diez años y me toca declarar en contra de ella y me toca señalarla yo no dudaría de señalarla porque se que es esa la persona tengo mas de diez año conociéndola y la señalaría directamente lo cual aquí en esa audiencia en ese día no paso eso, las señoras tuvieron dudas lo cual ellas dijeron que me parece que es el yo creo que es el que esta ahí entonces de verdad no veo la intención de esa persona en quererme acusar a mi de un homicidio de verdad lo siento porque a mi también me mataron un hermano y se que es lo que se siente eso lo cual se cual es la persona que mato a mi hermano se quién fue y yo no quise tomar represaría con esa persona porque creo mucho en Dios también y el sabrá cual es la estructura de cada persona de verdad no me explico porque me están acusado de ese delito tan grande ahí yo veo tanta mal intención en este caso señor juez que le voy a dar un punto muy referente en la audiencia preliminar esta bien estamos en una audiencia de juicio ya eso paso pero me gustaría que lo supiera en la audiencia preliminar a mi me difirieron 5 veces porque nunca fueron las testigos el día que fueron fue la señorita que declaro la que salio llorando la esposa del hoy occiso y esta otra señorita presente hoy en la sala y no se cual era la intensión de la fiscalía en ese momento que esa persona desistió en esa audiencia preliminar ella no fue testigo, ella no fue víctima ella no fue nada en ningún momento en ese caso porque por lo que pude ver en el expediente ella no aparece en el caso y ese día la fiscalía la tomo como testigo como víctima haciendo la pasar por la que tenía el tiro en la pierna de verdad yo ese día como no sabía quien eran ellas de verdad no me percate si no que pensé que eran ellas después me doy cuenta cuando me mandan al juicio oral y público al transcurrir las audiencias me doy cuenta que la señorita que tiene el rose de bala en la pierna es otra no fue la misma que estaba en la audiencia preliminar yo se lo comunique a mis abogados y ellos me dijeron que eso se iba a saber lo cual por esa persona me están culpando de un homicidio frustruoso ese día por lo que dicen lo testigo que llevaron al occiso al hospital y la señorita del rose de la bala en la pierna ella dice que fue herida de bala ella era una testigo clave en ese caso y ella no vio ella dice que no vio nada porque todo fue muy rápido y ella esta detrás del conductor y por lo que aquí se a dicho el que disparo, disparo del lado del conductor como no lo puede reconocer la persona que esta detrás del conductor y si lo puede reconocer una persona que este del lado del conductor me imagino yo nosotros los seres humanos somos que con el miedo busca de salvar nuestra vida hacemos lo que sea usted señor juez y disculpe usted escucharía un impacto de bala y se asomaría a ver quien fue el que disparo creo yo que eso es algo, lo cual ella dice que también la llevan para el periférico y la esposa del hoy occiso y la mamá de la esposa dicen que la llevaron para el hospitalito como se enteran ella que la llevan al hospitalito si según ellas están en el CANE con el familiar de ellos, si la que tiene el impacto de bala dice que la llevaron a un hospital muy diferente a lo que están diciendo la esposa y la suegra entonces ahí nos damos cuenta de que se están diciendo mentira aquí en esta sala y como creo en la justicia venezolana vuelvo y se lo repito señor juez usted es profesional y usted sabrá tomar la decisión correcta en este caso porque de verdad no entiendo todo este tiempo fíjese usted ya tengo un año y un mes preso todo este tiempo que me han hecho pasar a mí cosas que cuando uno esta preso y nunca se imagina que podrá vivir cosas que puede observar okey esta bien ellas quieren un culpable para eso esta el representante del Ministerio Público para que haga las diligencias correctas para que se demuestre el culpable porque cuando empezó este caso yo tenia un abogado privado lo cual le dieron 45 días de investigación el metió unos escritos pidiendo muchas investigaciones del caso como el reconocimiento en rueda que yo dije ese día señor juez que quería que me hicieran un reconocimiento en rueda porque esas señoras a mi no me habían visto y yo se que estaba plenamente identificado pero yo sabia que en el reconocimiento en rueda esas señoras no me iban a reconocer porque ellas nunca me han visto a mi y no me la admitieron mi abogado pidió la experticia ocular de la camioneta tampoco esta la experticia ocular de la camioneta mi abogado pidió la reconstrucción de hechos y tampoco quisieron hacerme reconstrucción de hechos trayectoria balística nada de eso esta solo una hoja de una planimetría que usted puede observar que horita la enseñaron y es una prueba documental que no hay plasmado nada en esa hoja solo una firma y un sello y los funcionarios del CICPC son los expertos entonces no entiendo porque la fiscalía no hizo hincapié en esas investigaciones si ella quieren buscar un culpable de verdad señor juez yo solo quedo en manos de Dios y que sea lo que Dios quiera y espero que usted tome su mejor decisión y su profesionalismo. Es todo”.

Apreciados como han sido los medios de prueba anteriormente descritos según la sana crítica, observando las reglas de la lógica, los conocimientos científicos y las máximas de experiencia, observa quien aquí decide que el objeto del debate oral y público consiste en la reconstrucción histórica del hecho por medio de los elementos de prueba lícitamente incorporados al proceso; como así lo define el artículo 13 del Código Orgánico Procesal Penal, “…establecer la verdad de los hechos por las vías jurídicas, y la justicia en la aplicación del derecho…” (destacada nuestra).

En primer lugar, pasa a referir este despacho los medios de prueba que se desechan o se descartan, bien sea por no arrojar ningún valor probatorio sobre el thema decidendum planteado, o por otras circunstancias de índole procesal y en este sentido, se deja constancia que fue imposible la incorporación del acta de levantamiento de cadáver y de trayectoria balística ofrecidos por el Ministerio Público pues si bien fueron admitidos los medios de prueba de manera genérica en la fase intermedia, no cursan a los autos las experticias y diligencias aquí mencionadas.

Por otra parte, se desecha el contenido de las actas de investigación penal cursantes a los folios 2, 3, 54, 55 y 123 de la primera pieza del expediente, por tratarse de actas administrativas en las que se deja constancia de las investigaciones realizadas por los funcionarios auxiliares de justicia, pero que en modo alguno puede sustituir su testimonio, no constituyendo tampoco prueba documental, desestimando igualmente la declaración del ciudadano JESÚS ABSUETA, pues no aporta ningún elemento útil para la comprobación del hecho ni para corroborar o desvirtuar la imputación fiscal, así como el levantamiento planimétrico exhibido en sala por las mismas circunstancias.

En este orden de ideas, se aprecia que ciertos alegatos de las partes, bien sea por haber llegado al final del proceso o por comparar actas de investigación, o de entrevistas tomadas en dicha fase con los testimonios evacuados, desvian el thema decidendum y dificultan la correcta labor del tribunal. Sin embargo, lo cierto es que el proceso penal está imbuido de dos características: la oralidad y la inmediación, y así como existía la vieja máxima del derecho procesal según la cual lo que no está en el expediente no está en el mundo, lo que no se evacuó y probó en esta sala no existe. Por ello es un tremendo dislate pretender que el tribunal, constate tales actuaciones y valore la prueba mediante tal comparación, lo cual equivaldría a un error en la apreciación de la prueba controlada y contradicha por las partes en este proceso.

Recordemos entonces, que el debate persigue la reconstrucción histórica del hecho por obra de los medios de prueba incorporados lícita y legalmente, y es el caso que aquí se afirmaron circunstancias equívocas sobre el lugar donde se encontraba el acusado al momento de los hechos, a lo cual nos referiremos más adelante.

Quedó probado incuestionablemente, que el ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO fue muerto en horas de la noche, aproximadamente a las diez y treinta horas post meridiem del día 14 de abril de 2012, en el sector Petit Medina del Barrio Ezequiel Zamora, Parroquia Catia La Mar en la vía pública, cuando el mismo se encontraba a bordo de una camioneta marca Toyota, modelo Land Cruiser, color blanca, placas NAL92R en la cual se encontraban a bordo varias personas, entre las cuales resultó herida la ciudadana NAYROBIS RODRÍGUEZ, cuando fue interceptado por dos personas a bordo de una moto que se paró al lado del chofer y abrió fuego en contra de las víctimas, logrando el primero salir del vehículo para posteriormente caer inerte en el pavimento, encontrándose demostrada la existencia del vehículo que aquí se refiere con el testimonio del ciudadano JUAN CARLOS CORREA, quien practicó experticia y avalúo a dicho vehículo la cual se adminicula a su dicho desestimando lo alegado por la defensa en cuanto al sitio de ubicación de dicho vehículo pues no es circunstancia que haga variar ni la materialidad del delito, ni la responsabilidad de los posibles partícipes en el hecho.

Resulta igualmente útil para la comprobación del hecho, la declaración rendida por el ciudadano OSBER RIVAS, quien realizó sendas inspecciones técnicas en el sitio del suceso así como al cadáver de la víctima, dejando constancia de todas estas características y de la colección de evidencias físicas, tales como conchas de bala y sustancia de naturaleza hemática que corroboran el hecho objeto del proceso, las cuales además fueron incorporadas por su lectura y se adminicula a su testimonio, dejando además constancia de las heridas constatadas en el cuerpo de la víctima, y que es conteste con el dicho de los expertos FRANCISCO MOTA y JOHANNA ROMERO, médico anatomopatólogo y forense respectivamente quienes dejaron constancia, el primero de haber apreciado en el cuerpo exánime del agraviado una herida por arma de fuego que le causó la muerte al producirle hemorragia interna secundaria a la perforación de corazón y pulmones, y la segunda de haber apreciado en la víctima NAYROBIS RODRÍGUEZ NORIEGA una cicatriz en cara anterior de muslo derecho de 1,5 centímetros de diámetro, calificadas como de carácter leve, habiéndose incorporado por su lectura sus respectivos peritajes que se adminiculan a sus testimonios, dejando constancia además de excoriaciones que confirman lo relatado por el Ministerio Público y los testigos, quedando finalmente acreditado el deceso del ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO, con el contenido del certificado de defunción y acta de inhumación que igualmente fueron incorporados por su lectura en copia simple y que no fueron objetados en su eficacia acreditante.

Las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho se encuentran acreditadas por medio de los testimonios rendidos por las ciudadanas NAYROBIS RODRÍGUEZ, quien a pesar de apreciarse temerosa, evasiva, restando importancia a su propia lesión al momento de declarar y por supuesto, no haber apreciado la totalidad del hecho al tratar de ponerse a resguardo de su integridad y de su propia hija, es conteste con el dicho de la ciudadana MAYIRA ESCOBAR y RUSBELIS BELLO, quienes se encontraban a bordo del vehículo y apreciaron que de manera intempestiva, se acercó un vehículo tipo moto tripulado por dos personas, procediendo el parrillero a introducir su brazo y abrir fuego en contra del exánime, hecho que también fue apreciado por la ciudadana ODALIS ESCOBAR, quien se encontraba a cierta distancia del lugar pero los apreció y narró en circunstancias armónicas, tomando en cuenta las imprecisiones propias de la prueba testimonial.

En este punto, se observa que las contradicciones alegadas por la defensa, han sido analizadas por este despacho sin encontrar alguna que quebrante la coherencia de la prueba testimonial aquí apreciada, con las diferencias propias de la percepción del ser humano, en la que intervienen toda suerte de circunstancias preexistentes, concomitantes y posteriores que le llevan a alterar la realidad, y hasta a falsearla cuando interviene la voluntad de manera consciente o inconsciente. En todo caso, las declaraciones no pueden encajarse como un rompecabezas cuando se aprecian en su justa dimensión, encontrando no obstante puntos de concordancia que convergen para crear la certeza judicial.

Y en este orden de ideas, se aprecia que las ciudadanas MAYIRA ESCOBAR y RUSBELIS BELLO pudieron apreciar que la persona que disparó causando la muerte del ciudadano EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO y de la ciudadana NAYROBIS RODRÍGUEZ fue el ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, apreciando la ciudadana ODALIS ESCOBAR a un ciudadano de iguales características físicas las cuales describió al deponer, y coinciden con el acusado.

Por ello, este juzgado desestima el testimonio de las ciudadanas MINORKA AGUILERA y YENIFER ROJAS, quienes refieren unos hechos sensiblemente distintos y describen a personas distintas a las involucradas en el hecho pesquisado e investigado por los órganos auxiliares de justicia, que ni siquiera prestaron su testimonio en la fase de investigación y que no merecen ninguna certeza para este decisor, como mucho menos los asertos de las ciudadanas ANNY RODRÍGUEZ, YOLI CAÑIZALES y el ciudadano MAURICIO CONTRERAS, quienes refieren la presencia del acusado en un lugar distinto siendo ciertamente contradictorios al haber sido interrogados por las partes y este tribunal. No hay ninguna vinculación de sus afirmaciones con las circunstancias de modo, tiempo y lugar del hecho ni crean certeza, pues no hay ninguna evidencia que permita respaldar sus poco creíbles circunstancias exculpatorias.

Con todo esto, ha quedado demostrado más allá de toda duda razonable que el autor de los hechos que este Tribunal encuadra bajo las previsiones de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 ejusdem, primero porque nunca se estableció ninguna de las circunstancias calificantes esgrimidas por la fiscalía en su acusación, es decir, no se demostró que se hubiese cometido el hecho con premeditación, ni actuando sobreseguro, ni tampoco fueron múltiples disparos como así lo asentó en el libelo acusatorio, ni se desprende de lo probado que existiese intención, directa o indirecta de quitar la vida a la ciudadana NAYROBIS RODRÍGUEZ, quien fue afortunadamente herida levemente, adecuando de esta manera la calificación jurídica a los hechos en orden a una perfecta cuadratura del tipo penal en atención a la conducta desplegada y a una sanción proporcional, fueron perpetrados por el ciudadano aquí sometido a proceso.

En consecuencia, y en fuerza de todos los razonamientos anteriormente expuestos, la sentencia que de seguidas se pasará a dictar será condenatoria, al haber encontrado al ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, como autor culpable y responsable de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 ejusdem. ASÍ SE DECLARA.

PENALIDAD

En lo que respecta al quantum de la pena que se debe imponer al ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ, este Juzgador observa que el delito de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal establece en el tipo una sanción de doce (12) a dieciocho (18) años de prisión, siendo su término medio conforme a lo dispuesto en el artículo 37 ejusdem, quince (15) años de presidio. Ahora bien, al apreciarse la concurrencia de dos circunstancias atenuantes, como lo son la edad del acusado, quien a la fecha de los hechos no contaba con veintiún años de edad, así como que el mismo no registra antecedentes penales, según certificación cursante al folio 83 de la cuarta pieza del expediente, acuerda aplicar la pena en su límite mínimo, que equivale a doce (12) años de presidio.

Igualmente, el delito de LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal, establece una sanción de tres (3) a seis (6) meses de arresto, siendo su término medio conforme a lo dispuesto en el artículo 37 ibídem, cuatro (4) meses y quince (15) días de arresto, que será impuesta en su límite mínimo por las consideraciones que preceden, y equivale a tres (3) meses de arresto.

Ahora bien, como quiera que la última pena resulta menor a la correspondiente por la comisión del delito de HOMICIDIO SIMPLE, estimada en doce (12) años de presidio, por mandato del artículo 87 del Código Penal hecha la respectiva conversión computando un día de presidio por cada tres de arresto, con lo cual, convertida ésta según el precepto sustantivo en cuestión quedando en un (1) mes de presidio, en definitiva, será de DOCE (12) AÑOS Y UN (1) MESES DE PRESIDIO, la pena que en definitiva deberá cumplir el ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMÍREZ. Y ASÍ SE DECIDE.

DISPOSITIVA

En razón de las consideraciones que preceden, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley,

ÚNICO: CONDENA al ciudadano EDWIN MAURICE VARELA RAMIREZ, titular de la cedula de Identidad N 24.182.941, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS, Y UN (1) MES DE PRESIDIO, así como a las accesorias establecidas en el artículo 16 del texto sustantivo penal, como autor culpable y responsable de los delitos de HOMICIDIO SIMPLE, previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal en perjuicio de EDUARDO RAFAEL SABINO MORENO y LESIONES LEVES, previsto y sancionado en el artículo 416 del Código Penal cometido en perjuicio de la ciudadana NAYROBIS RODRÍGUEZ. Se le exonera del pago de las costas procesales, de conformidad con lo previsto en el artículo 272 del Código Orgánico Procesal Penal y por el principio de gratuidad de la justicia establecido en el artículo 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela; todo de conformidad con lo establecido en el artículo 349 del Código Orgánico Procesal Penal.

Regístrese, publíquese, diarícese y notifíquese. CÚMPLASE.

Dada, firmada y sellada en el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, en Macuto, a los dieciocho (18) días del mes de diciembre de dos mil trece (2013), años 203° de la Independencia y 154° de la Federación.
EL JUEZ,

VÍCTOR A. YÉPEZ PINI.
LA SECRETARIA,

Abg. MARÍA LAURA ROMERO.