REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE EJECUCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCIÓN DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ESTADO VARGAS
Macuto, 17 de Diciembre de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : WP01-S-2013-002852
ASUNTO : 2E-2743-13
AUTO DE EJECUCION SIN DETENIDO
Corresponde a este tribunal emitir pronunciamiento de conformidad con lo establecido en el artículo 474, en su encabezamiento del Código Orgánico Procesal Penal, en la causa seguida en contra del ciudadano penado RAFAEL VALENTIN ZAMBRANO MAYORA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 17-12-1972, de 41 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, hijo de Lina Mayora (f) y José Zambrano (f) , residenciado vía Carayaca, sector Vista el Mar, casa color blanca y titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.864.874, sobre quien recayó sentencia definitivamente firme dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia con competencia en Delitos de violencia contra la Mujer en función de Control, audiencia y medidas de circunscripción Judicial del Estado Vargas en fecha 20/11/2013, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (6) MESES y CUATRO (04) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA EN LA MODALIDAD DE ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 474 del Código Orgánico Procesal Penal, se procede a la ejecución de la pena antes señalada, dejándose establecido que de la revisión efectuada a las actas se acredita que el ciudadano penado RAFAEL VALENTIN ZAMBRANO MAYORA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, Estado Vargas, nacido en fecha 17-12-1972, de 41 años de edad, de profesión u oficio albañil, de estado civil soltero, hijo de Lina Mayora (f) y José Zambrano (f) , residenciado vía Carayaca, sector Vista el Mar, casa color blanca y titular de la cédula de identidad Nº 12.864.874, se encuentra en libertad, en virtud de que en fecha 17-11-2013, el Juzgado Primero de Primera Instancia con competencia en Delitos de violencia contra la Mujer en función de Control, audiencia y medidas de circunscripción Judicial del Estado Vargas le otorgo medida cautelar sustitutiva de Libertad, la establecida en el artículos 242 numerales 3 y 8 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se evidencia que estuvo detenido por un tiempo de DOS (02) MESES y CUATRO (04) DIAS, toda vez que detenido en fecha 17-09-2013, faltándole entonces por cumplir un lapso de DOS (02) AÑO y CUATRO (04) MESES, para cumplir en su totalidad la pena que le fuera impuesta.
Por otra parte, a este tribunal le es imposible en la actualidad fijar la fecha de finalización de la condena impuesta al ciudadano penado RAFAEL VALENTIN ZAMBRANO MAYORA, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de la guaira, Estado Vargas, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.864.874, así como la duración de la pena accesoria, por cuanto el penado se encuentra en libertad, siendo procedente tramitar a su favor la Suspensión Condicional de la Ejecución de la Pena, para lo cual se ordena citarlo e imponerlo de la presente decisión.
DISPOSITIVA
En virtud de lo precedentemente expuesto, este Tribunal de Primera Instancia en Función Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Vargas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN DE LA PENA impuesta en sentencia firme al ciudadano penado RAFAEL VALENTIN ZAMBRANO MAYORA, y titular de la cédula de identidad Nro. V.-12.864.874, mediante la cual se le condeno a cumplir la pena de DOS (02) AÑOS, SEIS (6) MESES y CUATRO (04) DIAS DE PRISION, por la comisión del delito de ABUSO SEXUAL A NIÑA EN LA MODALIDAD DE ACTOS LASCIVOS AGRAVADOS, previsto y sancionado en el segundo aparte del artículo 259 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, conforme a lo previsto en los artículos 474, encabezamiento, en concordancia con el 482 del Código Orgánico Procesal Penal.
Publíquese, dialícese, notifíquese, cítese al penado para ser impuesto, déjese copia y líbrense los oficios correspondientes. TRAMITASE LA SUSPENSICION CONDICIONAL DE LA EJECUCION DE LA PENA, al ciudadano penado RAFAEL VALENTIN ZAMBRANO MAYORA,
EL JUEZ (2º) DE EJECUCION,
DR. MAURO RODRIGUEZ BARBOZA
LA SECRETARIA,
ABG. ROSA LILIANA CARRERA
Seguidamente se le dio cumplimiento a lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABG. ROSA LILIANA CARRERA
ASUNTO: WP01-S-2013-002852