REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL


REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 10 de Enero de 2013
Año 202º y 153º

Por recibido el presente expediente, proveniente del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil del Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, relacionado con el expediente N° 8429/12 ( nomenclatura de ese Juzgado), el cual subió a esta Alzada en virtud de la apelación interpuesta por la apoderada judicial de la parte actora ciudadana MIRIAM ZORAYA SALAZAR PERAZA, abogado en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 36.297, en contra del fallo dictado en fecha 06 de Diciembre de 2012, en el Juicio de INTERDICTO RESTITUTORIO POR DESPOJO presentada por los ciudadanos MIGUEL ANGEL SANCHEZ CONTRERAS y BEATRIZ CHIQUINQUIRA VALBUENA JIMENEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad N° V-6.118.928 y V-12.440.240 respectivamente contra la ciudadana NATHALY ALICIA ALBORNOZ ABREU, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N°V-6.515.416, mediante la cual declara: INADMISIBLE la querella INTERDICTAL RESTITUTORIA POR DESPOJO, désele entrada de conformidad con el artículo 516 del Código de Procedimiento Civil y anótese en los libros respectivos llevados por este Juzgado. En consecuencia, se fija el DÉCIMO (10mo) día de despacho siguiente al de hoy, la oportunidad para que las partes presenten sus INFORMES por escrito, a una cualesquiera de las horas de Despacho establecidas en la taquilla del Tribunal, conforme lo establece el artículo 517 ejusdem. Provéase lo conducente.-
EL JUEZ

DR. WILBERTO SAAVEDRA MARVAL
LA SECRETARIA ACC

LIXAYO MARCANO
EXP: 2361
WSM/LM/lili