REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CIVIL


REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR ACCIDENTAL EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.


Maiquetía, 31 de Enero de 2013.
Años 202° y 153°

Vistas las anteriores actuaciones, y por cuanto en fecha 30 de enero del año en curso, este Juzgado resolvió la incidencia surgida en el presente juicio, declarando Con Lugar la Inhibición planteada por la Dra. María Carolina Mariotto Ortiz, Jueza Titular de este Despacho, se deja constancia que a partir del día siguiente a la presente fecha, comenzará a transcurrir el lapso de cuarenta (40) días calendario para dictar la respectiva sentencia, conforme a lo establecido en el artículo 522 del Código de Procedimiento Civil.
EL JUEZ ACCIDENTAL


DR. JOSÉ HECHT GARCÍA

LA SECRETARIA Acc.


LIXAYO MARCANO MAYORA


JHG/LMM
Exp. N° 2000