JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, nueve de enero del año dos mil trece.
202 y 153º
Vista la diligencia de fecha 07/12/2012, suscrita por el abogado DANIEL ANTONIO OCARVAJAL ARIZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.090, este Tribunal NIEGA lo solicitado por el abogado DANIEL ANTONIO OCARVAJAL ARIZA, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 81.090, por cuanto en el expediente no consta que el referido abogado tenga poder que lo acredite en autos.
Abg. M.Sc. GREGORIO EDECIO PEREZ AGUILAR
JUEZ
Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO ACCIDENTAL
En la misma fecha se publicó la anterior decisión, siendo las 09:00 a.m., quedando registrada bajo el N° 01 y se dejó copia certificada para el archivo del Tribunal.
Abg. VICTOR ANDRADE GARCIA
SECRETARIO ACCIDENTAL
Exp. Nº 6.754/2012
ELSA M.