JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. San Cristóbal, dieciséis de enero de dos mil trece.
202° y 153°
Recibido por distribución. Fórmese expediente, inventaríese, désele entrada y el curso de ley correspondiente. Admítase cuanto ha lugar en derecho el escrito de PARTICIÓN AMISTOSA, presentado por los ciudadanos YOLY KATHERINE ROMERO SIERRA y OMAR BALLESTERO MORENO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.550.259 y V-12.568.376, en su orden, debidamente asistidos por la abogada Daniela Ismeria Maldonado Maldonado, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 159.235; de conformidad con lo solicitado y por encontrarse a derecho, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTOBAL Y TORBES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACION, a la transacción efectuada, por los ciudadanos YOLY KATHERINE ROMERO SIERRA y OMAR BALLESTERO MORENO, otorgándole su aprobación, en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA. Queda así partida y liquidada la comunidad conyugal que existió entre los mencionados ciudadanos, bajo la forma, términos y condiciones establecidas entre ellos. Así mismo se acuerda expedir copia certificada de la solicitud y del presente auto, a los fines de su protocolización en la oficina de Registro respectiva.-
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,

Zulimar Hernández Méndez

En la misma fecha se le dio entrada bajo el N° 7662 del libro respectivo, registró la anterior decisión y se dejó copia bajo el N° 16
Marilú