REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO
DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO VARGAS.

Maiquetía, 08 de Enero de 2013
202º y 153º

ACTA

Nº DE EXPEDIENTE: WP11-L-2012-000244
PARTE ACTORA: MARIUXIS LISBETH MAGALLANES P, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nro. V.- 14.568.799
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: VALENTINA RODRÍGUEZ, SOLANGE DEL VALLE MARÍN y ELENA MARIA MARCOVICHE, abogadas en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 52.321, 163.118 y 163.778, respectivamente
PARTE DEMANDADA: CALIDA FOODS C.A. (OH LALA).
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: NAUDY ERASMO MARQUEZ DURAN, JOSE FELIX RIVAS VELASQUEZ Y LUIS MENDEZ SALAZAR, abogados en ejercicio, de este domicilio e inscritos en el Inpreabogado bajo los números 48.780, 95.370 y 140.001 respectivamente. (Consigna Poder en original y copia a los fines de ser certificado por Secretaría, en consecuencia, este Tribunal, ordena la certificación y que se agregado a los autos que conforma el presente expediente).
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS CONCEPTOS LABORALES.

En el día hábil de hoy, Martes ocho (08) de Enero del año dos mil trece (2013), siendo las 10:00 a.m. de la mañana, oportunidad fijada para que tenga lugar el inicio de la audiencia preliminar en el presente proceso, comparece a la misma el Apoderado Judicial de la parte demandada, el Profesional del derecho JOSE FELIX RIVAS VELASQUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 95.370. Asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la Ciudadana MARIUXIS LISBETH MAGALLANES, parte actora, ni por sí ni por medio de Apoderado Judicial alguno. Por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Quinto de Sustanciación, Mediación y Ejecución, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Asimismo ordena el cierre y archivo del expediente en su oportunidad.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISIÓN.
Años 202° y 153°.
EL JUEZ

DR. ARNALDO RODRÍGUEZ

LA PARTE COMPARECIENTE:

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA

LA SECRETARIA


ABG. MARBELYS BASTARDO

WP11-L-2012-000244