REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 15 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: WP21-H-2012-000750
Visto el presente convenimiento de HOMOLOGACION DE OBLIGACION DE MANUTENCION ciudadanos FRAVI JOSE SILVA TRUJILLO Y MENESES UGUETO KATIUSKA FRANCELA, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números V-17.483.409 y V- 18.323.654. Respectivamente, a favor del niño SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA , por la defensora municipal nº 102 ANALID MILLAN, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, las partes solicitan la homologación del referido convenimiento. En consecuencia, ésta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley HOMOLOGA y acuerda impartir su debida aprobación al contenido del convenio suscrito por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA).
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Aimara Ramirez
Hora de Emisión: 2:44 PM
Asistente que realizo la actuación:
|