REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 28 de Enero de 2013
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2012-000989

Instruida como ha sido la presenta solicitud, presentada por los ciudadanos EVELYN CAROLINA ALFONZO, ROSENDO JESUS CARVAJAL ALFONZO y DANIELA DAYMEL TORREALBA ALFONZO de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°.V-16.309.901, V-16.309.902 y 18.323.778, actuando en interés propio y en interés del adolescente SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, asistidos por la Defensora Publica Segunda GLEYKA ZAMORA, éste Tribunal dejando a salvo los derechos de terceros de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA: TITULO SUPLETORIO, a favor del adolescenteSE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, titular de la cédula de identidad V- 27.178.022, y de los ciudadanos EVELYN CAROLINA ALFONZO, ROSENDO JESUS CARVAJAL ALFONZO y DANIELA DAYMEL TORREALBA ALFONZO, todos de nacionalidad venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad N°.V-16.309.901, V-16.309.902 y 18.323.778 , sobre el inmueble constituido por una casa ubicada en la siguiente dirección: BARRIO VISTA EL MAR, SECTOR LOMAS BLANCAS, ARRECIFE, PARROQUIA CATIA LA MAR, ESTADO VARGAS, dentro de los siguientes linderos: NORTE: En veinte metros (20 mts.) con casa que es o fue de Leonor Alfonzo. SUR: En veinte metros (20 mts.) con la vía principal hacia Carayaca. ESTE: En veintiséis metros (26 mts.) con casa que es o fue de Mery Cruz y por el OESTE: En veintiséis metros (26 mts.) con casa que es o fue de Yakelyn Rojas. Dicho inmueble posee las siguientes características tres (03) cuartos o habitaciones, una (01) sala, una (01) cocina, un (01) baño, un (01) balcón, un (01) pasillo con paredes de bloques frisadas, piso de cemento pulido, cerámica, puertas y ventanas con protectores de hierro y madera, techo de zinc, con todas las instalaciones de aguas blancas y negras, así como también de electricidad, construido con dinero de su propio peculio y con un VALOR REGISTRAL estimado de Bolívares CIEN MIL (Bs. 1000.000,00). Se ordena expedir a las partes interesadas copias debidamente certificadas por secretaria de la presente decisión. Cúmplase lo ordenado.-
La Juez

Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria

Abg. Yira Ceballos Vera




Hora de Emisión: 3:25 PM
Asistente que realizo la actuación: