REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetia, 29 de Enero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2013-000008
DISCERNIMIENTO DE CURADOR AD-HOC. Con Vista la anterior solicitud presentada por el ciudadano OCTAVIO JOSE JASPE IZAGUIRRE, venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de Identidad N° V-15.267.146 debidamente asistido por el Defensor Público Quinto Abg. NELSON YNAGAS actuando en este acto en nombre y representación a favor de su hija, la niña SE OMITEN DATOS DE CONFORMIDAD CON LO PREVISTO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA fue designada para ocupar dicho cargo a la ciudadana JUANA JUDITH IZAGUIRRE DE JASPE quien es venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V-6.471.851, quien acepto el cargo y juró cumplir fielmente la designación recaída en su persona; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curadora Ad-Hoc de la referida niña, a la ciudadana antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, así como su remisión a los Archivos Judiciales de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, Región Vargas. Cúmplase lo ordenado.
La Juez
Abg. Mercedes Vargas Villalobos
La Secretaria
Abg. Yira Ceballos Vera
Hora de Emisión: 3:08 PM
Asistente que realizo la actuación:
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