JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS SAN CRISTÓBAL Y TÓRBES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, San Cristóbal, diecinueve de febrero de dos mil trece.
202º y 153º
En el presente juicio N° 7852, instaurado por los abogados LEONCIO CUENCA ESPINOZA, CARLOS CUENCA FIGUEREDO Y ALEJANDRO CUENCA FIGUEREDO, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 24.472, 91.183 y 115.878, en su orden, por INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES, contra RAMONA ALVIAREZ PORRAS, titular de la cédula de identidad N° V-2.552.228; y vista la diligencia de fechas 05 de febrero de 2013, suscrita por las partes en el presente juicio, mediante la cual el demandante desiste de la demandada en todas y cada una de sus partes y la demandada da su consentimiento, por lo que ambas partes solicitan se homologue el desistimiento y se levante la medida decretada; este Juzgado considera procedente dicho pedimento, de acuerdo a lo previsto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil.
Por las razones expuestas, este Juzgado Tercero de los Municipios San Cristóbal y Tórbes de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, le imparte su HOMOLOGACIÓN, al desistimiento realizado por los abogados actores LEONCIO CUENCA ESPINOZA, CARLOS CUENCA FIGUEREDO Y ALEJANDRO CUENCA FIGUEREDO Y por la apoderada judicial de la parte demandada abogada GISELA SIFONTES RAMIREZ, otorgándole su APROBACIÓN y en consecuencia, se procede como en SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA y acuerda:
• Levantar la medida decretada el 23 de octubre de 2012.
• Participar lo conducente al Registro Público del Segundo Circuito del Municipio San Cristóbal, Estado Táchira.
• Dar por terminado y archivar el presente juicio.
Regístrese y déjese copia para el archivo del Tribunal.
El Juez temporal,

Juan José Molina Camacho
La Secretaria,


Zulimar Hernández Méndez
En la misma fecha se dejó copia bajo el N°
Marilú