REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.- JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA. La Grita, 14 de Febrero de 2013.
202º y 153º
Visto el ofrecimiento de Obligación de Manutención, hecho por el ciudadano, RAMIREZ CONTRERAS LUIS JAVIER, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-15.760.549, domiciliado en la vía principal del Llano de los Zambranos, casa N° 2-10. La Grita, municipio Jáuregui del estado Táchira, demandado en la presente causa, en el escrito de Promoción de pruebas presentado en este Juzgado en fecha 07-02-2013 y que corre inserto en el expediente al folio (13) y vista la diligencia de fecha 13-02-2013, que riela al folio (16) del expediente, suscrita por la ciudadana CARLA DE JESUS CONTRERAS MENDEZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.219.415, domiciliada en la carrera 6 casa N° 6-29 del Barrio Fátima. La Grita, municipio Jáuregui del Estado Táchira, mediante la cual expone. Acepto lo ofrecido por el padre de mi hija, ciudadano Luis Javier Ramírez, la cantidad de 1000,ooBs mensuales de manutención para mi hija Sofía Victoria Ramírez Contreras, donde exijo puntualidad en la misma y solicito la homologación del presente procedimiento, así mismo solicito se aperture una cuenta de ahorros a los fines de que sea depositada la Obligación de Manutención. En consecuencia este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JÁUREGUI, ANTONIO RÓMULO COSTA, SEBORUCO, JOSÉ MARIA VARGAS Y FRANCISCO DE MIRANDA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana y por Autoridad de la Ley. Homologa el presente acuerdo y ordena proceder como en Sentencia Pasada en Autoridad de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en él ARTICULO 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. Cúmplase con la obligación asumida. Líbrese oficio al Banco Bicentenario a los fines de la apertura de la Cuenta de ahorros y déjese copia de la presente decisión para el archivo del Tribunal.
EL JUEZ,
________________________________
Abg. GEORGE LASTRA POZO LA SECRETARIA,
______________________________
Abg. GLENIS ROSALES DE ROCHE
En la misma fecha se cumplió con lo ordenado y se libró oficio N° 3160-138 al Banco Bicentenario.
LA SECRETARIA
______________________

GLP/fanny
Exp. N° 1855-13