REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
EXPEDIENTE Nº 2651-06.
ACTO CONCILIATORIO POR INCUMPLIMIENTO DE OBLIGACION DE MANUTENCION
DEMANDADO: JACINTO ALEXANDER GUTIERREZ PEÑALOZA.
DEMANDANTE: NAN YULI CAROLINA PABON.
En el día de hoy, cuatro (04) de Febrero de 2013, presentes en el Juzgado de los Municipios Junín y Rafael Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, ciudadanos JACINTO ALEXANDER GUTIERREZ PEÑALOZA, titular de la cédula de identidad Nº V- 17.493.640 y, NAN YULI CAROLINA PABON titular de la cédula de identidad Nº 16.422.912, con la finalidad de realizar acto conciliatorio por incumplimiento de obligación de manutención. Se da inicio al acto por la ciudadana Juez Provisorio. Se le concede el derecho de palabra al ciudadano JACINTO ALEXANDER GUTIERREZ PEÑALOZA, quien manifestó: “Reconozco la deuda en la obligación de Manutención de la siguiente forma: Nueve Mil Trescientos Bolívares (Bs. 9.300,00) hasta el mes de Agosto de 2011, Septiembre y Octubre de 2011 Ciento Sesenta (Bs. 160,00), sumando la cantidad de Trescientos veinte (Bs. 320,00) y de Noviembre de 2011 a Enero de 2013 la cantidad de Cuatro Mil Doscientos Bolívares (Bs. 4.200,00); acumulando de esta forma la suma de Trece mil Ochocientos Veinte Bolívares (Bs. 13.820,00) hasta el presente año, los cuales me comprometo a depositar de forma integra en un único pago en un lapso de tres cinco (05) meses contados a partir del día de hoy, además depositare puntualmente las mensualidades de este año a partir del mes de Febrero; estas en razón de Trecientos Bolívares Mensuales.”. Es todo. Seguidamente se le concede el derecho de palabra la ciudadana NAN YULI CAROLINA PABON, quien manifestó “Estoy de acuerdo con lo aquí pautado. Exijo en este acto que el padre de mi hija cumpla de forma voluntaria el acuerdo aquí planteado, y pague en el tiempo señalado con lo ofrecido, solicito se me autorice el cambio de libreta a la del Banco Bicentenario y una vez renovada consignaré una copia al expediente y le hare llegar una al padre de mi hija.”. Igualmente se le recuerda a los partes que los gastos médicos son compartidos en un cincuenta (50%) por ciento entre las mismas. Es todo. Y se libra el oficio solicitado. En virtud de lo expuesto por las partes este JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS JUNIN Y RAFAEL URDANETA DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA, HOMOLOGA EL PRESENTE ACUERDO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 375 DE LA LEY ORGANICA PARA LA PROTECCION DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE, OTORGANDOLE CARÁCTER DE COSA JUZGADA Y EJECUTIVA. Es todo, se leyó y conformes firman.
LA JUEZA PROVISORIO
ABOG. ANA RAMONA ACUÑA
JACINTO ALEXANDER GUTIERREZ PEÑALOZA.
NAN YULI CAROLINA PABON
EL SECRETARIO ACCIDENTAL
ABOG. CARLOS DAVID DURAN VALERO.