En horas de Despacho del día de hoy, Miércoles Trece (13) de Febrero del año Dos Mil Trece, a las 2:00 p.m., se trasladó el TRIBUNAL EJECUTOR DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR, INDEPENDENCIA, LIBERTAD Y PEDRO MARIA UREÑA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, y se constituyó a las 2:40 p.m., en la sede de la Entidad Bancaria BANCO VENEZUELA, Agencia San Antonio, ubicada en la carrera 9, CON Calle 3, Esquina Plaza Bolívar, San Antonio, Municipio Bolívar del Estado Táchira, a los fines de dar cumplimiento a la Comisión conferida por el JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION Y EJECUCION DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TÁCHIRA, para llevar a la practica la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, decretado por el Juzgado de la causa en el juicio incoado el ciudadano TEODOMIRO GUTIERREZ DURANGO, contra el ciudadano OSWALDO JOSE BENAVIDES RANGEL, por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, expediente N° SP01-L-2011-000013, del Juzgado de la causa. Está presente el ciudadano TEODOMIRO GUTIERREZ DURANGO, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro. V-5.668.774, asistido en este acto por el Abogado FRANCISCO CUENCA ESPINOSA, Inscrito en el Inpreabogado Nro. 66.976, quien actúa en su carácter de Procurador de Trabajadores del Estado Táchira. Se encuentra presente la ciudadana DORIS ALEIDA RINCON, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad Nro.V-11.017.561, Domiciliada en el lugar de la constitución del Tribunal, a quien se le notificó la misión del mismo y manifestó ser la Gerente de Servicios del Banco Venezuela, Agencia San Antonio del Táchira, y se le hace saber que conforme a los Principios del Debido Proceso y el Derecho a la Defensa consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela puede hacerse asistir de un abogado de su confianza. En este estado solicita el derecho de palabra el ciudadano TEODOMIRO GUTIERREZ DURANGO, asistido en este acto por el Abogado FRANCISCO CUENCA ESPINOSA, actuando en su condición de Procurador de trabajadores del estado Táchira, Parte Demandante, ya identificados, y cedida que le fue expone: “Solicito muy respetuosamente al ciudadano Juez, preceda a requerir a la ciudadana DORIS ALEIDA RINCON, Gerente de Agencia de la Entidad Bancaria donde nos encontramos constituidos, información de las cuentas que pueda poseer el ciudadano OSWALDO JOSE BENAVIDES RANGEL, venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N°V-5.645.924, propietario del Fondo de Comercio INVERSIONES LOS HEROES. Es todo”. De seguidas este Tribunal requiere a la ciudadana DORIS ALEIDA RINCON, ya identificada como Gerente de Servicios de la Entidad Bancaria Banco Venezuela, Agencia San Antonio del Táchira, se sirve informar el monto existente; y a tal efecto la referida Gerente de Servicios, informa al Tribunal que con respecto a lo solicitado, el ciudadano OSWALDO JOSE BENAVIDES RANGEL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-5.645.924,posee dos (02) Cuentasde Ahorros, identificadas con losNros. 01020245180100002825 y 01020248580100003234, las mismas se encuentran en la condición de inactivas y por lo tanto no poseen ninguna cantidad de dinero disponible. Es todo”. De seguidas, solicita nuevamente el derecho de palabra el ciudadano TEODOMIRO GUTIERREZ DURANGO, asistido en este acto por el Abogado FRANCISCO CUENCA ESPINOSA, actuando en su condición de Procurador de trabajadores del estado Táchira, Parte Demandante, ya identificado, y cedida que le fue expone: “En Virtud que según lo indicado por la ciudadana Gerente de Servicios, Agencia San Antonio del Banco Venezuela, se observa que en dichas cuentas no existe un saldo disponible que puedan ser Embargadas en este acto por estar inactivas las cuentas, motivo por el cual solicito muy respetuosamente a este Juzgado Ejecutor, se sirva ABSTENERSE de practicar la presente medida. Así mismo solicito se mantenga la presente comisión en el tribunal de la causa hasta una nueva solicitud de traslado. Es todo”. De seguidas este Juzgado Ejecutor de Medidas, supra-identificado, vista la información suministrada por la ciudadana DORIS ALEIDA RINCON BARRIENTOS, ya identificada, como Gerente de Servicios de la Entidad Bancaria Banco de Venezuela, Agencia San Antonio del Táchira, conforme al decreto dictado por el Tribunal De la Causa a solicitud del ciudadano TEODOMIRO GUTIERREZ DURANGO, asistido en este acto por el Abogado FRANCISCO CUENCA ESPINOSA, actuando en su condición de Procurador de trabajadores del estado Táchira, Parte Demandante SE ABSTIENE DE PRACTICAR EN ESTE ACTO la MEDIDA EJECUTIVA DE EMBARGO, por cuantoel ciudadano OSWALDO JOSE BENAVIDES RANGEL, quien es venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad N°V-5.645.924, posee dos (02) Cuenta de ahorroidentificadas con los Nros. 01020245180100002825, 01020248580100003234, las mismas se encuentran en la condición de inactivas y por lo tanto no poseen ninguna cantidad de dinero disponible para realizar dicho Embargo. En cuanto a la solicitud efectuada por la parte actora respecto a mantener la comisión en la sede de este tribunal la misma se acordara por auto separado. Llenos como se encuentran los extremos legales indicados en los artículos 188 y 189 del Código de Procedimiento Civil, que se refieren expresamente la forma como deben ser llevados los Actos por el Tribunal, se da por concluido el presente Acto, siendo las 03:30 p.m, y al no ser más el objeto de la constitución del mismo se ordena el regreso a su sede. Se ordena en este Acto, reproducir la presente Acta con el objeto de su archivo en el copiador de Atas llevado por este Tribunal. Se terminó, se leyó y conformes firman.
JUEZ SUPLENTE ESPECIAL
ABG. JOSÉ ANTONIO CÁCERES (Rfdo)
LA PARTE DEMANDANTE (Rfdo)
EL PROCURADOR DEL TRABAJO (Rfdo)
LA GERENTE DE SERVICIOS NOTIFICADA (Rfdo)
LA SECRETARIA (Rfdo)
ABG. MAGDA FABIANA ALVAREZ MEZA (Rfdo)
JAC/mfam.
D.N°1.752-2012.-
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