REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL. SAN ANTONIO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Táchira, 6 de Febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2009-001007
ASUNTO : SP11-P-2009-001007

JUEZ: ABG. JERSON QUIROZ RAMÍREZ
FISCAL: ABG. GERSON ENRIQUE RAMIREZ RODRIGUEZ
SECRETARIO: ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
IMPUTADO: YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA
DEFENSOR: ABG. HENRY ACERO.

DELITO: VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago.

RESOLUCION DE REVOCATORIA DE MEDIDA Y ORDEN DE APREHENSIÓN

De la revisión realizada a la presente causa, se aprecia, que en fecha 23 de enero de 2013, se encontraba fijada la oportunidad para la celebración de la Audiencia de verificación de Cumplimiento de Condiciones, se dejó constancia de inasistencia del imputado YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 04 de Febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de Jaime Villanueva Casallas (V) y de Audelina Gamboa Rivera (v), soltero, de profesión u oficio Zapatero, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.378, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle 5, No. 6-40, a la vuelta de la prefectura, Palotal, parte alta, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, Teléfono: 0276-771.06.94, a quien se le sigue causa por ante este Tribunal por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago, estado Táchira, este Tribunal para decidir observa:

HECHOS QUE SE ATRIBUYEN

Los hechos objeto de la presente causa penal, ocurrieron conforme se desprende de las actuaciones relacionadas por funcionarios adscritos a la comisaría policial de San Antonio, quienes dejaron constancia de la siguiente diligencia: El 28 de marzo de 2009, siendo las 06:45 horas de la noche, se encontraban de servicio en la estación policial de Palotal, cuando se presentó una ciudadana identificada como PAJARITO BUITRAGO JENNIFER PAOLA, quien informo que su esposo la había agredido física y verbalmente dentro de su residencia mostrando el labio superior de la boca el cual presentaba inflamación, por lo que se trasladaron en compañía de la ciudadana a la residencia en busca de su agresor, quien fue intervenido policialmente, identificado como YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, quien quedo detenido y a las ordenes de la Fiscalía Vigésima Cuarta del Ministerio Público.

Al folio 02 riela ACTA POLICIAL, de fecha 28 de marzo de 2009, suscrita por funcionarios adscritos a la comisaría policial de San Antonio.

Al folio 04 riela CONSTANCIA MÉDICA, de fecha 28 de marzo de 2009, suscrita por el médico de guardia del Hospital Samuel Darío Maldonado, quien describe hematomas a nivel de rostro y miembros superiores.

Al folio 05 riela DENUNCIA, de fecha 28 de marzo de 2009, formulada por la ciudadana PAJARITO BUITRAGO JENNIFER PAOLA, ante la comisaría policial de San Antonio.


RELACION FACTICA

En fecha 26 de octubre de 2011 se realizo Audiencia Preliminar en el presente asunto en la que este Tribunal decidió:

“PRIMERO: ADMITE TOTALMENTE LA ACUSACIÓN PRESENTADA POR EL MINISTERIO PUBLICO en contra del ciudadano YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 04 de Febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de Jaime Villanueva Casallas (V) y de Audelina Gamboa Rivera (v), soltero, de profesión u oficio Zapatero, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.378, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle 5, No. 6-40, a la vuelta de la prefectura, Palotal, parte alta, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, Teléfono: 0276-771.06.94, por la presunta comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago, de conformidad a lo establecido en el numeral 2 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.

SEGUNDO: ADMITE TOTALMENTE LAS PRUEBAS OFRECIDAS por el Representante del Ministerio Publico, por considerarlas licitas, legales y pertinentes para el esclarecimiento del caso, de conformidad a lo establecido en el numeral 9 del artículo 330 del Código Orgánico Procesal Penal.

TERCERO: DECRETA LA SUSPENSIÓN CONDICIONAL DEL PROCESO, en la presente causa para YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, por la comisión del delito atribuido, de conformidad con lo previsto en el artículo 42 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal.

CUARTO: SE FIJA al acusado YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, COMO PLAZO DE RÉGIMEN DE PRUEBA EL DE UN (01) AÑO, de conformidad con lo previsto en el artículo 44 del Código Orgánico Procesal Penal, que empezará a contabilizarse a partir del día 26 de octubre de 2011, hasta el 26 de octubre de 2012, debiendo el acusado cumplir con la siguientes condiciones: 1.- Presentaciones de una vez cada 90 días por ante la Oficina de Alguacilazgo de éste Circuito Judicial Penal, 2.- Prohibición de salida del país sin autorización expresa del Tribunal, 3.- Prohibición de agredir a la victima de autos de cualquier forma; y 4.- Obligación de asistir a la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Régimen de Prueba.

QUINTO: SE FIJA oportunidad para la realización de la AUDIENCIA DE VERIFICACIÓN DE CUMPLIMIENTO DE RÉGIMEN DE PRUEBA, para el día 26 DE OCTUBRE DE 2012, A LAS 09:30 HORAS DE LA MAÑANA.”


RAZONES QUE EL TRIBUNAL ESTIMA PARA DECRETAR ORDEN DE APREHENSIÓN EN CONTRA DEL ACUSADO.

Revisadas las actuaciones obrantes en la presente causa, este Tribunal considera que concurren los presupuestos del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, que hacen procedente decretar la revocatoria de la Medida cautelar Sustitutiva otorgada en fecha 31 de marzo de 2009, por incumplimiento del ciudadano YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, por las siguientes razones:
1.- No cumplió con el régimen de presentaciones
2.- El diferimiento para la celebración de la Audiencia de Verificación de Cumplimiento de Condiciones fijada para los días 26-10-2012, 29-11-2012, y 23-01-2013, tal como consta en las actuaciones del presente expediente.

DISPOSICIONES LEGALES APLICABLES

Concluye el Tribunal, que al estar llenos los extremos exigidos en los numerales 2 y 3 del artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal, es procedente decretar orden de aprehensión por revocatoria de incumplimiento al ciudadano YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 04 de Febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de Jaime Villanueva Casallas (V) y de Audelina Gamboa Rivera (v), soltero, de profesión u oficio Zapatero, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.378, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle 5, No. 6-40, a la vuelta de la prefectura, Palotal, parte alta, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, Teléfono: 0276-771.06.94, a quien se le sigue causa por ante este Tribunal por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago, y ASI SE DECIDE.

D I S P O S I T I V O

ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA ESTADAL EN FUNCIÓN DE CONTROL No 1 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO TACHIRA, EXTENSION SAN ANTONIO DEL TACHRIA, IMPARTIENDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY. DECIDE:

PRIMERO: REVOCA LA MEDIDA CAUTELAR SUSTITUTIVA A LA PRIVACIÓN DE LIBERTAD, decretada en fecha 31 de marzo de 2009, al ciudadano YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 04 de Febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de Jaime Villanueva Casallas (V) y de Audelina Gamboa Rivera (v), soltero, de profesión u oficio Zapatero, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.378, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle 5, No. 6-40, a la vuelta de la prefectura, Palotal, parte alta, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, Teléfono: 0276-771.06.94, a quien se le sigue causa por ante este Tribunal por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago.

SEGUNDO: SE ORDENA LIBRAR LOS CORRESPONDIENTES OFICIOS A LOS DISTINTOS ORGANOS DE SEGURIDAD DEL ESTADO; en relación a la orden de aprehensión dictada contra el ciudadano YEFERSON OMAR VILLANUEVA GAMBOA, venezolano, natural de San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, nacido en fecha 04 de Febrero de 1986, de 25 años de edad, hijo de Jaime Villanueva Casallas (V) y de Audelina Gamboa Rivera (v), soltero, de profesión u oficio Zapatero, titular de la cédula de identidad No. V-17.127.378, domiciliado en el Barrio José Antonio Páez, calle 5, No. 6-40, a la vuelta de la prefectura, Palotal, parte alta, San Antonio, Municipio Bolívar, estado Táchira, Teléfono: 0276-771.06.94, a quien se le sigue causa por ante este Tribunal por la comisión del delito de VIOLENCIA FÍSICA, previsto y sancionado en el articulo y 42 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuicio de la ciudadana Jennifer Paola Pajarito Buitrago, una vez detenido quedara recluido en Poli Táchira de esta localidad a órdenes de este Tribunal.

Regístrese, notifíquese a las partes, y déjese copia para el archivo del Tribunal. Líbrese los oficios respectivos



ABG. JERSON H. QUIROZ RAMIREZ
JUEZ PRIMERO DE CONTROL



ABG. FRANCISCO JAVIER CORREA SERPA
SECRETARIO
Asunto SP11-P-2009-001007. JQR.