REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE EJECUCIÓN DEL L.O.P.N.A.

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Ejecución Secc. Adolescentes del Estado Vargas
Macuto, 5 de febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO PRINCIPAL : WP01-D-2011-000398
ASUNTO : WP01-D-2011-000398

CESACION DE SANCIONES por TOTAL CUMPLIMIENTO

Recibido en este Despacho Judicial Informe del Centro de Formación Socio Educativo del Estado Vargas, referente al joven IDENTIDAD OMITIDA, nacido el 31/12/1994 actualmente de 18 años de edad, donde refieren en ese escrito que el joven dio cumplimiento a sus medidas y solicitan su cese. En consecuencia y de conformidad con los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA pasa de seguida esta Decisora a revisar su causa y de ser procedente se Decretará Cesación de Sanciones por total cumplimiento de conformidad con esta Ley Penal especial:

Revisado el expediente se evidencia al folio 79 de la segunda pieza Sentencia Definitiva de fecha 21/03/2012 dictada por el Tribunal Primero de Juicio de esta misma Sección Penal de Adolescentes, en la cual declaró responsable penalmente al joven en referencia, por el procedimiento de Admisión de los Hechos por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION y lo condenó a cumplir las sanciones de LIBERTAD ASISTIDA y REGLAS DE CONDUCTA en forma simultánea por el lapso de OCHO (8) MESES. Este Tribunal de Ejecución en data 23/04/2012 dicta Auto de Ejecución y se impone de esas sanciones dispuestas en esa Sentencia el 22/05/2012.
En la fase de ejecución le realizaron su plan individual a corto y mediano plazo, consignaron constancia de estudio de 2do. año de bachillerato y del informe recibido el 28/01/2013 especificaron que IDENTIDAD OMITIDAha cumplido a cabalidad con sus presentaciones, está inserto en el área laboral, siempre se ha mostrado atento, colaborador y respetuoso, vive con su familia y a dado un cambio muy positivo está estudiando en el Liceo Guaicaipuro ha tenido el apoyo incondicional de su madre y ha participado en talleres y encuentros deportivos, mencionando que el joven ya le trascurrió el lapso de cumplimiento de sus medidas.

Siendo esto así, esta Decisora da como conclusión que el joven IDENTIDAD OMITIDA cumplió con la Ejecución de las sanciones dispuestas de Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Ocho (8) Meses contado desde 22/05/2012 que se impuso y de acuerdo al informe del Centro de Orientación consignado recientemente se denota: cumplimiento efectivo de sus presentaciones, atendió las orientaciones impartidas y se ha mantenido trabajando y estudiando con apoyo familiar, con ello considera esta Juzgadora que se logró el objetivo primordial de esta Ley penal Especial de orientarlo integralmente y en la búsqueda de una adecuada convivencia familiar y social. Por consiguiente es procedente y ajustado a derecho DECRETAR CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven en referencia y consecuencialmente se acuerda su LIBERTAD PLENA por este expediente, todo de conformidad con los artículos 645 y 646 literal h) de la LOPNNA. Y ASI SE DECIDE.
DISPOSITIVA
Por todos los razonamiento antes expuestos, este JUZGADO PRIMERO DE EJECUCION DE LA SECCION DE ADOLECENTES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO VARGAS, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA: CESACION DE SANCIONES por total cumplimiento al joven IDENTIDAD OMITIDA, por haber cumplido con Libertad Asistida y Reglas de Conducta por el lapso completo de Ocho (8) Meses, en consecuencia se acuerda su LIBERTAD PLENA por esta causa, todo conforme a los artículos 645 y 647 literal h) de la LOPNNA.
Regístrese y déjese copia de esta Decisión. Notifíquese a las Partes, al joven en referencia y al Centro de Formación Socio Educativo. Ofíciese a Polivargas para que lo excluyan de Pantalla Policial de conformidad con el artículo 65 de la LOPNNA en resguardo a su Honor y Reputación. Cúmplase.

LA JUEZ PRIMERO DE EJECUCION

DRA. ANA CELIA PEREZ RUDMAN
SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA

En esta misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en este escrito.

SECRETARIA DE EJECUCION

Abg. FREYSELA GARCIA