REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO TACHIRA
Años 201° y 153°
ASUNTO Nº SP01-S-2012-000063
PARTE OFERENTE: TIENDAS PARAMILLO C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: ENEIDA NAVARRO CAMARGO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.167.387
PARTE OFERIDA: DERBY JESUS RANGEL ROJAS, identificado con la cédula Nro.V-20.518.155,
ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE OFERIDA: JOSE RAMON NOGUERA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro.80.485
Motivo: OFERTA REAL DE PAGO
En el día de hoy, (07) de febrero de 2013, a las 3:00 de la tarde, se hizo presente por la parte oferente la apoderada judicial abogada ENEIDA NAVARRO CAMARGO, inscrita en el I.P.S.A. bajo el nro.167.387 y por la parte oferida se hizo presente el ciudadano DERBY JESUS RANGEL ROJAS, identificado con la cédula Nro.V-20.518.155, asistido por el abogado JOSE RAMON NOGUERA, inscrito en el I.P.S.A bajo el Nro.80.485 los cuales expusieron: Solicitamos al Tribunal se adelante la audiencia preliminar, a los fines de hacer uso de los medios alternos de resolución de conflictos, para lo cual renunciamos al lapso de los 10 días establecidos en el auto de admisión para la celebración de la misma. El Tribunal por cuanto el pedimento es conforme a los principios de acceso a la justicia, brevedad sencillez y concentración que informan el proceso laboral, acuerda de conformidad con lo solicitado y acto seguido apertura la misma: En este estado la parte oferente ofrece a la parte oferida la suma de DOS MIL QUINIENTOS BOLIVARES (Bs.2.500,oo) pagaderos en este acto mediante cheque Nro.449 de la cuenta corriente Nro.0108-0128-19-0100156330 contra El Banco Provincial. Por su lado la parte oferida acepta la propuesta formulada y declara que no tiene nada más que reclamar por los conceptos ofertados en este procedimiento. El Tribunal visto el acuerdo realizado LO HOMOLOGA le otorga el carácter de sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Expídase copia certificada de la presente acta. Es todo, terminó, se leyó y firman
La Juez,
Abog. Ana Mercedes Mora Rivas
La Parte Oferente, La Parte Oferida,
La Secretaria,
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