REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio
Maiquetía, seis (06) de Febrero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: WP21-V-2012-000135
PARTE ACTORA: FREDDY ALEJANDRO FEO PINTO, de nacionalidad venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad N°.7.991.592, debidamente asistido por el profesional del derecho WILFREDO JESUS PATIÑO MELENDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 55.437
PARTE DEMANDADA: YANETTE INOCENCIA IRIARTE HERNANDEZ, de nacionalidad venezolana y titular de la Cédula de Identidad N° 10.634.527, asistida por el abogado RAMSES JOSE PATIÑO LOPEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 181.198.
MOTIVO: DIVORCIO CONTENCIOSO ordinal 2º del Art. 185 del Código Civil.
Examinadas como han sido las actas procesales que conforman el presente expediente, y vista la diligencia que antecede suscrita por los ciudadanos FREDDY ALEJANDRO FEO PINO y YANETTE INOCENCIA IRIARTE HERNANDEZ, plenamente identificados en autos, debidamente asistidos de abogados, mediante la cual declaran conjuntamente que DESISTEN de la presente causa, es por lo que este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, administrando Justicia y en nombre dela Republica Bolivariana de Venezuela HOMOLOGA el presente DESISTIMIENTO; en los terminos expuestos por las partes conforme a lo previsto en el artículo 263 del Codigo de Procedimiento Civil. Asimismo; se ordena el Cierre y Archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. CUMPLASE.-
Dada, firmada y sellada en la Sala del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, en Maiquetía, a los seis (06) días del mes Febrero del año dos mil trece (2013). Años 202º de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR
DR. ANGEL PEREZ BARRIENTOS
LA SECRETARIA
Abg. YIRA CEBALLOS VERA
En la misma fecha se dictó, publicó y registró la anterior decisión.
LA SECRETARIA
Abg. YIRA CEBALLOS VERA
Hora de Emisión: 2:56 PM
Asistente que realizo la actuación:
WP21-V-2012-000135
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