REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 1 de Febrero de 2013
202º y 153º
ASUNTO: WP21-J-2013-000087
Por recibida Solicitud de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD) de este Circuito Judicial, la presente solicitud de Autorización para tramitar Pasaporte presentado por la ciudadana DORIS YOSELIN MERCHAN SANCHEZ, venezolana, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.163.118, con domicilio en la Parroquia Catia la Mar, estado Vargas, número de teléfono 041-2490521, actuando en interés de su hija, la adolescente SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.96.402, debidamente asistidas por la Defensor Público Sexto, Abogada RAUL RONDON, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Asimismo, se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, todo de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor de la adolescente SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, titular de la cédula de identidad Nro. V-26.96.402, a tal efecto se ordena librar oficio al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite el respectivo pasaporte. Se ordena el cierre y el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Judicial. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA,
Dra. MARÍA EUGENIA BEDOYA GONZÁLEZ
LA SERETARIA,
Abg. NOHEMI ROSENDO REYES
Hora de Emisión: 12:26 PM
Asistente que realizo la actuación:
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