REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 18 de febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO: WP21-J-2013-000102

Vista la solicitud presentada por la ciudadana FATIMA YELITZA BOGADO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.638.963, debidamente asistida por la Profesional del Derecho MARIA MILAGROS MEDINA F., Abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 73.731, mediante la cual solicita del Tribunal Autorización para Separarse del Hogar y evacuadas las documentales y las testimoniales promovidas; esta Jueza observa: Que comprobados como han sido los extremos de Ley, sin que ello se prejuzgue sobre la procedencia de cualquier acción, se le concede temporalmente a partir de la presente Autorización Judicial para Separarse del Hogar Conyugal a la ciudadana FATIMA YELITZA BOGADO DE RODRIGUEZ, venezolana, mayor de edad y titular de la Cédula de Identidad Nº V-11.638.963 y trasladarse a la siguiente dirección: en la Avenida Principal del Teleférico, Calle Oramas, Pasaje Guarico, Letra K, Parroquia Macuto, estado Vargas, señalándole que la presente autorización solo tiene efectos dentro del Territorio Nacional, todo ello de conformidad con lo establecido en el artículo 138 del Código Civil Venezolano y 513 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Notifíquese al ciudadano José Luis Rodríguez Santamaría, a los fines legales consiguientes. Asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Expídase por Secretaría copia certificada del presente auto. Cúmplase lo ordenado.-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria






Hora de Emisión: 2:12 PM
Asistente que realizo la actuación: