REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 21 de febrero de 2013
202º y 154º
ASUNTO: WP21-J-2013-000120
Con vista la anterior solicitud incoada por la ciudadana ALEJANDRA GREGORIA INFANTE VILLEGAS, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-18.646.790, actuando en interés de su hija la niña SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, debidamente asistido por la Defensora Pública Tercera en Materia de Protección, Abogada LUISA MERCEDES CEDEÑO. y en la cual solicitó de este Despacho se le designara CURADOR AD-HOC a su hija la niña SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA en tal sentido fue designada para ocupar dicho cargo al ciudadano, JOSE GREGORIO SUAREZ SANABRIA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-24.801.577, titular de la Cédula de Identidad Nº V- 635.378; quién prestó el juramento de Ley y aceptó dicho cargo; este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil, le discierne el cargo de Curador Ad-Hoc de la prenombrada niña la ciudadano antes identificada. Desvuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. En consecuencia, déjese copias certificadas del presente decreto, asimismo, se ordena el cierre y archivo del presente expediente, remítase a los archivos Judiciales en su oportunidad legal. Cúmplase.
La Jueza
Abg. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ
La Secretaria
Abg. YIRA CEBALLOS
Hora de Emisión: 3:16 PM
Asistente que realizo la actuación:
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