REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 22 de febrero de 2013
202º y 154º

ASUNTO: WP21-J-2013-000188

Por recibida solicitud de Autorización para tramitar Pasaporte de la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos (URDD), de este Circuito Judicial, presentado por la ciudadana GLEDYSMAR JOSEFINA BLANCO QUIJADA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.266.592, a favor del adolescente SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA asistidos por la Defensora Publica tercera, Abg. LUISA CEDEÑO, así como los recaudos anexos a la misma, désele entrada y anótese en los libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de Ley, de conformidad con lo previsto en el Artículo 511 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En consecuencia, por cuanto la presente solicitud versa sobre la obtención de un documento publico de identidad, lo cual es una obligación del estado garantizar de manera oportuna este derecho a todos los niños, niñas y adolescentes que se encuentren dentro del territorio nacional, DECRETA la presente AUTORIZACION JUDICIAL PARA TRAMITAR PASAPORTE, a favor del adolescente SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, a tal efecto se ordena librar oficio a Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), a fin de que tramite los respectivos pasaportes. Se ordena el cierre del expediente y su remisión al Archivo Judicial Región Vargas. Líbrese oficio. Cúmplase.-
LA JUEZA,


Dra. MARIA EUGENIA BEDOYA GONZALEZ.

LA SECRETARIA,

Abg. YIRA MADERLIN CEBALLOS VERA