REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 26 de febrero de 2013
202º y 154º

ASUNTO: WP21-H-2013-000160


Visto el presente convenimiento de HOMOLOGACION DE REGIMEN DE CONVIVENCI FAMILIAR, suscrito por los ciudadanos ANGELICA MARIA ARCIA UTRERA y EVELIO ALI HUERTA ALFONZO, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad Nº V-17.482.030 y V-16.987.860 respectivamente, a favor de la niña SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, por ante la Fiscalía Quinta del Ministerio Publico para la Protección de Niños, Niñas y Adolescente de la Circunscripción Judicial del estado Vargas, a cargo de la ABG. FRANCYS OPEREZ OCHOA, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE, cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, las partes solicitan la homologación del referido convenimiento. En consecuencia, ésta Jueza Segunda de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley HOMOLOGA y acuerda impartir su debida aprobación al contenido del convenio suscrito por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados de conformidad con lo establecido en el artículo 518 , 387 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA).-
La Jueza

Abg. María Eugenia Bedoya González
La Secretaria




Hora de Emisión: 2:11 PM
Asistente que realizo la actuación: