REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Vargas
Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación
Maiquetía, 6 de Febrero de 2013
202º y 153º

ASUNTO: WP21-H-2013-000098

Visto el presente convenimiento de HOMOLOGACION DE RESPONSABILIDAD DE CRIANZA (CUSTODIA), suscrito por los ciudadanos DARWIN ALEXI PRIETO OROPEZA y YUSNEY DEL CARMEN CABRERA MARTINEZ, venezolanos, mayores de edad y titulares de las Cédulas de Identidad números V-16.726.332 y V-18.536.180 respectivamente, a favor de sus hijos SE OMITE EL NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTICULO 65 DE LA LOPNNA, por ante la Fiscal auxiliar, a cargo de la ABG. FRANCYS OPEREZ OCHOA, se ordena dar entrada y anotar en los Libros respectivos. Se ADMITE cuanto ha lugar en derecho por no ser la misma contraria al orden público, a las buenas costumbres o alguna disposición expresa de la Ley, todo de conformidad con el Artículo 457 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Asimismo, las partes solicitan la homologación del referido convenimiento. En consecuencia, ésta Jueza Primera de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Vargas, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad que le confiere la ley HOMOLOGA y acuerda impartir su debida aprobación al contenido del convenio suscrito por los solicitantes, en todas y cada unas de sus partes en los términos y condiciones expresados de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (LOPNNA).
LA JUEZA

DRA. MARIA EUGENIA BEDOYA

LA SECRETARIA

ABG. YIRA CEBALLOS


Hora de Emisión: 2:56 PM
Asistente que realizo la actuación: