REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución
del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira
San Cristóbal, veintinueve (29) de julio de dos mil trece
203º y 154º
ASUNTO: SP01-L-2011-000504
PARTE ACTORA: RITO RUIZ SUAREZ, extranjero, mayor de edad, con cédula de identidad N° E.-81.912.702.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: JONATHAN RAFEL ARAQUE RODRÍGUEZ y MARÍA ANTONIA ANDREU SUÁREZ, inscritos en el I.P.S.A bajo los números 97.378 y 66.900 PARTE DEMANDADA: INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES KRYSTAL C.A.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES Y OTROS DERECHOS LABORALES.
De la revisión efectuada a la presente causa se evidencia que la última actuación realizada por la parte interesada en impulsar el proceso se verificó el día 18 de julio de 2012, fecha en que la parte actora suministra nueva dirección de la parte demandada a los fines de su notificación, petición que fue acordada el 20 de julio de 2012, y el 26 de julio de 2012, la Unidad de Alguacilazgo dio cuenta de las resultas negativas de la notificación de la parte demandada. Al respecto, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en concordancia con el artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, establece:
Artículo 201. Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (1) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes. Igualmente, en todas aquellas causas en donde haya transcurrido más de un (1) año después de vista la causa, sin que hubiere actividad alguna por las partes o el juez, éste último deberá declarar la perención.
Artículo 267. Toda instancia se extingue por el transcurso de un año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes.
Ahora bien, visto que desde el 26 de julio de 2012, ha transcurrido suficientemente el lapso establecido en los artículos antes señalados, sin que la parte actora haya impulsado el procedimiento, este Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara la PERENCION de la instancia y extinguido el proceso en el juicio que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano RITO RUIZ SUÁREZ, extranjero, mayor de edad, con cédula de identidad N° E-81.912.702, contra la sociedad mercantil INVERSIONES Y CONSTRUCCIONES KRYSTAL C.A.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Táchira, en la Ciudad de San Cristóbal, a los veintinueve (29) días del mes de julio de dos mil trece (2013)
La Jueza,
Abg. Liliana Duque Rosales La Secretaría
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