REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Primera Instancia Estadal en funciones de Control
San Antonio del Tachira, 17 de Julio de 2013
203º y 154º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2013-002302
ASUNTO : SP11-P-2013-002302
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Penal de Control de San Antonio del Táchira
San Antonio del Táchira, 11 de Julio de 2013
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : SP11-P-2013-002302
ASUNTO : SP11-P-2013-002302
RESOLUCION
Visto el escrito presentado por la Abogada OLGA ESPERANZA VANEGAS DE GONZALEZ Fiscal encargada en la vigésima primera del Ministerio Público, quien solicita el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, N°-MP-201623-2013 a favor del ciudadano: LUIS DAVID MARTINEZ Venezolano, mayor de edad Titular de la Cédula de identidad N°- V- 4.254.418, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 Ordinal 2º del Código Orgánico Procesal Penal, el Tribunal para decidir observa:
DE LOS HECHOS
En fecha 15 de Mayo de 2013, siendo las 06:45 horas de la tarde funcionarios militares adscritos al primer pelotón de la tercera compañía del Destacamento de fronteras N° 11, actuando como órgano de investigación penal estando de servicio en el punto de Control Fijo el Trailer, cuando observaron que se aproximaba en sentido Ureña- El Vallado estado Táchira, un vehiculo de carga t5ipo volqueta de color BLANCO,, indicándole al ciudadano que se estacionara al lado izquierdo del punto a fin de revisar los documentos personales, los del vehiculo y los de la carga transportada, el ciudadano conductor fue identificado como: LUIS DAVID MARTINEZ Venezolano, mayor de edad Titular de la Cédula de identidad N°- V- 4.254.418, se realizo chequeo personal , no encontrando ninguna evidencia de interés Criminalístico, se hace mención que le ciudadano portaba en el bolsillo derecho del pantalón un equipo móvil celular de marca: HAUWI, MODELO C3-105, COLOR NEGRO Y ROJO, SERIAL XG4CAA1060305325, con su respectiva bacteria, perteneciente a la empresa de telefonía Movilnet, el ciudadano presento Certificado de Registro de vehiculo signado bajo el N°- 110200172326 de fecha 30 de Enero de 2013, a nombre del ciudadano: CARLOS ARTURO RAMÍREZ Venezolano, mayor de edad Titular de la Cédula de identidad N°- V- 11.019.467, donde registran las características de vehiculo: MARCA, MACK, MODELO, GRANITE CV713LD, AÑO, 2007, COLOR, BLANCO, PLACAS, A35AI6H, TIPO CHUTO, CLASE, CAMION, USO DE CARGA, SERIAL DE MOTOR, E7427K1270 Y SERIALÑ DE CARROCERIA, 1M1AG11YX7M057853 y Certificado de origen de vehiculo signado con el N°- 010463 de fecha 08 de Abril de 2011, donde registra las características del vehiculo marca ROMBAUCA, MODELO, RBV2ER20, AÑO, 2011, COLOR NARANJA, PLACAS A61AZIS, TIPO, VOLTEO, CASE, SEMIREMOLQUE, USO DE CARGA, SERIAL DE LA CARROCERIA8X9SV08221BS063001, igualmente presento1.- Acta de recepción de salida N°- 39770.0, expedida por el almacén y deposito Transcav de Venezuela C:A a nombre del ciudadano: LUIS DAVID MARTINEZ, 2.- Norden de carga N°.- 7461, 3- Control de despacho der carbón asignada con el N°.- V-U-4390, 4- Declaración de Transito Aduanero Internacional N°- 0124, luego de revisar la documentación correspondiente al vehiculo y de carga transportada la cual corresponde a 828.440) KILOGRAMOS DE Carbón mineral a granel y constatado la documentación personal del ciudadano conductor se procedió a la revisión exhaustiva del vehiculo de carga, logrando observar la existencia de macilla y gueso duro en la parte lateral de los laterales izquierdo y derecho de la tolva, lo que causo curiosidad y desparto malicia, procediendo trasladarnos hasta el almacén y deposito Transcav de Venezuela C:A, ubicado a 500 metros de este punto de control, origen de salida de este mineral, al llegar al referido sitio fuimos atendidos los ciudadanos jefe de opresiones dicha empresa y el auxiliar de operaciones de mencionado deposito, a quienes se le solicito dejar en calidad de deposito el mineral a fin de determinar la existencia de alguna evidencia en las paredes de dicho vehiculo de carga, para lo cual otorgaron el permiso de descarga de carbón, se solicito la cooperación de dos testigos, quienes presenciaron la inspección minuciosa que se le practico a referido vehiculo, durante la observación de la tolva se pudo detallar la existencia de cuatro (04) tubos metálicos, sobrepuesto en la parte superior de la tolva del lado izquierdo y derecho de manera horizontal, que estaba unido por puntos de soldadura electromecánica, al soltar la tapa de la compuerta trasera se observo unas platinas que estaban sujetas con gueso duro, masilla y poesía unos orificios para atornillar, que al retíralos de dicho lugar, se aprecio el compartimiento secreto a lo largo de las paredes de la parte superior de dicha tolva. En vista de presumirse la existencia de compartimiento secreto para el transporte de drogas, se le informo de manera clara al ciudadano: LUIS DAVID MARTINEZ Venezolano, mayor de edad Titular de la Cédula de identidad N°- V- 4.254.418,que quedaba detenido preventivamente, se le leyeron los derechos, se informo por vía telefónica a la ciudadana abogada NEISLA MONTILLA, Fiscal Auxiliar Vigésima Primera del Ministerio Publico y giro instrucciones de practicar la diligencias urgentes y necesarias al caso.
1.- DICTAMEN PERICIAL QUIMICO DE BARRIDO N° CO-LO-R.1-DIR-DQ-/1791, de fecha 16 de Mayo de 2013, al vehiculo MARCA, MACK, MODELO, GRANITE CV713LD, AÑO, 2007, COLOR, BLANCO, PLACAS, A35AI6H, TIPO CHUTO, CLASE, CAMION, USO DE CARGA, SERIAL DE MOTOR, E7427K1270 Y SERIALÑ DE CARROCERIA, 1M1AG11YX7M057853 y Certificado de origen de vehiculo signado con el N°- 010463 de fecha 08 de Abril de 2011, donde registra las características del vehiculo marca ROMBAUCA, MODELO, RBV2ER20, AÑO, 2011, COLOR NARANJA, PLACAS A61AZIS, TIPO, VOLTEO, CLASE, SEMIREMOLQUE, USO DE CARGA, SERIAL DE LA CARROCERIA 8X9SV08221BS063001, el Barrido químico se practico en todas sus áreas, cabina del chuto, techo, piso, puertas y específicamente en cuatro (04) compartimientos secreto ubicado en las paredes laterales de la tolva del volteo, mencionado vehiculo se identifico con la letra A. Los mencionados compartimientos no son originales del vehiculo. El cual demostró que BARRIDO REALIZADO A LA MUSTRA IDENTIFICADA CON LA LETRA A ARROJO UN RESULTADO NEGATIVO PARA SU7STANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTROPICAS.
2.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de Mayo de 2013, rendida por el ciudadano testigo N°- 01 Por ante funcionarios adscritos a la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela.
3.- ACTA DE ENTREVISTA, de fecha 15 de Mayo de 2013, rendida por el ciudadano testigo N°- 02 Por ante funcionarios adscritos a la Guardia nacional Bolivariana de Venezuela.
4.- SECUENCIA FOTOGRAFICA, de fecha 15 de Mayo de 2013, constante de catorce 814) fotografías en la que deja constancia del procedimiento realizado, por los funcionarios militares donde refleja gráficamente cada una de las etapas de la inspección realizada al vehiculo, en el que hallaron un compartimiento secreto vacío.
5.- EXPERTICIA DE RECONOCIMENTO LEGAL N° 9700-062-147, de fecha 16 de Mayo de 2013, realizada por parte del experto Dectetive concluyendo una (01) copia fotostática de cedula de identidad signada con el N°- V-4.254.418.
6.- EXPERTICIA DE SERALES N° 186 de fecha 29 de Mayo de 2013, realizada por parte del experto, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas CONCLUYENDO: A los efectos se procedió a la inspección de un vehiculo descrito con las siguientes características: MARCA, MACK, MODELO, GRANITE CV713LD, AÑO, 2007, COLOR, BLANCO, PLACAS, A35AI6H, TIPO CHUTO, CLASE, CAMION, USO DE CARGA, SERIAL DE MOTOR, E7427K1270 Y SERIAL DE CARROCERIA, 1M1AG11YX7M057853, quien determino que los seriales de identificación ase encuentran en su estado ORIGINAL, por cuanto sus configuraciones, estampados, rotulaciones y materiales de elaboración corresponden a los utilizados por la planta ensambladora, previa consulta por ante el sistema de investigaciones e información Policial SIIPOL, dicho vehiculo hasta la presente fecha no presenta solicitud alguna.
7.- EXPERTICIA DE SERALES N° 187 de fecha 29 de Mayo de 2013 realizada por parte del experto, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas CONCLUYENDO A los efectos se procedió a la inspección de un vehiculo descrito con las siguientes características: marca ROMBAUCA, MODELO, RBV2ER20, AÑO, 2011, COLOR NARANJA, PLACAS A61AZIS, TIPO, VOLTEO, CASE, SEMIREMOLQUE, USO DE CARGA, SERIAL DE LA CARROCERIA 8X9SV08221BS063001, quien determino que la placa identificadora del SERIAL DE LA CARROCERIA 8X9SV08221BS06300, ubicada en el chasis derecho parte delantera, cara lateral se encuentra en estado ORIGINAL previa consulta por ante el sistema de investigaciones e información Policial SIIPOL, dicho vehiculo hasta la presente fecha no presenta solicitud alguna.
8.- EXPERTICIA DE AUTENCIDAD O FALSEDAD N° 453 de fecha 27 de Mayo de 2013 realizada por parte del experto, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas CONCLUYENDO A los efectos se procedió a la inspección del documento relativo a UN (01) CERTIFICADO DE REGISTRO DE VEHICULO SIGNADO BAJO EL N° 1M1AG11YX7M057853-3-1, en la que describe las características del vehiculo MARCA, MACK, MODELO, GRANITE CV713LD, AÑO, 2007, COLOR, BLANCO, PLACAS, A35AI6H, TIPO CHUTO, CLASE, CAMION, USO DE CARGA, SERIAL DE MOTOR, E7427K1270 Y SERIAL DE CARROCERIA, 1M1AG11YX7M057853. Por lo que corresponde a un documento ORIGINAL.
9.- EXPERTICIA DE AUTENCIDAD O FALSEDAD N° 454 de fecha 27 de Mayo de 2013, realizada por parte del experto, funcionario adscrito al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas CONCLUYENDO A los efectos se procedió a la inspección del documento relativo a UN (01) CERTIFICADO DE REGISTRO DE ORIGEN N° BI- 010463 en la que describe las características del vehiculo MARCA, ROMBAUCA, MODELO, RBV2ER20, AÑO, 2011, COLOR NARANJA, PLACAS A61AZIS, TIPO, VOLTEO, CLASE, SEMIREMOLQUE, USO DE CARGA, SERIAL DE LA CARROCERIA 8X9SV08221BS063001, Por lo que corresponde a un documento ORIGINAL.
10.- OFICIO N| 20-F21-1126-2013, de fecha 27 de Mayo de 2013, suscrita por la abogada OLGA ESPERANZA VANEGAS DE GONZALEZ, Fiscal encargada en la vigésima primera del Ministerio Público, el cual solícita la practica de experticia de fabricación (originalidad y/o adaptabilidad, a los compartimientos secretos ubicados en la compuerta trasera de la tolva del vehiculo descrito.
11.- EXPERTICIA DE FABRICACCION practicada por el experto adscrito al Cuerpo Técnico de vigilancia del Transporte Terrestre Unidad Estatal Táchira N°- 61, quien realizo peritaje al vehiculo antes mencionado, el cual concluyo en la inspección que se encuentra en BUENAS CONDICIONES Y EN SU ESTADO ORIGINAL DE PLANTA.
12.- EXPERTICIA DE FABRICACCION practicada por el experto adscrito al Cuerpo Técnico de vigilancia del Transporte Terrestre Unidad Estatal Táchira N°- 61, quien realizo peritaje al vehiculo antes mencionado, el cual concluyo en la inspección de vehiculo se le aprecio que el área superior trasera presenta dos (02) COMPARTIMIENTOS QUE NO SON ORIGINALES, CONSTRUIDOSS DE MANERA ARTESANAL RUDIMENTARIA, POR LO CUAL SE ENCUNENTRA MODIFICADA LO CUAL INDICA QUE NO ES ORIGINAL DE LA PLANTA ENSAMBLADORA.
POR LOS RAZONAMIENTOS ANTES EXPUESTOS ESTE TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL NÚMERO DOS, DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL EXTENSIÓN SAN ANTONIO, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY decreta :
ÚNICO el SOBRESEIMIENTO de la presente causa, a favor del ciudadano: LUIS DAVID MARTINEZ Venezolano, mayor de edad Titular de la Cédula de identidad N°- V- 4.254.418, de conformidad con lo establecido en el Artículo 300 Numeral 2º del Código Orgánico Procesal Penal, en virtud de que el hecho objeto del proceso es ATIPICO.
Déjese copia, notifíquese a las partes y remítanse las presentes actuaciones al Archivo Judicial.
ABG. MARIFE COROMOTO JURADO
JUEZ TERCERA DE CONTROL
JEAN PAUL SILVA CARRILLO
ABG. EL SECRETARIO (A)
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